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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de octubre de 2008 382183 Que, mediante Carta Nº 063-2008-FMV/GC, de fecha 02 de abril del 2008, el Fondo MIVIVIENDA, a través de su Gerencia Comercial, solicita a esta Superintendencia que realice y coordine ante FONAFE los trámites legales que correspondan a fi n de que el área de propiedad de INDAER PERU S.A. retorne al dominio privado del Estado, bajo la modalidad de transferencia más adecuada que permita el desarrollo de viviendas sociales en dicho predio, que organizará el Fondo MIVIVIENDA por encargo de la Dirección Nacional de Vivienda, de acuerdo a la identifi cación realizada; Que, mediante Informe Técnico Nº 325-2008/SBN- GO-JAD de fecha 02 de junio de 2008, la Jefatura de Adjudicaciones de la SBN, informó que el predio de 321 939,50 m², estaba ocupado en un 98% por terrenos de cultivo, viviendas y almacenes precarios donde se producen y almacenan fl ores de diversas variedades, bajo la administración de la familia Akira, y el 2% restante, se encontraba ocupado por las instalaciones de INDAER S.A., que se encuentran en total estado de abandono, por lo tanto, el referido predio que no generaba benefi cio económico ni para el Estado representado por la Empresa Estatal de Industria Aeronáutica S.A. - INDAER PERÚ S.A., ni para el Aeródromo de Collique; Que, mediante Resolución N° 104-2008/SBN-GO- JAR de fecha 06 de junio de 2008, se resuelve aceptar la donación a favor del Estado, representado por la SBN, efectuada por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE del predio denominado INDAER con un área de 321 939,50 m², suscribiéndose la Escritura Pública de donación con fecha 12 de agosto de 2008, fecha en la que el Estado recibe el inmueble libre de gravámenes sin carga, cargo, limitación o restricción alguna, que le imposibilite o condicione el ejercicio de los atributos que corresponde a todo propietario; Que, mediante Resolución Nº 105-2008/SBN-GO-JAD de fecha 13 de agosto de 2008, se aprobó entre otros, la transferencia en dominio fi duciario de: - El terreno de propiedad del Estado de 321 939,50 m², denominado INDAER, ubicado a la altura del km. 13.75 de la carretera Panamericana Norte, entre las avenidas El Porvenir, Collique y Víctor Andrés Belaunde y la Calle M. Gonzáles en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 340391 con continuación en la Partida Nº 42646350 del Registro de Predios de Lima para la constitución de un Patrimonio Fideicometido bajo la administración del Fondo Mivivienda S. A., a fi n que se ejecute el proyecto de programa de viviendas de interés social y los ingresos generados por la venta del inmueble, serán destinados por la SBN conforme a lo establecido en la normatividad legal vigente; Que, mediante Resolución Suprema Nº 120-2008-MTC de fecha 17 de setiembre de 2008, se creó la Comisión Multisectorial encargada de la identifi cación de Nuevas Sedes donde se Desarrollarán Actividades de Aeronáutica Civil, en adelante COMISIÓN PROAVIACIÓN CIVIL, cuyo objeto es identifi car alternativas de ubicación de sedes destinadas a la construcción, por parte del Estado, de la infraestructura de la Escuela de Aviación Civil y de un Aeródromo de uso público destinado a actividades de aviación comercial y actividades de la aviación general; Que, para cumplir con el objeto de la citada Resolución Suprema y garantizar las actividades de la aviación civil y aviación en general, resulta necesario modifi car el destino de los recursos que se generen por la disposición del inmueble denominado INADER, inscrito en la Ficha Nº 340391 con continuación en la Partida Nº 42646350; Que, de acuerdo a los literales l) del artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre del 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA y Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN; Estando a lo expuesto en los Informes Técnicos Legales Nºs. 411-2008-SBN-GO-JAD y 412-2008-SBN-GO-JAD de fecha 14 de octubre de 2008; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Modifi car el Artículo 2º de la Resolución Nº 105-2008/SBN-GO-JAD, por el siguiente texto: “Aprobar la transferencia en dominio fi duciario del terreno de propiedad del Estado de 321 939,50 m², ubicado a la altura del km. 13.75 de la carretera Panamericana Norte, entre las avenidas El Porvenir, Collique y Víctor Andrés Belaunde y la Calle M. Gonzáles en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 340391 con continuación en la Partida Nº 42646350 del Registro de Predios de Lima para la constitución de un Patrimonio Fideicometido bajo la administración del Fondo Mivivienda S. A., a fi n que se ejecute el proyecto de programa de viviendas de interés social y se destinen los ingresos generados de la venta del inmueble al fomento de la aviación civil”. Artículo 2°.- La Zona Registral XI - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos por el mérito de la presente Resolución, procederá a la inscripción de lo dispuesto en el artículo precedente. Publíquese, regístrese y comuníquese.FRANCO SORIA PALACIOS Jefe de Adjudicaciones 269064-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban la forma y condiciones para solicitar la amnistía de seguridad social RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 187-2008/SUNAT Lima, 24 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1086 que aprueba la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente concede una amnistía para las empresas que se encuentren dentro de los alcances de la citada norma a fi n de regularizar el cumplimiento del pago de las obligaciones de seguridad social vencidas hasta la vigencia de dicho Decreto Legislativo y establece que el acogimiento al referido benefi cio tendrá un plazo de cuatro (4) meses contados desde la vigencia del mencionado Decreto; Que el artículo 85º del Reglamento de la Ley MYPE aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2008-TR dispone que el trámite para acceder a la amnistía de seguridad social se iniciará mediante la presentación de una solicitud de acuerdo a la forma y condiciones que establezca la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT mediante Resolución de Superintendencia; Que, asimismo, el citado artículo señala que la SUNAT, EsSalud y la ONP, según corresponda, proporcionarán a las empresas que inicien el trámite para la amnistía la información sobre el monto de las Descargado desde www.elperuano.com.pe