Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (28/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de agosto de 2009 401632 destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016- 2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a PESCATLANTICO S.A. por Resolución Ministerial Nº 023-95-PE modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 270-98-PE para operar la embarcación pesquera “ATLANTICO I”, la Resolución Ministerial Nº 474-97-PE modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 270-98-PE para operar la embarcación pesquera “ATLANTICO II”, la Resolución Ministerial Nº 459- 97-PE modifi cado por la Resolución Directoral Nº 197-98- PE/DNE para operar la embarcación pesquera “ATLANTICO III” y la Resolución Ministerial Nº 594-97-PE modifi cado por la Resolución Directoral Nº 246-2002-PE/DNEPP para operar la embarcación pesquera “ATLANTICO IV”. Artículo 5º.- Incorporar a PESQUERA CANTABRIA S.A., como nuevo titular del permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras “ATLANTICO I” de matrícula Nº CO-5300-PM, “ATLANTICO II” de matrícula Nº CO-9905-PM “ATLANTICO III” de matrícula Nº CO-13060-PM y “ATLANTICO IV” de matrícula Nº CO-10499-PM, así como la presente Resolución al Anexo correspondiente de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, excluyendo a PESCATLANTICO S.A., la Resolución Ministerial Nº 270-98-PE, la Resolución Directoral Nº 197-98-PE/DNE y la Resolución Directoral Nº 246-2002-PE/DNEPP, consignados en dichos Anexos. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 389356-15 RELACIONES EXTERIORES Delegan facultades para la suscripción de Acuerdo entre Suiza y Perú relativo al Programa de “Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa en el Perú - APOMIPE” Fase II RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 284-2009-RE Lima, 27 de agosto de 2009 Visto la Hoja de Trámite (GAC) Nº 3803 de 22 de julio de 2009 del Gabinete de Coordinación del Viceministro de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación COSUDE y La República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al Programa de “Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa en el Perú - APOMIPE” Fase II - 7F-80024.03. Vigencia del 1 de setiembre de 2008 al 31 de diciembre de 2011; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 30 de abril de 2009, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la persona del señor licenciado Carlos Marino Hely Pando Sánchez, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), las facultades sufi cientes para que suscriba el Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación COSUDE y La República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al Programa de “Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa en el Perú - APOMIPE” Fase II - 7F-80024.03. Vigencia del 1 de setiembre de 2008 al 31 de diciembre de 2011. Artículo 2°.- Extender los Plenos Poderes correspondientes a la persona del señor licenciado Carlos Marino Hely Pando Sánchez, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) . Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 390045-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 241-2009-TR Mediante Ofi cio Nº 2979-2009-MTPE/4, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 241-2009-TR, publicada en la edición del día 24 de agosto de 2009. DICE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al abogado RUBÉN LENIN GALINDO PERALTA, Supervisor del Programa Sectorial I Nivel (F-1) de la Ofi cina de Normalización y Procedimientos Laborales de la Dirección de Promoción del Empleo de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima - Callao, en el cargo de Asesor II (F-5) de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. DEBE DECIR: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al abogado RUBÉN LENIN GALINDO PERALTA, Supervisor del Programa Sectorial I (F-1) de la División de Negociaciones Colectivas y Registros Generales de la Dirección de Trabajo y Promoción del Empleo del Callao de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima - Callao, en el cargo de Asesor II (F-5) de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. DICE: Artículo 2º.- Reservar la plaza de Supervisor de Programa Sectorial I Nivel (F-1) de la Ofi cina de Normalización y Procedimientos Laborales de la Dirección de Promoción del Empleo de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima – Callao, mientras dure la presente designación. DEBE DECIR: Artículo 2º.- Reservar la plaza de Supervisor del Programa Sectorial I (F-1) de la División de Negociaciones Colectivas y Registros Generales de la Dirección de Trabajo y Promoción del Empleo del Callao de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima - Callao, mientras dure la presente designación. 389934-1