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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (07/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de noviembre de 2008 383005 y de brindar información solicitada en virtud de la citada Ley; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N°s. 074 y 216-2007-VIVIENDA y 029-2008-VIVIENDA, se designó, entre otros, a los responsables de brindar información que demanden las personas, y de la elaboración del portal de Internet del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, resulta necesario dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N°s. 074 y 216-2007-VIVIENDA y 029-2008-VIVIENDA, y designar a los titulares y suplentes responsables de brindar información solicitada en virtud de la Ley No. 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento; y de la elaboración del portal de Internet del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 27792 y 29158, modifi cada por la Ley N° 29209, y los Decretos Supremos N°s. 043-2003-PCM y 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo N° 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N°s. 074 y 216-2007-VIVIENDA, y 029-2008-VIVIENDA. Artículo 2.- Designar a la Eco. Elena Mercedes Tanaka Torres, Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, como titular responsable del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de brindar información solicitada en virtud de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento; y al Sr. Luis Fidel Horna Venegas, como suplente responsable. Artículo 3.- Designar al Ing. Jaime Alejandro Honores Coronado, Director General de la Ofi cina General de Estadística e Informática, como titular responsable de la elaboración del portal de Internet del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y al Ing. Jaime Gutiérrez Rosas, como suplente responsable. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 274720-2 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje del Presidente del BCRP a Brasil para participar en la Reunión de Gobernadores RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N°059-2008-BCRP Lima, 5 de noviembre 2008CONSIDERANDO: Que, se ha recibido invitación del Bank for International Settlements (BIS) para que el Presidente del Banco Central de Reserva del Perú participe en la Reunión de Gobernadores que se realizará en Sao Paulo, Brasil, el 9 y 10 de noviembre; Que, a dicha reunión asistirán los presidentes de los principales bancos centrales del Continente Americano para analizar el panorama de la economía mundial y el de las respectivas economías; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619 y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 30 de octubre 2008; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la misión en el exterior del Presidente, señor Julio Velarde Flores, en la ciudad de Sao Paulo, Brasil, del 9 al 11 de noviembre y el pago de los gastos, a fi n de que participe en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2° .- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1003,96 Viáticos US$ 600,00 Tarifa Única de Aeropuerto US$ 30,25 ------------------ TOTAL US$ 1634,21 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 274184-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Establecen plazos para la actualización de datos del estado civil en el Documento Nacional de Identidad de ciudadanos que contraigan matrimonio, se divorcien, se declare la nulidad o anulación de su matrimonio o enviuden RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 759-2008/JNAC/RENIEC Lima, 4 de noviembre de 2008VISTO: el Informe Nº 000221 y el Ofi cio Nº 001408- 2008/GRC/RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles, el Ofi cio Nº 002158-2008/GRI/RENIEC, de la Gerencia de Registros de Identifi cación, los Informes Nº 000617, Nº 000682 y los Ofi cios Nº 001480 y Nº 001666-2008/GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera, y está encargado de organizar y mantener el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, así como emitir el documento único que acredita la identidad de las personas; Que, mediante Ley Nº 29222, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 02 de mayo de 2008, se modifi có el Artículo 37º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), estableciendo en el tercer párrafo que, “La falta de actualización de los datos del Documento Nacional de Identidad (DNI), como los cambios de estado civil del titular, o de su decisión de ceder o no órganos y tejidos para fi nes de transplante o injerto después de su muerte, o de otras situaciones de similar naturaleza, no genera la invalidez del documento, sino el pago de multa equivalente al cero punto dos por ciento (0.2%) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), salvo los casos de dispensa por razones de pobreza”; Que, respecto a los ciudadanos que no han actualizado sus datos en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales a la entrada en vigencia de la Ley Nº 29222, es menester precisar que éstos han tenido tiempo sufi ciente para realizar dicha actualización, habiendo tomado conocimiento con anterioridad, a través Descargado desde www.elperuano.com.pe