Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2008 (07/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
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MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 275094-1

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de noviembre de 2008

de las Resoluciones Jefaturales Nºs 492, 501, 835, 842 y 998-2007-JNAC/RENIEC, respecto a la obligacion de mantener actualizados sus datos en el referido Registro, encontrandose afectos a la multa; Que, en relacion a aquellos ciudadanos que a partir de la entrada en vigencia de la acotada Ley hubieran contraido matrimonio, divorcio, la nulidad o anulacion de su matrimonio o enviudaron; resulta necesario establecer el plazo a partir del cual se MORDAZA efectivo el cobro de la multa a que hace referencia la citada disposicion legal, en este sentido, la Gerencia de Registros Civiles a traves de los documentos del visto, ha considerado el plazo de noventa (90) dias calendario para la actualizacion del estado civil en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, a traves del Oficio Nº 002158-2008/GRI/RENIEC, la Gerencia de Registros de Identificacion ha propuesto que se haga de conocimiento de los ciudadanos, mediante el acto administrativo correspondiente, el plazo a conceder a los mismos, para que cumplan con el deber de actualizar sus datos en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Con la opinion de la Gerencia de Asesoria Juridica y estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 293-2008-JNAC/RENIEC, modificada por la Resolucion Jefatural Nº 409-2008-JNAC/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer el plazo de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Jefatural, para la actualizacion de los datos del estado civil en el Documento Nacional de Identidad, de aquellos ciudadanos que con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 29222, contrajeron matrimonio, se divorciaron, se declaro la nulidad o anulacion de su matrimonio o enviudaron. La actualizacion se podra realizar a traves de los Procedimientos establecidos en el TUPA/RENIEC denominados, RECTIFICACION DE DATOS - CAMBIO DEL ESTADO CIVIL o RENOVACION POR CADUCIDAD DEL DNI. Vencido este plazo, se MORDAZA efectivo el cobro de la multa a la que se refiere la Ley Nº 29222, equivalente al cero punto dos por ciento (0.2%) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), salvo los casos de dispensa por razones de pobreza. Articulo Segundo.- Establecer un plazo de noventa (90) dias calendario para la actualizacion de los datos del estado civil en el Documento Nacional de Identidad, de aquellos ciudadanos que, a partir de la publicacion de la presente Resolucion, contraigan matrimonio, se divorcien, se declare la nulidad o anulacion de su matrimonio o enviuden. La actualizacion se podra realizar a traves de los Procedimientos establecidos en el TUPA/RENIEC denominados, RECTIFICACION DE DATOS - CAMBIO DEL ESTADO CIVIL o RENOVACION POR CADUCIDAD DEL DNI. Vencido este plazo, se MORDAZA efectivo el cobro de la multa a la que se refiere la Ley Nº 29222, equivalente al cero punto dos por ciento (0.2%) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), salvo los casos de dispensa por razones de pobreza. Articulo Tercero.- El plazo a que se refiere el articulo precedente se computara para el MATRIMONIO, su NULIDAD o ANULABILIDAD, y DIVORCIO, a partir del dia siguiente de la inscripcion de dichos actos, en el Registro del Estado Civil; mientras que para la VIUDEZ, a partir del dia siguiente de inscrita la defuncion del conyuge en el Registro del Estado Civil. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 492-2007/JNAC/RENIEC y sus modificatorias. Articulo Quinto.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales, Registros de Identificacion, Registros Civiles e Informatica la implementacion de lo dispuesto en la presente resolucion y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion del contenido de la misma.

Registrese, publiquese y cumplase.

MINISTERIO PUBLICO

Autorizan viaje de Fiscal de la Nacion a Colombia para participar en el Simposio "Experiencias Innovadoras Positivas de Fiscalias y Ministerios Publicos Comparados en las Reformas Acusatorias de Iberoamerica"
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 077-2008-MP-FN-JFS MORDAZA, 6 de noviembre de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la Fiscalia General de la Nacion de la Republica de Colombia, ha organizado el Simposio "Experiencias Innovadoras Positivas de Fiscalias y Ministerios Publicos Comparados en las Reformas Acusatorias de Iberoamerica", que se realizara los dias 20 y 21 de noviembre del presente ano, en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia. Que, el citado evento reunira a altas autoridades de los paises invitados, teniendo como objetivos el intercambio de experiencias positivas e innovadoras que permita enriquecer las transformaciones de los sistemas procesales de la administracion de justicia en los paises iberoamericanos y el fortalecimiento de las reformas. Que, atendiendo a la relevancia de los temas a tratar y de los objetivos expuestos, los cuales a su vez constituyen un interes institucional en el fortalecimiento de las relaciones con los organismos homologos del bloque iberoamericano, se ha previsto la intervencion de la senora Fiscal de la Nacion del Peru en el citado simposio. Que, para los casos de ausencia del titular de la Fiscalia de la Nacion, es necesario disponer la encargatura de su Despacho. De conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico, y estando a lo dispuesto en el Acuerdo N° 1300, adoptado en sesion extraordinaria de la Junta de Fiscales Supremos del dia 30 de Octubre de 2008. SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senora doctora MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA, Fiscal de la Nacion, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, a fin que participe en el evento internacional mencionado en la parte considerativa de la presente Resolucion, otorgandosele licencia con goce de haber del 19 al 22 de noviembre del 2008. Articulo Segundo.- Encargar el Despacho de la Fiscalia de la Nacion, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Titular de la MORDAZA Fiscalia Suprema Penal, con retencion de su Despacho, los dias 19 y 20 de noviembre del 2008. Articulo Tercero.- Encargar el Despacho de la Fiscalia de la Nacion, al doctor MORDAZA Penaranda MORDAZA, Fiscal Supremo Titular de la Fiscalia Suprema de Control Interno, con retencion de su Despacho, los dias 21 y 22 de noviembre del ano en curso. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Despacho de la Fiscalia de la Nacion, a los Fiscales Supremos Titulares mencionados, a la Gerencia General, a la Oficina de Asesoria Juridica y a la Gerencia de Registro de Fiscales, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PENARANDA MORDAZA Fiscal Supremo Titular de Control Interno Encargado de la Presidencia de la Junta de Fiscales Supremos 275075-1

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