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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2008 (27/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de marzo de 2008 369527 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de predios y terrenos ubicados en los departamentos de Lima, Arequipa y en la Provincia Constitucional del Callao JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 041-2008/SBN-GO-JAR San Isidro, 14 de marzo de 2008 Visto el Expediente N° 144-2007/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 6 603,41 m², ubicado frente a la avenida Huarangal S/N, colindante con los Asentamientos Humanos Cruz del Norte, Las Lomas y Asociación Agropecuaria Lomas de Carabayllo, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como fi nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fi scalización; Que, revisada la base gráfica de las propiedades que administra la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identificó un terreno de 6 603,41 m², ubicado frente a la avenida Huarangal S/N, colindante con los Asentamientos Humanos Cruz del Norte, Las Lomas y Asociación Agropecuaria Lomas de Carabayllo, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Ofi cio N° 4320-2007-SUNARP-Z.R. N° IX/GPI del 4 de octubre de 2007, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, remite el Informe Técnico N° 6357-2007-SUNARP-Z.R. N° IX/OC de fecha 25 de setiembre de 2007, en el que se indica que el terreno sub materia se ubica en ámbito donde no se registra antecedente registral; Que, la Sétima Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, dispone que el Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, asumirá la calidad de propietario de aquellos bienes que sin constituir propiedad privada no se encuentran inscritos en los Registros Públicos ni registrados en el Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 6 603,41 m² de conformidad con el artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 071-2001, artículo 33° del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por el Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modificado por su similar Nº 042-2006-EF y la Directiva N° 001-2002/SBN que regula el trámite de la primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modificado por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos i) y s) del artículo 39° de la Resolución N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de septiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a promover la inmatriculación de predios a favor del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556, modifi cado por el Decreto Ley N° 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia N° 071-2001, el “Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales” aprobado por Decreto Supremo N° 131-2001-EF y el Decreto Supremo N° 154-2001-EF y sus modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0136-2008/SBN-GO-JAR de fecha 14 de marzo de 2008;SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 6 603,41 m², ubicado frente a la avenida Huarangal S/N, colindante con los Asentamientos Humanos Cruz del Norte, Las Lomas y Asociación Agropecuaria Lomas de Carabayllo, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 179387-1 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 042-2008/SBN-GO-JAR San Isidro, 14 de marzo de 2008Visto el Expediente N° 158-2007/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 13 731 979,03 m², ubicado entre el terreno eriazo denominado “Playa Grande” y propiedades del Estado, en el distrito de Huacho, provincia de Huaura y departamento de Lima; y CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como fi nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fi scalización; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifi có el terreno eriazo de 13 872 517,14 m², ubicado entre el terreno eriazo denominado “Playa Grande” y propiedades del Estado, en el distrito de Huacho, provincia de Huaura y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 1 de junio de 2007, se verifi có que el citado terreno es de naturaleza eriaza y de topografía ligeramente plana y suelo arenoso, presentando en su interior dos lagunas de salmueras; Que, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 20 de noviembre de 2007, la Zona Registral Nº IX - Sede Huacho, señala que el terreno de 13 872 517,14 m², presenta superposición parcial con el dominio del Estado, inscrito en la Ficha N° 626 del Registro de Predios de Huacho y el saldo en área donde no se observa inscripción; Que, realizado el recorte correspondiente a la superposición advertida, queda un área de 13 731 979,03 m², materia de inscripción en primera de dominio a favor del Estado; Que, el inciso iv) del Artículo 3° del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 13 731 979,03 m², de conformidad con el Artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 071-2001, artículo 33° del “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, aprobado por Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales” aprobado por Resolución de