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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (08/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES (O3HUXDQR Lima, martes 8 de diciembre de 2009 407465 64.2 de su artículo 64º que para efecto de las acciones orientadas al cierre del Presupuesto del Sector Público, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y a propuesta de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, se autorizan durante el mes de diciembre, las modifi caciones presupuestarias necesarias, con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, con el objeto de conciliar y completar los registros presupuestarios de ingresos y gastos efectuados durante el año fi scal; Que, en este sentido, es necesario adoptar medidas de carácter presupuestal que permitan el cierre adecuado del presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, en el marco de lo dispuesto en el numeral 64.2 de su artículo 64º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el numeral 64.2 de su artículo 64º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: $UWtFXORž2EMHWR La presente norma tiene por objeto establecer disposiciones orientadas a permitir el cierre del presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, en el Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y los Gobiernos Regionales, en lo que respecta a las Unidades Ejecutoras correspondientes al Sector Salud de los citados Gobiernos; así como las Municipalidades Distritales de Los Olivos, Mirafl ores, Surquillo y La Molina, comprendidas en el Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa. $UWtFXORž$XWRUL]DFLyQ Autorízase a los pliegos Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Salud, y Seguro Integral de Salud, a realizar, en el marco de lo dispuesto en el numeral 64.2 de su artículo 64º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con el objeto de que fi nancien, exclusivamente, la prestación de las actividades sanitarias a su cargo y, en el caso del Seguro Integral de Salud, el pago de las prestaciones en los establecimientos de salud a cargo de los Gobiernos Regionales que a la fecha no han sido atendidas, conforme a lo siguiente: a) En el pliego Ministerio de Salud hasta por la suma de DOCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 000 000,00), con cargo a la Partida de Gasto 2.1.1 “Retribuciones y Complementos”, hasta por la suma de NUEVE MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 200 000,00), y la Partida de Gasto 2.2.1 “Pensiones”, hasta por la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 800 000,00), destinando dichos recursos a la Partida de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”. b) En el pliego Instituto Nacional de Salud hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500 000,00), con cargo a la Partida de Gasto 2.1.1 “Retribuciones y Complementos”, destinando dichos recursos a la Partida de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”. c) En el pliego Seguro Integral de Salud hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500 000,00), con cargo a la Partida de Gasto 2.1.1 “Retribuciones y Complementos”, destinando dichos recursos a la Partida de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias”. $UWtFXORž7UDQVIHUHQFLDGH3DUWLGDV Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 873 811,00), a favor de los Gobiernos Regionales detallados en el Anexo I que forma parte de la presente norma, con el objeto de fi nanciar el pago de planillas de remuneraciones del personal activo de las Unidades Ejecutoras correspondientes al Sector Salud de los Gobiernos Regionales, de conformidad con el siguiente detalle: DE LA:    En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 0LQLVWHULRGH6DOXG FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 5HFXUVRV 2UGLQDULRV 5 GASTO CORRIENTE  3HUVRQDO\2EOLJDFLRQHV6RFLDOHV       BBBBBBBBBBBB TOTAL EGRESOS 9 873 811,00 ============ A LA:    En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : *RELHUQRV5HJLRQDOHV FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 5HFXUVRV 2UGLQDULRV GASTO CORRIENTE  3HUVRQDO\2EOLJDFLRQHV6RFLDOHV       BBBBBBBBBBBBB TOTAL EGRESOS 9 873 811,00 ============ $UWtFXORž7UDQVIHUHQFLDGH3DUWLGDV Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 637 242,00), a favor de las Municipalidades Distritales de Los Olivos, Mirafl ores, Surquillo y La Molina, comprendidas en el Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, para fi nanciar, exclusivamente, los gastos de remuneraciones de los trabajadores de las Instituciones Educativas Públicas a cargo de las citadas Municipalidades Distritales, de conformidad con el siguiente detalle y al Anexo II que forma parte de la presente norma: DE LA:    En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 0LQLVWHULRGH(GXFDFLyQ FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 5HFXUVRV 2UGLQDULRV 6 GASTO CORRIENTE  3HUVRQDO\2EOLJDFLRQHV6RFLDOHV       BBBBBBBBBBBB TOTAL EGRESOS 2 637 242,00 ============ A LA:    En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : *RELHUQRV/RFDOHV FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 5HFXUVRV 2UGLQDULRV GASTO CORRIENTE  3HUVRQDO\2EOLJDFLRQHV6RFLDOHV       BBBBBBBBBBBBB TOTAL EGRESOS 2 637 242,00 ============ $UWtFXORž3URFHGLPLHQWRSDUDOD $SUREDFLyQ ,QVWLWXFLRQDO 5.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los artículos 3º y 4º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 5.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en (los) Pliego(s) involucrados, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida.