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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de noviembre de 2008 382667 Designan Jefa de Comunicaciones de la Oficina de Comunicación de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 491-2008-MIMDES Lima, 31 de Octubre de 2008CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de Comunicaciones de la Ofi cina de Comunicación de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se designe al Funcionario que desempeñará dicho cargo; Con la visación del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el artículo 7º de la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a doña ROSA DEL PILAR NUÑEZ ULLOA, en el cargo de Jefa de Comunicaciones de la Ofi cina de Comunicación de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN AURORA VILDOSO CHIRINOS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 272715-2 PRODUCE Modifican literales del Art. 1° de la R.M. N° 358-2004-PRODUCE, adicionados por R.M. N° 585-2008-PRODUCE, sobre medidas complementarias para instalación de instrumentos de pesaje utilizados en plantas de harina y aceite de pescado RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 768-2008-PRODUCE Lima, 31 de octubre del 2008VISTOS: el Ofi cio N° 4439-2008-PRODUCE/ DIGSECOVI-CP y el Informe Técnico N° 037-2008-PRODUCE/DIGSECOVI de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, y el Informe Técnico N° 00035-2008-PRODUCE/OGTIE-jcrodríguez de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial N° 358-2004- PRODUCE, se dictaron medidas complementarias sobre requisitos técnicos de instalación de los instrumentos de pesaje discontinuo automático utilizados en las plantas de harina y aceite de pescado, con el propósito de facilitar su inspección y verifi car su adecuado funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial N° 585-2008- PRODUCE, modifi cada por la Resolución Ministerial N° 633-2008-PRODUCE, se adicionaron los requisitos técnicos para la instalación de los instrumentos de pesaje discontinuo automático, establecidos en la Resolución Ministerial N° 358-2004-PRODUCE con el propósito de mejorar la confi abilidad del pesaje de dichos instrumentos, conforme a las recomendaciones planteadas por la Comisión Especial constituida mediante la citada Resolución Ministerial y la propuesta de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, en su calidad de órgano técnico y normativo en esta materia; Que, recientemente, empresas especializadas han efectuado pruebas demostrativas en plantas de harina de pescado del Callao y de Chancay, respecto a la implementación de los requisitos técnicos adicionales establecidos por la Resolución Ministerial N° 585-2008-PRODUCE, en presencia de representantes técnicos de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia y de empresas dedicadas a la producción de harina y aceite de pescado, habiéndose recibido importantes sugerencias y recomendaciones, las mismas que han permitido arribar a la conveniencia de perfeccionar la norma a fin de posibilitar una acción de control más eficaz y conseguir los objetivos planteados; Que, en consecuencia, resulta oportuno y conveniente atender dichos planteamientos, los mismos que han sido evaluados y recogidos en el Informe del visto por la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción; Que, asimismo, la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística, ha recomendado mediante el informe del visto la conveniencia de disponer el envío automático, por correo electrónico cifrado, de las descargas que realicen las embarcaciones pesqueras en las plantas de harina y aceite de pescado, con el propósito de contar con una herramienta adicional de control y de contraste de la información, así como del conocimiento rápido y oportuno de los pesajes; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; y, Con los visados del Viceministro de Pesquería, de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Modifi car los literales ll), o), q) y s) del artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 358-2004-PRODUCE, adicionados por la Resolución Ministerial N° 585-2008-PRODUCE, en los siguientes términos: “Artículo 1°.- (…)ll) Los selectores del control automático/manual del sistema neumático de las tolvas, deben estar instalados en el interior de la caja que contiene al dispositivo indicador de control. La última pesada parcial (Batch) de los recursos hidrobiológicos correspondiente a la descarga de la embarcación pesquera, debe efectuarse presionando el botón FINALIZAR o el botón que haga sus veces del dispositivo indicador de control, a fi n de facilitar su pesaje y la apertura de la compuerta de la tolva. (…)o) Instalar una alarma luminosa y acústica que debe activarse cuando las dos compuertas de la tolva se encuentren abiertas al mismo tiempo durante la descarga, o cuando los sensores de seguridad detecten una intervención no autorizada. (…)q) Imprimir en el Reporte de Pesaje, al inicio y al fi nal de la descarga, el número de cuentas del conversor analógico digital (SPAM) y del Cero (Z), así como el valor del peso de calibración (Wval) y el coefi ciente de calibración (CC), (wincha). Adicionalmente, en cada línea de batch, se debe imprimir en columna separada, el coefi ciente de calibración, el mismo que resulta de aplicar la siguiente fórmula (SPAM-Z)/Wval. (…)s) Tener disponible en planta, pesas patrón certifi cadas conforme a las especifi caciones técnicas de la norma metrológica correspondiente y que sumen al menos 500 kg para verifi car el estado de calibración del instrumento de pesaje.”Descargado desde www.elperuano.com.pe