Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2009 (08/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400557

VISTO y CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional, en aplicacion extensiva de lo establecido en los articulos 219° y 220° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables. Que, asimismo, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el inciso tercero del citado articulo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que "[...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al articulo doscientos treinta y nueve de la Ley Organica del Poder Judicial...]". Que, bajo este contexto, de conformidad con la MORDAZA MORDAZA referida, se desprende que en adelante se denominara como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que MORDAZA eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las caracteristicas de los MORDAZA denominados Jueces Titulares y Provisionales, aun se mantiene en la "Ley de MORDAZA Judicial". Que, no obstante ello, la MORDAZA MORDAZA acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarian en implementacion por parte de los entes encargados de ello; razon por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos organos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la finalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solucion de sus conflictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal; MORDAZA si en el presente caso la magistrada designada es servidora de la Corte y cumple con los requisitos exigidos por Ley. En consecuencia, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MILLONES MORDAZA, Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores, como Juez Provisional del MORDAZA Juzgado Civil de Lima. Articulo Segundo.- REASIGNAR a la doctora MORDAZA ROSMERY MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA EGUSQUIZA MORDAZA Presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 381477-1

Designan jueces provisional del Primer Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia y supernumerarias del Tercer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA del Triunfo
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 459-2009-P-CSJL-PJ MORDAZA, 7 de agosto del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 56225-2009, la senora magistrada, doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Juez Titular del Primer Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, solicita se le conceda hacer uso de su goce fisico vacacional del diez al veinte de agosto de los corrientes; asimismo solicita licencia sin goce de haber del veintiuno de agosto al veintiuno de octubre del ano en curso. Que, a traves del ingreso 55692-2009, el senor magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barba, Juez Titular del MORDAZA Juzgado Penal Especial de MORDAZA, solicita vacaciones del diez al catorce de agosto de los corrientes. Que, de lo MORDAZA estando, la Presidencia de la Corte de MORDAZA, considera atendible lo solicitado por los magistrados MORDAZA referidos, toda vez, que el goce fisico vacacional constituye un derecho laboral amparado por nuestra MORDAZA normarum; en tal sentido, se debera proceder a la designacion de los Magistrados que se MORDAZA cargo de los mencionados organos jurisdiccionales. Que, asimismo, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el inciso tercero del citado articulo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que "[...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al articulo doscientos treinta y nueve de la Ley Organica del Poder Judicial...]". Que, bajo este contexto, de conformidad con la MORDAZA MORDAZA referida, se desprende que en adelante se denominara como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que MORDAZA eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las caracteristicas de los MORDAZA denominados Jueces Titulares y Provisionales, aun se mantiene en la "Ley de MORDAZA Judicial". Que, no obstante ello, la MORDAZA MORDAZA acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarian en implementacion por parte de los entes encargados de ello; razon por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos organos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la finalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solucion de sus conflictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal; MORDAZA si en el presente caso la magistrada designada es servidora de la Corte y cumple con los requisitos exigidos por Ley. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales

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