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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (14/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de noviembre de 2008 383394 Declara cumplida la etapa de Recepción de Obras de Habilitación Urbana dejando diferida, por un plazo de 6 meses, la ejecución de las obras faltantes de veredas, del terreno de 11,044.00 m², ubicado en el Lote Nº 7 Mz. “O”, del Fundo Campoy, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al Plano Nº 007-2008-SGHU-GDU-MSJL, de fecha 17 de setiembre del 2006. Artículo 2°.- NOTIFICAR la presente Resolución a MARIANO SORIA USAQUI, LUCIO YCHACAYA LOAYZA, SATURNINO ISIDRO PRIMO y OTROS COPROPIETARIOS; y a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4°.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, Instituto Metropolitano de Planifi cación – IMP y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 277149-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Disponen el embanderamiento general del distrito con motivo de la realización del APEC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2008-MDB Barranco, 10 de noviembre del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Título Preliminar Artículo I, precisa que los gobiernos locales son entidades, básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización; Que, en el mes de noviembre del presente año, el Perú es sede de las reuniones más importantes del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC), cuyos objetivos primarios son asegurar el crecimiento económico y la prosperidad a través de la promoción del comercio y la liberación de la inversión en la región, facilitar los negocios a través de la eliminación de trabas administrativas y burocráticas, promover la cooperación económica y técnica, así como construir una Comunidad Regional de Asia Pacífi co; Que, el distrito de Barranco posee encantos turísticos que lo convierten en punto obligado de turistas y visitantes, y durante la realización del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC), será visitado por los miembros de las 21 delegaciones visitantes; Ejerciendo las facultades conferidas por los artículos 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con la visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de Barranco, desde el 18 hasta 24 de noviembre del 2008, con motivo de la realización del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC).Artículo Segundo.- Encargar a la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Social, Ofi cina de Imagen Institucional, Educación y Cultura, y Ofi cina de Secretaría General el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 277172-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Disponen la celebración de matrimonio civil comunitario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2008-A/MDC Carabayllo, 3 de octubre de 2008 CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194° de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° de la Constitución Política del Estado, es deber del Estado en general el proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condición de instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, el artículo 84° numeral 2 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, prevé que constituyen funciones de los Gobiernos Locales, el organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad, así como el de promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad; Que, es política de esta gestión el de realizar diversas acciones dirigidas a lograr el fortalecimiento de la Institución Municipal en todo el ámbito de su jurisdicción y buscar el bienestar de la comunidad del Distrito de Carabayllo, promoviendo para ello el fortalecimiento de la familia y la sociedad a través de la formalización de las uniones de hecho, de parejas que por motivos económicos y/o de otra índole mantienen un estado de concubinato indefi nido, correspondiendo al Gobierno Local el promover campañas de MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, y con motivo de la proximidad de las fi estas navideñas, se prevé se realice el día 06 de Diciembre de 2008 en la Piscina Municipal “Ricardo Palma” de la Urbanización Santa Isabel del Distrito de Carabayllo, con la fi nalidad de procurar que dichas personas formalicen su estado civil; Estando a lo dispuesto por el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en forma general para toda la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, a realizarse el día 06 de Diciembre de 2008 en la Piscina Municipal del Complejo Deportivo “Ricardo Palma” ubicado en la Urbanización Santa Isabel del Distrito de Carabayllo. Artículo Segundo.- DISPONER que para la realización de esta ceremonia, los contrayentes cumplan previamente con presentar los siguientes requisitos: - Copia certifi cada de la Partida de Nacimiento actualizada de cada contrayente; - Certifi cado de soltería de ambos contrayentes o copia certifi cada de la Partida de Defunción del cónyuge anterior, o copia certifi cada de la sentencia de divorcio o de invalidación del matrimonio anterior o el certifi cado consular de soltería o viudez, según sea el caso; Descargado desde www.elperuano.com.pe