Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2008 (28/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 28 de noviembre de 2008

informe oral, y CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante resolucion de fojas treinta y siete a cuarenta y seis, expedida por el Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se dispuso abrir investigacion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Administrador del Primer Modulo Corporativo Civil de la citada Corte Superior; Segundo: Que, de la revision de los actuados acopiados en el presente procedimiento disciplinario, se advierte que con fecha diecisiete de diciembre de dos mil cuatro y tres de enero de dos mil cinco, se cobraron dos certificados de deposito judicial en la Agencia del Banco de la Nacion de MORDAZA, el primero de ellos por un monto de $ 33,550.00 dolares americanos, que fue presentado en el Expediente Nº 1585-2000, seguido por el Banco Continental contra MORDAZA Coahuila MORDAZA, sobre Ejecucion de Garantias; y el MORDAZA por $ 64,586.25 dolares americanos, presentado en el Expediente Nº 8264-2000 por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los seguidos por el Banco de Credito sobre Ejecucion de Garantias, ambos tramitados ante el MORDAZA Juzgado Civil de Arequipa; Tercero: Que, los depositos judiciales MORDAZA mencionados fueron endosados a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como se desprende de fojas treinta y cinco y seiscientos dieciseis, persona ajena al MORDAZA y cobrados por el mismo, sin que exista mandato judicial; Cuarto: Que, el investigado MORDAZA MORDAZA, en su declaracion obrante a fojas sesenta, y cinco sesenta y seis reconoce que la custodia de los depositos judiciales es responsabilidad del Administrador del Modulo, admitiendo que el Manual de Organizacion y Funciones establece que los depositos judiciales debian ser guardados en una MORDAZA fuerte; Quinto: Que, de fojas novecientos doce a novecientos quince obran las declaraciones de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Pariente MORDAZA, quienes se desempenaron en el cargo de Administrador del Modulo Corporativo Civil, los mismos que manifiestan que existia una MORDAZA fuerte donde se guardaban los depositos judiciales; Sexto: Que, por otro lado, las ex servidoras judiciales Sugey MORDAZA Rendon y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fojas mil ciento once, mil ciento doce y mil ciento trece, manifiestan que durante la gestion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA se dispuso que los cupones de depositos judiciales se guarden en el anaquel y no en la MORDAZA fuerte; Setimo: Que, existe responsabilidad por parte del servidor investigado por el hecho que durante su gestion no MORDAZA adoptado las medidas necesarias para la seguridad de los certificados de deposito judicial, con el agravante de no disponer su archivo en la MORDAZA fuerte; ordenando que se hiciera en un anaquel que no cumplia con elementos de seguridad que el caso requeria; lo cual origino que los referidos certificados de deposito judicial fueran sustraidos y posteriormente cobrados ilicitamente, contraviniendo asi sus deberes funcionales estipulados en el Manual de Organizacion y Funciones de los Modulos Corporativos, evidenciando irregular conducta disfuncional, en su actuacion como Administrador del Primer Modulo Corporativo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, quien ha incurrido en infraccion a los deberes y prohibiciones a que se refiere el inciso uno del articulo doscientos uno del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, lo que constituye grave atentado contra la dignidad del cargo, desmereciendolo en el concepto publico, por ello resulta de aplicacion la medida disciplinaria de destitucion prevista en el articulo doscientos once del citado texto legal; Octavo: Que, respecto a la prescripcion de la accion disciplinaria deducida por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante escrito presentado con fecha diecisiete de setiembre del ano en curso, debe considerarse que a tenor de lo previsto por el articulo sesenta y cinco del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, el plazo de prescripcion se interrumpio con la expedicion de la resolucion por parte de la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, obrante de fojas dos mil quinientos noventa y cuatro a dos mil seiscientos dieciseis; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Minano, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haber emitido pronunciamiento como Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE:

Primero: Declarar improcedente la prescripcion deducida por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Manrique. Segundo: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Administrador del Primer Modulo Corporativo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 284093-4

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Encargan el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a Vocal
Corte Superior de Justicia de MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 456-2008-P-CSJL/PJ MORDAZA, 27 de noviembre de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Administrativa Nº 2962008-CE-PJ de fecha dieciocho de noviembre de los corrientes expedido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se le concede licencia por capacitacion al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para que participe en el Curso Internacional de Derecho Judicial "Problematicas y Exigencias Actuales del Poder Judicial" que se llevara a cabo los dias 28 y 29 de noviembre de los corrientes. Que, por lo anteriormente expuesto y considerando que mediante la sesion de fecha dieciocho de noviembre del presente ano, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial concedio licencia por motivos de capacitacion al doctor MORDAZA Egusquiza MORDAZA (Vocal Decano), resulta necesario encargar el Despacho de la Presidencia por el dia veintiocho de noviembre proximo, teniendo en cuenta para ello el Cuadro de Antiguedad de Vocales de este Distrito Judicial. Por lo que, en merito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del articulo 90° de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, al senor doctor MORDAZA MORDAZA BIAGGI MORDAZA, Vocal Titular, por el dia 28 de noviembre del ano en curso, sin dispensa de la labor jurisdiccional como Presidente de la MORDAZA Sala Penal con Reos Libres. Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervision de Personal, y del Magistrado para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 283640-1

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