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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de octubre de 2008 381107 La Resolución Suprema Nº 429-2006-RE, de 16 de noviembre de 2006, que nombró al citado funcionario diplomático, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de Eslovenia, con residencia en la ciudad de Viena, República de Austria, a partir del 1 de diciembre de 2006; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema Nº 218-2008- RE, de 11 de agosto de 2008, se dan por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Higueras Ramos, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Austria; Que, por la Resolución Ministerial Nº 1026-RE, de 22 de agosto de 2008, se fi ja el 11 de octubre de 2008, como la fecha de término de funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Austria; Que, en tal sentido, procede dar término al nombramiento como Embajador Concurrente ante la República de Hungría; la República Eslovaca; y la República de Eslovenia, con residencia en la ciudad de Viena, República de Austria, que viene ejerciendo el citado funcionario diplomático; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Higueras Ramos, como Embajador Concurrente ante la República de Hungría; la República Eslovaca; y la República de Eslovenia, con residencia en la ciudad de Viena, República de Austria, con fecha 11 de octubre de 2008. Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 262116-9 Pasan a la situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República por límite de edad RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 255-2008-RE Lima, 7 de octubre de 2008CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 18º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, por cumplir los 70 años de edad; Que, el pase a la situación de retiro por límite de edad, se hará efectivo, de ofi cio, mediante Resolución Suprema, al cumplir el funcionario diplomático la edad de setenta años establecida por la Ley; Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Hugo Ernesto Palma Valderrama, cumplirá 70 años de edad el 20 de noviembre de 2008, según lo acredita la Partida de Nacimiento que obra en su Foja de Servicios; De conformidad con el artículo 18º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; REQUISITOS PARA PUBLICACI ÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L