Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2008 (16/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de marzo de 2008

Que, durante el mes de diciembre del 2002, se MORDAZA un Convenio de Trabajo entre el Ministerio de Educacion, el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) y la Comision Para Una MORDAZA Sin Drogas (DEVIDA) a fin de impulsar en forma conjunta la educacion ambiental. Que, el Convenio MORDAZA referido desencadeno en forma directa muchas acciones positivas para la educacion ambiental, entre las que podemos destacar: 1. La creacion del Programa de Educacion Ambiental en el Ministerio de Educacion. 2. El nacimiento de la Red Nacional de Educacion Ambiental, a raiz de la adhesion de instituciones publicas y la sociedad civil a este convenio. 3. Existencia tambien de normas del sector que hablan de una inclusion activa del tema ambiental en el quehacer del Ministerio de Educacion. Que, la Resolucion Ministerial Nº 048-2005-ED, incluye por primera vez el tema de educacion ambiental en la MORDAZA de desarrollo del ano escolar; tema tambien presente en las normas que rigen el desarrollo del ano escolar 2006 (Resolucion Ministerial Nº 0710-2005-ED). Que, habiendose dado la Resolucion Ministerial Nº 187-2005-ED donde se da inicio a la MORDAZA de escuelas limpias y saludables, tratase de un hecho que constituye la primera intervencion organica y de participacion amplia del Ministerio de Educacion en el tema ambiental en su historia. Que, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED del 20 de febrero de 2006, crea la Direccion Nacional de Educacion Comunitaria y Ambiental, lo cual da al tema un rango organico mayor dentro de la autoridad educativa del pais. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- INSTITUIR el ultimo viernes del mes de MORDAZA de cada ano como la "Fiesta de la Planta", en homenaje a la naturaleza y preservacion del medio ambiente, consistiendo en la plantacion de arboles con la participacion de los estudiantes de las instituciones educativas del departamento de MORDAZA de tercero, MORDAZA y MORDAZA ano de secundaria, como expresion de vocacion medio ambiental en la jurisdiccion del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque. Cada escolar debera identificar su planta con el nombre cientifico de esta, y el nombre comun, con especial preferencia de la MORDAZA regional, asi como el nombre de la institucion educativa al que pertenece, nombre del alumno y seccion a la que pertenece. Articulo Segundo.- PROMOVER en la "Fiesta de la Planta" la participacion activa de los estudiantes del departamento, debiendo incorporarse la actividad a que se refiere el articulo precedente en el Plan Curricular, donde se determinara su incidencia en los criterios de evaluacion correspondiente a la asignatura de Ciencia, Tecnologia y Ambiente; debiendo incorporarse tambien en el Proyecto Educativo Regional. Asimismo, se incentivara y premiara a los escolares y a las instituciones educativas que cumplan con la presente ordenanza regional, y a aquellos estudiantes que demuestren haber desarrollado habilidades, como el injerto de plantas, durante el ano lectivo. Articulo Tercero.- ESTABLECER que la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA adecue la actividad a que se refiere la presente disposicion regional en el Plan Educativo Anual, instruyendo a los educandos sobre la importancia de la preservacion del medio ambiente, la planta, como sembrar una planta, los cuidados de la planta, como hacer el injerto de plantas y toda la informacion relacionada a esta. Articulo Cuarto.- PROVEER a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, a traves de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, de las recomendaciones y orientaciones tecnicas para el cumplimiento de la presente ordenanza regional. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional

Aprueban Reglamento de Identificacion y Acreditacion de los Agentes Participantes para el MORDAZA de Elaboracion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional MORDAZA - Ano Fiscal 2009 y Cronograma de Actividades del Plan de Desarrollo y Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2009
ORDENANZA REGIONAL Nº 09-2008-GR.LAMB./CR
Chiclayo, 7 de marzo de 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 7.MAR.2008, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, reformada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, tiene establecido en su Articulo 191º que "los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones"; asimismo que, "la estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador, el Presidente como organo ejecutivo, y el Consejo de Coordinacion Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como organo consultivo y de coordinacion con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les senala la ley"; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en este orden de ideas senala tambien en su Articulo 18º, numeral 18.2 que "los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector publico como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperacion internacional", precisando su Articulo 20º, numerales 20.1 y 20.2, que "los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados"; asi tambien, que "los presupuestos de inversion se elaboran y ejecutan en funcion a los planes de desarrollo y programas de inversiones debidamente concertados conforme a lo previsto en esta Ley, sujetandose a las normas tecnicas del Sistema Nacional de Inversion Publica"; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 27902, que modifico esta Ley Organica para regular la participacion de los alcaldes provinciales y la sociedad civil en los gobiernos regionales y fortalecer el MORDAZA de descentralizacion y regionalizacion, establece en su Articulo 11º-B, incorporado por la MORDAZA modificatoria indicada y en concordancia con las normas invocadas exactamente en sus incisos a) y b), que "los miembros del Consejo de Coordinacion Regional emiten opinion consultiva, concertando entre si, sobre: a) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; y, b) El Plan de Desarrollo Regional Concertado"; Que, la misma Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su Articulo 15º, incisos b. y c., preven como atribucion del Consejo Regional "aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinacion Regional" y, "aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el MORDAZA del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la Republica y la Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal"; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en su Articulo 1º define el MORDAZA del

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