Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2008 (12/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2008

para todas las entidades de la administracion publica, la elaboracion y aprobacion de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­TUPA, a traves de la MORDAZA de mayor jerarquia, que en el ambito municipal es la Ordenanza; De conformidad con lo establecido en los articulos 9° de la Ley Organica de Municipalidades el Concejo POR UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE SEPARACION CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO Articulo 1°.- La presente Ordenanza tiene como finalidad regular la aplicacion de la Ley Nº 29227 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0092008-JUS, que regulan el Procedimiento No Contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Articulo 2°.- Establezcase los siguientes plazos del procedimiento: a) Presentada la solicitud por los conyuges en la Mesa de Partes de la Municipalidad de Carabayllo, cumpliendo con los requisitos establecidos en el articulo 5º de la Ley Nº 29227, el MORDAZA o quien MORDAZA sido delegado por este, verifica el cumplimiento de los mismos, dentro de un plazo de cinco (5) dias habiles; b) Aprobada la solicitud, se fija la fecha, se convoca y realiza la Audiencia Unica en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles; c) De no verificarse la ratificacion en la Audiencia Unica, por ausencia de uno o de ambos conyuges, se convocara a nueva Audiencia en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles; d) Dentro de los cinco (5) dias habiles de realizada la Audiencia Unica, se emitira la Resolucion de Alcaldia de Separacion Convencional; e) Transcurridos dos (2) meses de emitida la Resolucion de Alcaldia de Separacion Convencional, cualquiera de los conyuges puede solicitar la Disolucion del Vinculo Matrimonial; dicha solicitud se resuelve en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles. Articulo 3°.- Apruebese el Procedimiento de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior, contenidos en el Cuadro Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, asi como los derechos siguientes: · Separacion Convencional · Divorcio Ulterior S/. S/. 150.00 (Ciento Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). 80.00 (Ochenta y 00/100 Nuevos Soles).

VISTO: La Ordenanza N° 128-A-MDC de fecha 21 de MORDAZA de 2007, asi como el Decreto de Alcaldia Nº 0122008-A/MDC que establece Beneficios Tributarios dentro de la jurisdiccion del Distrito de Carabayllo; y, CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194° de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 192° de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como para crear, modificar y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 128-AMDC de fecha 21 de MORDAZA de 2007, se otorgo hasta el 31 de Agosto de 2007 EL BENEFICIO TRIBUTARIO QUE ESTABLECE FACILIDADES DE PAGO PARA QUE LOS CONTRIBUYENTES PUEDAN CUMPLIR CON LA REGULARIZACION DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS SUSTANCIALES (IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y MULTAS TRIBUTARIAS POR SUBVALUACION) ANTE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL, la misma que fue ampliada mediante el Decreto de Alcaldia Nº 015-2007-A/MDC de fecha 03 de setiembre de 2007, por el Decreto de Alcaldia Nº 017-2007-A/MDC de fecha 08 de noviembre de 2007, por el Decreto de Alcaldia Nº 003-2008-A/MDC de fecha 24 de marzo de 2008, por el Decreto de Alcaldia Nº 0052008-A/MDC de fecha 01 de MORDAZA de 2008, por el Decreto de Alcaldia Nº 006-2008 de fecha 05 de MORDAZA de 2008, Por el Decreto de Alcaldia Nº 008-2008-A/MDC, de fecha 03 de junio de 2008, por el Decreto de Alcaldia Nº 0102008-A/MDC de fecha 04 de MORDAZA de 2008, por el Decreto de Alcaldia Nº 012-2008-A/MDC de fecha 06 de agosto de 2008; por su parte, la Ordenanza Nº 142 de fecha 12 de febrero de 2008, establece en el articulo 5º las fechas de vencimiento del Impuesto Predial y de los Arbitrios municipales del ejercicio 2008; por lo que es necesario otorgar mayores facilidades a los contribuyentes del Distrito, para que puedan cumplir con sus obligaciones; Estando a lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Municipal N° 128-A-MDC y las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE DECRETA:

Articulo 4º.- Los conyuges son responsables solidarios por la veracidad de la documentacion presentada, y los funcionarios responsables del cumplimiento de los plazos Articulo 5º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia una vez que sea ratificada por la Municipalidad Provincial. Articulo 6º.- ENCARGAR la publicacion de la presente MORDAZA a la Secretaria General. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 249218-1

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 128-A-MDC que aprobo beneficios tributarios a contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2008-A/MDC Carabayllo, 29 de agosto de 2008

Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de setiembre de 2008, la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 128-A-MDC que aprueba BENEFICIOS TRIBUTARIOS QUE ESTABLECEN FACILIDADES DE PAGO PARA QUE LOS CONTRIBUYENTES PUEDAN CUMPLIR CON LA REGULARIZACION DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS SUSTANCIALES (IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y MULTAS TRIBUTARIAS POR SUBVALUACION), ANTE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CARABAYLLO. Articulo Segundo.- PRORROGAR hasta el 30 de setiembre de 2008, el vencimiento del pago de la primera, MORDAZA y tercera cuota en caso de pago fraccionado del Impuesto Predial, asi como el primer, MORDAZA y tercer trimestre de los arbitrios municipales del ejercicio 2008. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Decreto en el diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas y Subgerencia de Informatica. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 249219-1

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