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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2008 (27/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de marzo de 2008 369528 Superintendencia de Bienes Nacionales N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556, modifi cado por el Decreto Ley N° 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, Decreto Supremo N° 154-2001-EF y sus modifi catorias, Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0119-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 14 de marzo de 2008; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 13 731 979,03 m², ubicado entre el terreno eriazo denominado “Playa Grande” y propiedades del Estado, en el distrito de Huacho, provincia de Huaura y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX – Sede Huacho de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Huacho. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 179387-2 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 043-2008/SBN-GO-JAR San Isidro, 14 de marzo de 2008Visto el Expediente N° 142-2007/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 534 163,88 m², ubicado entre el Serpentín y la variante de Pasamayo, distrito de Aucallama, provincia de Huaral y departamento de Lima; y CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como fi nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fi scalización; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifi có el terreno eriazo de 534 163,88 m², ubicado entre el Serpentín y la variante de Pasamayo, distrito de Aucallama, provincia de Huaral y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 26 de julio de 2007, se verifi có que el citado terreno es de naturaleza eriaza, de topografía accidentada, suelo arenoso y comprende parte del Proyecto Protección Ambiental Entorno Ecológico Extraurbano, Variante y Serpentín de Pasamayo a cargo del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento; Que, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 5 de setiembre de 2007, la Zona Registral Nº IX - Sede Huaral, informa que el terreno de 534 163,88 m², se ubica en zona donde no se han identifi cado anotaciones registrales; Que, el inciso iv) del Artículo 3° del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 534 163,88 m², de conformidad con el Artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 071-2001, artículo 33° del “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, aprobado por Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales” aprobado por Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556, modifi cado por el Decreto Ley N° 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, Decreto Supremo N° 154-2001-EF y sus modifi catorias, Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 129-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 14 de marzo de 2007; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 534 163,88 m², ubicado entre el Serpentín y la variante de Pasamayo, distrito de Aucallama, provincia de Huaral y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Huaral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Huaral. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 179387-3 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 044-2008/SBN-GO-JAR San Isidro, 14 de marzo de 2008Visto el Expediente N° 143-2007/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 51 239,54 m², ubicado frente a la avenida Huarangal S/N, colindante al Fundo Pueblo Viejo y Anexo, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como fi nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fi scalización; Que, revisada la base gráfi ca de las propiedades que administra la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifi có un terreno de 51 239,54 m², ubicado frente a la avenida Huarangal S/N, colindante al Fundo Pueblo Viejo y Anexo, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Ofi cio N° 4318-2007-SUNARP-Z.R. N° IX/GPI del 4 de octubre de 2007, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, remite el Informe Técnico N° 6356-2007-SUNARP-Z.R. N° IX/OC de fecha 25 de setiembre de 2007, en el que se indica que el