Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2008 (19/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

369115

POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e)

Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

177208-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Otorgan Beneficio Extraordinario por pronto pago en la Tasa de Arbitrios
ORDENANZA Nº 046-2008/MVMT
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 10 de marzo del 2008 VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el Informe Nº 025-2008-GR/MVMT emitido por la Gerencia de Rentas. CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son organos de Gobierno Local, con autonomia economica y administrativa que administran los tributos creados por Ley y/o Ordenanza Municipal, asi como las particularidades que nazcan en virtud de los mismos. Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru reconoce a las Municipalidades, autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza Nº 034-2007/MVMT se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio del ano 2008; Estando al Informe favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo por Unanimidad la siguiente:

177409-1

Prorrogan fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008
ORDENANZA Nº 047-2008/MVMT
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 10 de marzo del 2008 VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el Informe Nº 030-2008-GR/MVMT, de fecha 03 de marzo de 2008, emitido por la Gerencia de Rentas; prorroga fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2008. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal ­ D.S. Nº 156-2004-EF, el Impuesto Predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano, o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestre, siendo la primera cuota equivalente a un MORDAZA del impuesto total resultante y debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero, pagandose las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, el articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF prescribe en su ultimo parrafo que el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado con caracter general por la Administracion Tributaria; Que, mediante Informe Nº 030-2008-GR/MVMT, de fecha 03 de marzo del 2008, emitido por la Gerencia de Rentas, senala que habiendo vencido la fecha de la primera cuota del Impuesto Predial y a fin de dar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito para que cumplan oportunamente con sus obligaciones tributarias resulta necesario prorrogar dicho plazo hasta el 31 de marzo del 2008; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta y por Unanimidad, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO EXTRAORDINARIO POR PRONTO PAGO EN LA TASA DE ARBITRIOS
Articulo Primero.- La presente Ordenanza es de aplicacion en la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA del Triunfo y tiene por finalidad otorgar beneficio extraordinario para los contribuyentes que cumplan anticipadamente con el pago anual de sus arbitrios municipales y que reunan las caracteristicas que se senalan en la presente norma. Articulo Segundo.- Los contribuyentes que abonen el total de sus cuotas correspondientes a arbitrios municipales del ejercicio 2008, dentro del ultimo dia habil del mes de marzo del 2008, en base al unico inmueble que tengan en la jurisdiccion, cuyo valor no debe superar las 50 UIT, y que sea usada, en su totalidad, como MORDAZA habitacion tendran un descuento del 10 % sobre el total de la tasa anual de arbitrios. Articulo Tercero.- Dentro de las condiciones establecidas en el articulo precedente, los contribuyentes que efectuen puntualmente el pago trimestral fraccionado de los arbitrios municipales hasta el vencimiento de la cuota correspondiente tendran un descuento de 1.5 %.

ORDENANZA QUE PRORROGA FECHA DE VENCIMIENTO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2008
Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo del 2008, la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio fiscal 2008. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Informatica su debida implementacion en el sistema informatico y a la Subgerencia de Comunicacion e Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primero.- Facultese al MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo para que, mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias, complementarias para la aplicacion de la presente norma. Segundo.- Disponer que las personas que hayan interpuesto recurso contra el cobro de la tasa de arbitrios 2008 con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ordenanza podran acogerse al presente beneficio previo desistimiento de la pretension organizada en el expediente aludido.

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