Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2008 (12/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­, Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ y sus modificatorias Leyes N° 27902 y 28013, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Nota Informativa N° 320-2008-GRSMGRPP-AT/SGAT, de fecha 30 de MORDAZA de 2008, el Sub Gerente de Administracion Territorial hace llegar a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial los expedientes concernientes a seis terrenos que requieren la Inmatriculacion de predios ubicados en el Poblado de Anasco Pueblo, Distrito de Saposoa, Provincia de Huallaga, Departamento de San MORDAZA a favor del Estado PeruanoGobierno Regional San MORDAZA, a efectos de continuar con el MORDAZA de Saneamiento Tecnico Legal de predios del Estado ubicados en nuestro departamento. Que, mediante Memorando N° 809-2008-GRSM-GRPPAT, de fecha 31 de MORDAZA de 2008, el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicita se tomen las medidas pertinentes para proceder a la inscripcion en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos ­ MORDAZA Registral Nº III ­ Sede Moyobamba.

Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 38º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA ­ Reglamento de la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ la primera inscripcion de dominio de predios estatales ­ sin perjuicio de lo establecido en normas especiales ­ sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales; Resolucion que debe publicarse en el Diario Oficial "El Peruano" y un extracto en el Diario de mayor circulacion en la Region. Que, estando a los fundamentos expuestos y en uso de las atribuciones y facultades otorgadas por la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes N° 27902 y 28013, y con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Legal, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Primero.- DISPONER la primera inscripcion de dominio a favor del Estado Peruano - Gobierno Regional San MORDAZA, segun la documentacion tecnica que sustenta la presente Resolucion ­ de los siguientes predios:
UBICACION

Nº DENOMINACION

AREA m2

PERIMETRO

DIRECCION MORDAZA Los Originales Jr. La MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chuquibamba Jr. San MORDAZA MORDAZA Porvenir

CENTRO POBLADO DISTRITO PROVINCIA ANASCO PUEBLO ANASCO PUEBLO ANASCO PUEBLO ANASCO PUEBLO ANASCO PUEBLO ANASCO PUEBLO Saposoa Saposoa Saposoa Saposoa Saposoa Saposoa Huallaga Huallaga Huallaga Huallaga Huallaga Huallaga

Dpto. San MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA

01 EPM Nº 18432 Anexo MORDAZA 02 EPM Nº 18432 03 I.E. Nº 18432 Anexo La Morada 04 I.E.I. MORDAZA 05 Oficina de Coordinacion 06 Puesto de Salud MORDAZA

2,000.00 1,800.00 1,800.00 1,800.00 1,800.00 1,800.00

180.00 180.00 180.00 180.00 180.00 180.00

Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº III Sede Moyobamba de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado Peruano - Gobierno Regional San MORDAZA, los terrenos descritos en el articulo precedente en el Registro de Predios de Moyobamba. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y

un extracto en el Diario de mayor circulacion en la Region San Martin. Registrese, comuniquese y archivese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 250439-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Regulan el Procedimiento No Contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en la Municipalidad Distrital de Carabayllo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 158-A/MDC Carabayllo, 25 de Agosto de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITO DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA, Y

CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su articulo 194° modificado por la Ley N° 27680 precisa que tanto los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444 en el articulo 36º senala la legalidad de los procedimientos administrativos, asi como sus costos y requisitos, los mismos que deben ser aprobados mediante la MORDAZA de mayor jerarquia; Que, con fecha 15 de MORDAZA del ano 2008 se promulgo la Ley Nº 29227, que regula el Procedimiento No Contencioso de la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarias; y con fecha 12 de junio del ano 2008 se aprobo el Reglamento de la Ley que regula el Procedimiento No Contencioso de la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en la Municipalidades y Notarias, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS; Que, con la finalidad de actualizar y adecuar los procedimientos relacionados al Procedimiento No Contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior, resulta necesario aprobar la respectiva Ordenanza; Que, el articulo 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 establece la obligatoriedad

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