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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de octubre de 2008 382563 VISTO: El Acta de Sesión Ordinaria Nº 019-2008-MPM-CH- SG de fecha 14 de octubre de 2008, relacionada con la Exoneración de Proceso de selección para la adquisición de un bien inmueble sito en Jr. Colón Nº 299 - Chulucanas destinado a la construcción del local del Servicio de Seguridad Ciudadana dentro del marco de la ejecución del expediente técnico denominado: FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA PROVINCIA DE MORROPON - PIURA, el mismo que cuenta con el CODIGO SNIP Nº 79383; y, CONSIDERANDO:Que, a modo de establecer los antecedentes que motivan la emisión del presente Acuerdo de Concejo debe tenerse en cuenta lo siguiente: 1. Mediante Informe Nº 199-2008-DMCN-UEP-DD.UU- MPM-CH de fecha 26.05.2008 el Arq. Diego Martín Carrión Nevado solicita la compra de un bien inmueble sito en Jr. Colón Nº 299 - Chulucanas para la construcción del local del Servicio de Seguridad Ciudadana, máxime si dicho proyecto cuenta con la viabilidad respectiva por parte del Sistema de Inversión Pública. 2. Mediante Informe Nº 235-2008-CI.CU-MPM-CH de fecha 29.05.2008 el Arq. Roberto Fernández Dávila, Jefe de la Sub Gerencia de Catastro y Control Urbano, informa que el predio indicado en el párrafo precedente se encuentra inscrito en los RR.PP. a favor de José Sinkler Seminario Rosas, recomendando se realicen las acciones tendientes a la adquisición del citado predio por parte de la municipalidad. 3. Mediante proveído de fecha 06.06.2008 suscrito por esta Asesoría Legal se requiere los antecedentes administrativos que sustenten la opinión de la Unidad de Estudios y Proyectos relacionada con la evaluación y adquisición del terreno para la construcción de la infraestructura del servicio de seguridad ciudadana, derivándose la misma mediante Informe Nº 019-2008-ARQ.L.A.M.G-MPMCH-G-DD.UU-SGEI suscrito por la Arq. Laura A. Morocho Gago en el cual se recogen las cualidades y benefi cios que sustentan la adquisición del predio indicado en el numeral 1) del presente informe. 4. Mediante Informe Nº 400-2008-DMCN-UEP-DD.UU- MPM-CH (15.08.2008) suscrito por el Arq. Diego Martín Carrión Nevado solicita que se deriven los actuados a la Ofi cina de Asesoría Legal a fi n que se proceda a la adquisición del predio sito en Jr. Colón Nº 299 - Chulucanas (intersección del Jr. Colón y las calles Mateo Pumacahua y Hermanos Toledo) de la ciudad de Chulucanas a fi n de cumplir con las metas físicas contempladas en el PIP FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA PROVINCIA DE MORROPON - PIURA”, el mismo que cuenta con el CODIGO SNIP Nº 79383 y se encuentra en calidad de viable. 5. Mediante Informe Nº 371-2008-MPM-CH-AL de fecha 21.08.2008 suscrito por el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Legal de la Municipalidad de Morropón - Chulucanas opina que resulta factible la adquisición del bien inmueble sito en JR. COLON Nº 299 - CHULUCANAS (CODIGO CATASTRAL Nº 04503501001), de propiedad de don JOSE SINKLER SEMINARIO ROSAS, debidamente inscrito en la FICHA REGISTRAL Nº 7149 del Registro de Propiedad Inmueble de Piura para lo cual: a) La Sub Gerencia de Catastro y Control Urbano deberá establecer el valor comercial del bien a fi n de formalizar la propuesta de compra al propietario; b) Una vez establecido el citado valor materia de transferencia, deberá cursarse una comunicación ofi cial vía conducto notarial al propietario a fi n de obtener su aceptación por el mismo conducto notarial; c) Luego de ello deben elevarse los actuados al Pleno de Concejo Municipal a fi n que mediante acuerdo de concejo, con dispensa de la lectura y aprobación del acta, acuerden que se apruebe la exoneración del proceso de selección para la adquisición del bien inmueble antes citado en mérito a lo señalado en el Art. 19º inciso e) del D. S. Nº 084-2004-PCM; asimismo, debe aprobarse que la Ofi cina de Secretaría General remita todos los actuados (Acuerdo de Concejo, Informe Técnico Legal y demás actuados) a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes de su expedición (Art. 20º del D. S. Nº 083-2004-PCM) y que la Ofi cina de Secretaría General publique el acuerdo de concejo en el Diario Ofi cial El Peruano (Art. 20º D. S. Nº 083-2004-PCM concordado con el Art. 147º del D. S. Nº 084-2004-PCM); d) También debe acordarse de que la Unidad de Abastecimientos publique el acuerdo en el SEACE (Art. 20º D. S. Nº 083-2004-PCM concordado con el Art. 147º del D. S. Nº 084-2004-PCM). 6. Mediante Informe Nº 420-2008-CI.CU-MPM-CH de fecha 09.09.2008 suscrito por el Sub Gerente de Catastro y Control Urbano se hace llegar la valuación técnica del predio a adquirir por la suma ascendente a S/. 17,879.95 (Diecisiete mil ochocientos setenta y nueve y 95/100 nuevos soles). 7. Mediante Carta Notarial de fecha 11.09.2008 se cursa la propuesta de compra de terreno a don José Sinkler Seminario Rosas, solicitando su respuesta por el mismo conducto notarial, recepcionándose ésta el 29.09.2008 según Exp. Nº 13433 en la cual el Sr. José Sinkler Seminario Rosas y su señora esposa, doña Luisa Zapata de Seminario, manifi estan su anuencia por la compra del terreno y por el valor ofrecido, elevándose los actuados al pleno del concejo para los fi nes de ley. Que, constitucionalmente las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y de acuerdo a la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, representan al vecindario y promueven la adecuada prestación de servicios locales, así como el desarrollo integral y económico de las circunscripciones de su jurisdicción; Que, nuestro Gobierno Local busca el bienestar de la población y su desarrollo teniendo como política principal la participación ciudadana destinada a garantizar su convivencia de manera pacífi ca, trabajando para erradicar la violencia a través de los mecanismos que otorga la Ley; Que, en atención a lo dispuesto por el Art. 16º de la Ley Nº 28411 General del Sistema Nacional de Presupuesto, los Pliegos para efecto de la programación toman en cuenta que en cuanto a los gastos a prever, se asignarán a través de créditos presupuestarios, de conformidad con la escala de prioridades y las políticas de gasto priorizadas por el Titular del Pliego. La escala de prioridades es la prelación de los Objetivos Institucionales que establece el Titular del Pliego, en función a la Misión, Propósitos y Funciones que persigue la Entidad, atendiendo a lo dispuesto en el numeral 16.3 del presente artículo y el artículo 71 numeral 71.1 de la Ley General; Que, asimismo el articulado antes mencionado prevé que la previsión de gastos debe considerar, primero, los gastos de funcionamiento de carácter permanente, como es el caso de las planillas del personal activo y cesante, no vinculados a proyectos de inversión, así como sus respectivas cargas sociales; segundo, los bienes y servicios necesarios para la operatividad institucional; tercero, el mantenimiento de la infraestructura de los proyectos de inversión; cuarto, las contrapartidas que por efecto de contratos o convenios deban preverse; quinto, los proyectos en ejecución; y fi nalmente, la ejecución de nuevos proyectos; Que, de la revisión de la documentación alcanzada para su revisión, evaluación y análisis se puede advertir que en la fi cha del proyecto viable CODIGO SNIP Nº 79383 se ha consignado como acción a adoptar por parte de la municipalidad la adquisición de un terreno con las características indicadas por los informantes, encontrándose contemplada dentro del cronograma de inversión según metas la COMPRA DEL TERRENO y el monto total por dicha meta, evidenciándose del sustento técnico contenido en el Informe Nº 199-2008-DMCN-UEP-DD.UU-MPM-CH (26.05.2008) que el inmueble sito en Jr. Colón Nº 299 - Chulucanas (intersección del Jr. Colón y las calles Mateo Pumacahua y Hermanos Toledo) de la ciudad de Chulucanas se constituye en el bien que reúne las condiciones y cualidades necesarias para el cumplimiento de los objetivos institucionales en los que se encuentra imbuida en esta corporación edil dentro del marco de la Ley Nº 27933 que crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, de lo antes dicho se infi ere que la entidad deberá adquirir el bien anteladamente señalado, para lo cual debemos invocar lo dispuesto en el Art. 34º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades precisa que las contrataciones y adquisiciones que realizan los gobiernos locales se sujetan a la ley de la materia, debiendo hacerlo en acto público y preferentemente con las empresas califi cadas constituidas en su jurisdicción, y a falta de ellas con empresas de otras jurisdicciones, agregando que los procesos de contratación y adquisición se rigen por los principios de moralidad, libre competencia, imparcialidad, efi ciencia, transparencia, economía, vigencia tecnológica y trato justo e igualitario; tienen como fi nalidad garantizar que los gobiernos locales obtengan bienes, servicios y obras de Descargado desde www.elperuano.com.pe