Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2008 (31/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 31 de octubre de 2008

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 052 San MORDAZA de Lurigancho, 27 de octubre del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto en la Sesion Ordinaria de la fecha el Memorandum Nº 815-2008-GM/MDSJL de fecha 23/10/2008 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 251-2008-SGPPGP/MDSJL de fecha 20/10/2008 de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 619-08-GAJMDSJL de fecha 17/10/2008 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 1974-2008-SGA/GAF/MDSJL de fecha 17/10/2008 de la Sub Gerencia de Abastecimiento, y el Memorandum Nº 100-2008-SGPS/GDS/MSJL de fecha 15/10/2008 de la Sub Gerencia de Programas Sociales, en relacion a la solicitud de declarar en situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica, modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional; Que, el Articulo 39º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala que los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante la aprobacion de ordenanzas y acuerdos, asimismo senala en su Articulo 41º que "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional"; Que, el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, establece que se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente a aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera especial. La indicada situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que, el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, respecto al procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. La adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; Que, la Sub Gerencia de Programas Sociales mediante Memorandum Nº 0100-2008-SGPS-GDS/MDSJL requiere la adquisicion de los insumos para cubrir las raciones de

los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de San MORDAZA de Lurigancho, por el periodo de un ano; Que, mediante Informe Nº 1974-2008-SGA/GAF/MDSJL de fecha 17/10/2008 la Sub Gerencia de Abastecimiento recomienda la declaratoria de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para cubrir las raciones del Programa del Vaso de Leche de San MORDAZA de Lurigancho, segun lo normado en el Articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, dado que la atencion de insumos con el contrato vigente solo alcanzara para cubrir la atencion hasta el 31 de octubre, determinando a simple calculo que el MORDAZA, de iniciarse en la fecha y con la respectiva prepublicacion de las bases, culminaria, en el caso de no existir observaciones elevadas al CONSUCODE, el 20 de noviembre, fecha para la cual ya no se contaria con stock de productos; asimismo senala que el desabastecimiento inminente debera declarase para un periodo de 120 dias calendario pudiendo cortarse el contrato que se suscriba, si en el desarrollo del mismo quedara consentida la buena pro de la licitacion publica que se convocara para la adquisicion regular de los insumos para el periodo de un ano, siendo que la declaratoria de desabastecimiento inminente debera darse por los siguientes productos, cantidades y precios, precisandose que la determinacion de los productos resulta del Acta de Acuerdo del Comite de Administracion desprograma del Vaso de leche de fecha 19/08/2008 y los precios refieren de la cotizacion alcanzada por la empresa NIISA CORPORATION S.A.:
ITEM Descripcion Cantidad U.M MORDAZA Precio Unitario S/. 1.97 Precio Total S/. 2,497,621.16

01

02

Leche Evaporada 1,267,828 Lata Lata de 410 gramos Modificada Hojuela de cereales con soya precocida 171,014.73 Kilo Bolsas de 440 gramos enriquecida con vitaminas y minerales

6.00

1,026,088.38

Total S/. 3,523,709.54

Que, mediante Informe Nº 619-08-GAJ-MDSJL de fecha 17/10/2008 la Gerencia de Asesoria Juridica teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto senala que ante un inminente desabastecimiento, acreditado por la Sub Gerencia de Abastecimiento, corresponde se declare procedente la Declaracion de Situacion de Desabastecimiento Inminente de los insumos leche evaporada modificada y hojuela de cereales con soya precocida enriquecida con vitaminas y minerales, por el plazo de 120 dias calendario o hasta que la buena pro del MORDAZA que corresponda quede consentida, lo que suceda primero, y en consecuencia se exonere del MORDAZA de seleccion correspondiente por el mismo termino, debiendose determinar el organo del MORDAZA de adquisicion por las caracteristicas y los montos que establece el informe tecnico correspondiente e indicarse la fuente de financiamiento con la debida celeridad del caso; Que, la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Gerencia de Planificacion mediante Informe Nº 2512008-SGPP-GP/MDSJL en merito a los lineamientos y normatividad tecnica de ejecucion del Presupuesto y con la finalidad de cumplir con las metas previstas certifica la disponibilidad presupuestal pertinente la misma que se distribuye en la siguiente estructura funcional programatica:

Funcion Programa Sub Programa Actividad Rubro Especifica del Gasto Monto Meta SIAF Periodo

: 05 Proteccion y Prevision Social : 014 Promocion y Asistencia Social y Comunitaria : 0049 Promocion y Asistencia Social : 000588 Programa del Vaso de Leche : 00 Recursos Ordinarios : 5.3.11.24 Alimentos de Personas : S/.3,523,709.54 Nuevos Soles : 0011 : 120 dias calendario

Que, mediante los informes consignados en el visto del presente Acuerdo de Concejo, se cumple con el

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