Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2009 (21/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES
(Anexo Nº 4)

401301

PROCEDIMIENTO PARA EL SUBSIDIO DE LOS GASTOS POR SEPELIO Nº Paso Descripcion La persona designada o acreditada a falta del primero (que demuestre haber realizado los gastos del sepelio), presenta la Solicitud del subsidio de gastos por sepelio ante la Oficina/Unidad de Seguros o la que haga sus veces en el Establecimiento de Salud donde fallecio el inscrito o asegurado SIS del componente subsidiado o semisubsidiado. Para asegurados fallecidos fuera de un Establecimiento de Salud, la presentara en el Establecimiento de la jurisdiccion donde ocurrio el fallecimiento, o en el establecimiento de salud donde Oficina/Unidad se afilio el fallecido. de Seguros del EE.SS Para adultos inscritos en EE.SS. del nivel III que fallecen, el EE.SS. incluira una MORDAZA de visita domiciliaria en el que consigne el DNI del fallecido. Debe adjuntar los documentos establecidos en los numerales 6.1.1, 6.1.2 de la presente directiva, segun corresponda. Plazo: Dentro de los 60 dias calendario contados desde la fecha del fallecimiento, vencido dicho plazo se pierde el derecho sin lugar a reclamo El EE.SS. adjunta MORDAZA del Formato de Atencion al expediente, verifica el mismo y digita en el aplicativo del SIS, via web o en el punto de digitacion y lo Oficina/Unidad remite a la ODSIS de su jurisdiccion. de Seguros del EE.SS Plazo: Dentro del plazo de quince (15) dias calendario posteriores a la recepcion de la solicitud. La ODSIS llena la Hoja de Control, verifica y aprueba el expediente en el aplicativo informatico del SIS, para luego enviar a la Gerencia de Financiamiento la informacion a traves del aplicativo del SIS y el informe oficial respectivo. Plazo: En el plazo establecido para el corte administrativo mensual para el reporte de las prestaciones. La Gerencia de Financiamiento autoriza el pago por la fuente de financiamiento 00: Recursos Ordinarios, para el componente subsidiado y 09: Recursos Directamente Recaudados para el componente semisubsidiado y lo deriva a la Oficina de Administracion para su ejecucion y formalizacion de pago. Plazo: La autorizacion de pago sera de acuerdo al plazo establecido para el corte administrativo mensual para el reporte de los expedientes de las ODSIS y la disponibilidad presupuestal. La Oficina de Administracion a traves de los sistemas administrativos formaliza la operacion bancaria para el pago a traves de la red de agencias y sucursales del Banco de la Nacion a nivel nacional y/u otra entidad bancaria autorizada por el SIS. El Banco de la Nacion paga a la persona solicitante del subsidio a la MORDAZA de su DNI. Responsable

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Declaran no ha lugar la solicitud de nulidad efectuada por Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. contra la Res. Nº 101-2009-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 151-2009-OS/CD MORDAZA, 20 de agosto de 2009 Que, con fecha 18 de junio de 2009, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante "OSINERGMIN") publico la Resolucion de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 101-2009-OS/CD (en adelante la "RESOLUCION") contra la cual la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. (en adelante "ETECEN"), dentro del termino de ley, presento recurso de reconsideracion, siendo materia del presente acto administrativo el analisis y decision de dicho recurso impugnativo. 1.- ANTECEDENTES Que, ETECEN presento a OSINERGMIN una solicitud de solucion de controversia contra las empresas Electro Sur Medio S.A.A (en adelante "ESM") y Electroperu S.A., a efectos que se le pague desde febrero de 1994 hasta agosto 2002, por el uso de las Celdas de Salida de las lineas de transmision L-603, L-604 y L-605 de la subestacion Independencia, L-623 y L-624 de la subestacion Ica, y L-630 de la subestacion Marcona; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 0122008-OS/CC-45, el Cuerpo Colegiado Ad hoc declaro fundada en parte la pretension de ETECEN y ordeno a ESM pagar a la reclamante las compensaciones por el uso en el periodo febrero 1994 - agosto 2002, de las Celdas de Salida de las lineas L-603 y L-605 de la subestacion Independencia, L-623 y L-624 de la subestacion Ica, L-630 de la subestacion Marcona y por la parte que le corresponde por el uso de la Celda de Salida de la linea L-604 de la subestacion Independencia (en adelante "Celdas Controvertidas"). Asimismo, dispuso la citada resolucion, la remision del expediente a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN (en adelante "GART"), a fin que se determinen las compensaciones que correspondan segun lo dispuesto en dicha resolucion y en el MORDAZA legal aplicable; Que, lo expuesto en el considerando anterior fue confirmado por el Tribunal de Solucion de Controversias con la Resolucion 009-2009-TSC/39-2008-OSINERGMIN, requiriendose ademas la determinacion de las correspondientes compensaciones; Que, cumpliendo con lo dispuesto en la Resolucion del Tribunal de Solucion de Controversias y el Cuerpo Colegiado pertinente, la GART calculo las compensaciones que ESM debia pagar a ETECEN, por el uso de las Celdas Controvertidas, por el periodo febrero 1994 ­ marzo 2002, disponiendose la prepublicacion de dichas compensaciones mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 052-2009-OS/CD, publicada el 03 de MORDAZA de 2009, concediendose un plazo de 15 dias calendario para la MORDAZA de opiniones y sugerencias; Que, luego de recibidos los comentarios y sugerencias a la prepublicacion y analizados los mismos, el 18 de junio de 2009 se publico en el Diario Oficial El Peruano la RESOLUCION, mediante la cual se fijo la compensacion que ESM debe pagar a ETECEN por el uso de las Celdas Controvertidas;

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ODSIS

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Gerencia de Financiamiento

5

Oficina de Administracion (Contabilidad/ Tesoreria) Banco de la Nacion

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386378-1

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