TEXTO PAGINA: 40
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de noviembre de 2008 384046 Distrital de Salaverry, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Salaverry presente al Programa Agua Para Todos el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser modifi cado en función a los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 06 de octubre de 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Salaverry para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio Específi co, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SALAVERRY COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCIÓN PRESU- PUESTARIAPPTO. PIM 2008 S/.TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 69298AMPLIACIÓN REDES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE LOS AA.HH. MIGUEL GRAU Y ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, DISTRITO DE SALAVERRY - TRUJILLO - LA LIBERTADINDIRECTA 400 000,00 400 000,00 TOTAL 400 000,00 400 000,00 ANEXO B PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SALAVERRY COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCIÓN PRESU- PUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 01 MES 69298AMPLIACION REDES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE LOS AA.HH. MIGUEL GRAU Y ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, DISTRITO DE SALAVERRY - TRUJILLO - LA LIBERTADINDIRECTA 400 000,00 400 000,00 TOTAL 400 000,00 400 000,00 283584-1RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 728-2008-VIVIENDA Lima, 26 de noviembre de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 30 de mayo de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Gobierno Regional Amazonas y la Municipalidad Distrital de Mariscal Benavides (en adelante el Convenio Específi co) con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto “Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Localidad de Mariscal Benavides”, con código SNIP Nº 11211; además, la Cláusula Sétima del Convenio Específi co establece que el mismo tiene vigencia hasta la liquidación, transferencia y recepción de la obra; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 156- 2007-VIVIENDA de fecha 31 de mayo de 2007, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de Ciento Cincuenta y Seis Mil Ciento Cuarenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles (S/. 156 143,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional Amazonas, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 11211; asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial estableció que la transferencia fi nanciera se realizaría con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2007 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos; Que, con el Informe Técnico Nº 764-2008/VIVIENDA/ VMCS/ PAPT-DE de fecha 03 de noviembre de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor del Gobierno Regional Amazonas, hasta por la suma de Ciento Veintitrés Mil Ochenta y Ocho y 62/100 Nuevos Soles (S/. 123 088,62), para fi nanciar la culminación del mencionado Proyecto con Código SNIP Nº 11211, con cargo al presupuesto del año fi scal 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos; asimismo informa que los desembolsos de la transferencia fi nanciera aprobada por la Resolución Ministerial Nº 156-2007-VIVIENDA no se efectuaron dentro del ejercicio presupuestario 2007, por razones de orden administrativo Descargado desde www.elperuano.com.pe