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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de agosto de 2009 401315 CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones Administrativas de vistos, se le concede licencia con goce de haber a los señores doctores Héctor Enrique Lama More y Jesús Manuel Soller Rodríguez, Jueces Superiores Titulares de la Corte Superior de Justicia de Lima, por el periodo comprendido entre el 25 al 28 de agosto del presente año, para que participen en el III Encuentro de Magistrados Iberoamericanos por la Especialización Judicial Comercial, que se llevará a cabo en la ciudad de Toluca en México. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, la Presidencia de esta Corte Superior, considera menester proceder al nombramiento del Magistrado que completara el Colegiado de la Primera y Segunda Sala Civil con sub Especialidad Comercial de Lima, estando a la licencia de los doctores Lama More y Soller Rodríguez. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial...)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de éste Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la fi nalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora ROSE MARY PARRA RIVERA, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil con sub Especialidad Comercial de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Primera Sala Civil con sub Especialidad Comercial de Lima, mientras dure el periodo de licencia del doctor Soller Rodríguez, a partir del 25 al 28 de agosto del presente año, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera: Primera Sala de Civil con Sub Especialidad Comercial: Dra. María Leticia Niño Neira Ramos Presidente Dra. Lucía María La Rosa Guillen (T) Dra. Rose Mary Parra Rivera (P) Artículo Segundo.- DESIGNAR el doctor LUIS MIGUEL GAMERO VILDOSO, Juez Titular del Tercer Juzgado Civil con sub Especialidad Comercial de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Civil con sub Especialidad Comercial de Lima, mientras dure el periodo de licencia del doctor Lama More, a partir del 25 al 28 de agosto del presente año, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera: Segunda Sala de Civil con Sub Especialidad Comercial: Dr. Juan Manuel Rossell Mercado Presidente Dr. Rolando Afonzo Martel Chang (P) Dr. Luis Miguel Gamero Vildoso (P) Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. OTTO EDUARDO EGUSQUIZA ROCA Presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de Lima 386808-1 Disponen permanencia de magistrada como Juez Supernumeraria del Juzgado Mixto de Lurín CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 507-2009-P-CSJLI/PJ Lima, 12 de agosto del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el Ingreso 60977-09, el doctor Jorge Elías Cabrejo Ríos, Juez Titular del Juzgado Mixto de Lurín, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de salud, por los días 12 y 13 de agosto del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a la designación del Magistrado que se hará cargo del Juzgado Mixto de Lurín, estando a la licencia por motivo de salud del doctor Cabrejo Ríos. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial...)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante