Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2009 (08/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, martes 8 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
En Nuevos Soles

407467

EGRESOS:

TOTAL EGRESOS

-------------------28 155 520,00 ============

de Derechos Arancelarios, el cual ha sido posteriormente modificado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2009-EF se modifico hasta el 31 de diciembre de 2009, la tasa de restitucion a la que se refiere el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 104-95-EF, de 5% a 8% con el proposito de otorgar un mayor incentivo a las empresas productorasexportadoras, las cuales enfrentaban condiciones adversas en los mercados externos generadas por la crisis internacional; Que, de acuerdo a la evaluacion realizada, es conveniente establecer un cronograma de modificacion de la tasa de restitucion a que se refiere el considerando anterior, que considere la evolucion de las condiciones que motivaron esta modificacion; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA:

2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Credito Suplementario, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas partidas de ingresos, componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1° del presente dispositivo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

La tasa de restitucion a la que se refiere el primer parrafo del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 104-95-EF y modificatorias sera la siguiente: - Para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2010: 8%. - Para el periodo comprendido entre el 1 de MORDAZA y el 31 de diciembre de 2010: 6.5%. Las demas disposiciones a las que se refiere el Decreto Supremo Nº 104-95-EF y modificatorias se mantienen vigentes. El presente decreto supremo entrara en vigencia a partir del 1 de enero del 2010. A partir del 1 de enero de 2011, la tasa de restitucion a la que se refiere el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 10495-EF y modificatorias volvera a ser 5%. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

Modifican R.S. N° 079-2009-EF , referente a la conformacion del Consejo Directivo de PROINVERSION

Modifican el Reglamento de Procedimiento de Restitucion Simplificado de Derechos Arancelarios

MORDAZA, 7 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2009EF, publicado el 19 de febrero de 2009, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 6° del citado Reglamento, el Consejo Directivo es el organo MORDAZA de PROINVERSION, el cual se encuentra integrado por un minimo de tres y un MORDAZA de cinco Ministros de Estado designados por Resolucion Suprema

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 104-95-EF aprobo el Reglamento de Procedimiento de Restitucion Simplificado

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