TEXTO PAGINA: 51
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de octubre de 2008 382561 requisito de sustentar técnica y legalmente la justifi cación de la declaratoria de Desabastecimiento Inminente la adquisición de insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición de los Insumos Alimenticios siguientes: Leche Evaporada Modifi cada y Hojuela de Cereales con Soya Precocida Enriquecida con Vitaminas y Minerales para el Programa del Vaso de Leche del Distrito de San Juan de Lurigancho, por el plazo de ciento veinte (120) días calendario o hasta que la buena pro del proceso que corresponda quede consentida, lo que suceda primero. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Abastecimiento la ejecución del proceso de selección por exoneración, por el período que dure la Situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición de los Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche del Distrito de San Juan de Lurigancho de conformidad a la normatividad vigente, cuyo monto referencial total asciende a la suma de S/. 3,523,709.54 (Tres Millones Quinientos Veintitrés Mil Setecientos Nueve y 54/100 Nuevos Soles), que será fi nanciado con el rubro 00 Recursos Ordinarios, conforme se detalla en el cuadro siguiente: ITEM Descripción Cantidad U.M Pr esentaciónPrecio Unitario S/.Precio Total S/. 01Leche Evaporada Modi fi cada1,267,828 LataLata de 410 gramos1.97 2,497,621.16 02Hojuela de cereales con soya precocida enriquecida con vitaminas y minerales171,014.73 KiloBolsa de 440 gramos6.00 1,026,088.38 Total S/. 3,523,709.54 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situación de desabastecimiento inminente declarada, de conformidad a lo establecido por el Artículo 47º, en concordancia con el Artículo 21º del DS Nº 083-2004-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente Acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, copia del Acuerdo y del Informe Técnico y del Informe Legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 271022-1 Designan integrantes de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores DECRETO DE ALCALDÍA Nº 030 San Juan de Lurigancho, 27 de octubre del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto el Memorándum Nº 766-2008-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 142-08-GDE/MSJL de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 693-2008-SGFyPE-OM-GDE/MDSJL, el Informe Nº 535-08-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el documento con Registro Nº 61998-F1-2008 de la Federación de Mototaxistas de San Juan de Lurigancho, los documentos con Registros Nºs. 59455-F1-2008 y 62060-F1-2008 presentados por la Federación de Transportistas en vehículos Menores de San Juan de Lurigancho, los Informes Nºs. 289 y 298-2008-FSCH-SGFPE-GDE/MDSJL así como el Informe Nº 623-2008-SGFPE-GDE/MDSJL de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial, los Informes Nºs. 142 y 151-2008-GDE/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo Económico y el documento con Registro Nº 44361-D1-2008 del Departamento de Control de Tránsito – SJL de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conformación de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el distrito de San Juan de Lurigancho; CONSIDERANDO:Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, el Artículo IV del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción; Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de la ordenanza, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que, mediante Ordenanza Nº 141 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 29/05/2008 se estableció la conformación de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de San Juan de Lurigancho, integrada por tres (03) Regidores de la Comisión de Desarrollo Urbano, tres (03) Regidores de la Comisión de Servicios Públicos Locales, hasta cuatro (04) representantes de las organizaciones que agrupen cada uno a no menos del 25% del total de las personas jurídicas debidamente reconocidas por la Municipalidad y que se encuentran autorizadas a prestar el servicio de transporte público especial en vehículos menores en el distrito, un (01) representante de la Policía Nacional del Perú, así como tres (03) funcionarios de la Municipalidad, el Gerente de Desarrollo Económico, el Gerente de Asesoría Jurídica, y el Sub Gerente de Control, Operaciones y Sanciones; Estando a lo expuesto, a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 535-08-GAJ/MDSJL, a lo opinado por la Gerencia de Desarrollo Económico según Informe Nº 142-08-GDE/MSJL, y lo dispuesto en el Artículo 20 numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Establecer que los integrantes de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de San Juan de Lurigancho, conformada mediante Ordenanza Nº 141 de fecha 22/05/2008, serán los siguientes: REGIDORES DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO: Regidor David Elías Nestares Silva, Presidente Regidor Víctor Raúl Chuquihuaccha Joyo Regidor Miguel Ángel Medina Matos REGIDORES DE LA COMISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES: Regidor Virgilio Damián Lachos Corrales Regidor Nectario Rivera Arias Regidor Jesús Maldonado Amao. Descargado desde www.elperuano.com.pe