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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de diciembre de 2009 407409 • Un representante del Organismo Público Sierra Exportadora, Sede Descentralizada de Huancavelica. • Un representante del Centro de Innovación Tecnología Textil Camélidos Huancavelica. • Un representante de la Asociación de Artesanos textil “La Vicuñita”. • Un presentante de la asociación de Productores y Comercialización de Artesanía de la Región Huancavelica “APCARHUA”. • Un representante de la Asociación Distrital Chirapa Yauli - Huancavelica. • Un representante del Centro de Innovación Apu Wamanrazu SRLtda. • Un representante de la Empresa Pacha SRLtda Artículo Segundo.- FINALIDAD Las disposiciones de la presente Ordenanza Regional son de orden público e interés social; y tiene por objeto regular y promover la actividad artesanal en el Departamento de Huancavelica; así como facilitar la operación, organización y coordinación de las unidades de producción artesanal, a fi n de lograr su rescate, desarrollo, preservación y mejoramiento para la comercialización y protección de la artesanía; así como de las tradiciones y cultura Huancavelicana en general. Artículo Tercero.- La Gerencia Regional de Desarrollo Económico, es responsable de la constitución e implementación del Consejo Regional de Fomento Artesanal de Huancavelica - COREFARH, en un plazo no mayor de sesenta (60) días naturales a partir del día siguiente de publicación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- Facultar a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico para que en coordinación con las instancias administrativas correspondientes y los representantes antes mencionados, procedan a elaborar el Reglamento de Organización y Funciones del COREFARH, en un plazo de 30 días posteriores a la publicación de la presente Ordenanza Regional, la misma que será aprobada mediante Decreto Regional y se dará cuenta al Consejo Regional de Huancavelica. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Huancavelica la implementación y monitoreo de la presente Ordenanza Regional así como la elaboración de una propuesta de lineamientos de política del Gobierno Regional con la fi nalidad de darle las facilidades para el desempeño de las funciones establecidas en la presente norma al Consejo Regional de Fomento Artesanal de Huancavelica - COREFARH. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los veintisiete días del mes de octubre del dos mil nueve. ABEL YANCE ORTIZ. Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil nueve. L. FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente Regional 431694-1 GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Aprueban “Directiva de Gestión Administrativa del Gobierno Regional de Junín” RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 516-2009-GRJ/PR Huancayo, 29 de octubre de 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 095-2009-GRJ/ CR, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 21 de junio de 2009, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Junín; Que, la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Junín, establece la formulación de la Directiva de Gestión Administrativa del Gobierno Regional Junín que será aprobada por la Presidencia Regional, en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 369-2009-GRJ/PR de fecha 10 de agosto de 2009, se conformó la Comisión para la Reestructuración Orgánica y Reorganización Administrativa del Gobierno Regional Junín; Que, con fecha 11 de agosto de 2009, se instaló la referida Comisión y con fecha 17 de agosto de 2009, se aprobó el Plan de Trabajo y se designa a los integrantes de los Equipos de Trabajo (Sub Comisiones) para la elaboración de los documentos de gestión siguientes: i) Directiva de Gestión; ii) Cuadro de Asignación de Personal (CAP); iii) Presupuesto Analítico de Personal (PAP); iv) Manual de Organización y Funciones (MOF); y, v) Manual de Procedimiento Administrativo General (MAPRO); Que, con fecha 5 de octubre del 2009, la Comisión para la Reestructuración Orgánica y Reorganización Administrativa del Gobierno Regional Junín aprobó el proyecto de la Directiva de Gestión del Gobierno Regional Junín, elevándolo a la Presidencia Regional para su aprobación mediante acto administrativo; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la Directiva de Gestión Administrativa del Gobierno Regional de Junín, conforme a la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Junín, aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 095-2009-GRJ/CR; Con la visación del Gerente Regional de Planifi cación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, del Director Regional de Administración y Finanzas, Director Regional de Asesoría Jurídica y Gerente General Regional; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el literal d) del artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 008- 2009-GR/JUNIN, “Directiva de Gestión Administrativa del Gobierno Regional de Junín”, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DEJAR, sin efecto a partir de la fecha todas las Resoluciones que se opongan a la presente. Artículo Tercero .- DISPONER la publicación de la Directiva Nº 008-2009-GR/JUNIN en el Portal Web del Gobierno Regional de Junín (www.regionjunin.gob.pe) Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO Presidente 432066-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad ORDENANZA N° 107-2009/MDSB San Bartolo, 28 de noviembre de 2009