Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2009 (19/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de diciembre de 2009

de Bienes Estatales, excepcionalmente, a solicitud de la entidad previo informe sustentatorio, la SBN procedera a aprobar la desafectacion de los predios de dominio publico; Que, de acuerdo a la inspeccion tecnica de fecha 25 de febrero de 2009, efectuada por personal de esta Superintendencia, se ha verificado que una parte del predio se encuentra utilizado como patio de maniobras y estacionamiento de vehiculos de transporte publico de la Empresa de Transporte "Express MORDAZA S.A."; asimismo, han implementado una area para la lubricacion y reparacion de llantas de dicha empresa y para el publico de la MORDAZA, en esta area se encuentra un puesto con muros de ladrillo y material liviano desmontable, por lo que podemos concluir que no cumple un uso publico o se encuentra destinado al servicio publico; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal l) del articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado mediante Resolucion N° 315-2001/ SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente; Que, estando a los fundamentos senalados en el Informe Tecnico Legal N° 0681-2009/SBN-GO-JAD de fecha 17 de diciembre de 2009, corresponde declarar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio MORDAZA descrito; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29151 y su reglamento Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Resolucion Nº 315-2001/SBN y Resolucion N° 066-2009/ SBN; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio de propiedad del Estado de 364.58 m², ubicado en el Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA, Sub Lote 1, Grupo Residencial 1, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P03274430 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP N° 17043, correspondiente al departamento de MORDAZA, a fin que se incorpore al dominio privado del Estado. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion procedera a inscribir lo resuelto en el Articulo primero y segundo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones 436890-2

El Memorando GFM-612-2009, mediante el cual la Gerencia de Fiscalizacion Minera solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, modificar la Resolucion Nº 1852008-OS/CD, para incorporar el Rubro 13 sobre el incumplimiento de las recomendaciones, en la forma, modo y/o plazo establecido por los supervisores; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el articulo 13º de la Ley Nº 28964, para fines de la supervision y fiscalizacion de la actividad minera, el Consejo Directivo de OSINERGMIN esta facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, asi como para aprobar la escala de multas y sanciones. Que el articulo 31º del Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, senala que la funcion supervisora permite a OSINERGMIN verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, tecnicas y aquellas derivadas de los contratos de concesion, por parte de las entidades y demas empresas o personas que realizan actividades sujetas a su competencia. Asimismo, la funcion supervisora permite verificar el cumplimiento de cualquier mandato o resolucion emitida por el propio OSINERGMIN o de cualquier otra obligacion que se encuentre a cargo de la entidad supervisada. Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 185-2008-OS-CD se aprobo la Tipificacion de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN aplicable a las actividades supervision y fiscalizacion minera, y establece como ilicito administrativo sancionable, entre otros, el incumplimiento de las medidas complementarias, correctivas, preventivas o mandatos dispuestos por OSINERGMIN en el ejercicio de sus facultades supervisoras y fiscalizadora. Que, el Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-EM, senala en el inciso p) del articulo 24º que es obligacion del titular minero cumplir en los plazos senalados las observaciones y recomendaciones realizadas como resultado de la fiscalizacion. Que, por su parte, el Decreto Supremo Nº 0492001-EM, dispuso en su Primera Disposicion Final que en el "Libro de Proteccion y Conservacion del Ambiente" se registraran las recomendaciones que resultan de las inspecciones realizadas en las acciones de fiscalizacion. Que, el inciso m) del articulo 23º del Reglamento de Supervision de las Actividades Energeticas y Mineras del OSINERGMIN, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 205-2009-OS/CD, establece que los supervisores deberan anotar en los libros de seguridad e higiene minera y de proteccion y conservacion del ambiente, los hallazgos y recomendaciones, con indicacion del plazo y el nombre del responsable de su cumplimiento, de acuerdo con las normas vigentes. Que, el incumplimiento de recomendaciones realizadas por los supervisores durante la supervision, configura un ilicito administrativo sancionable conforme a lo dispuesto en los numerales 2.1 y 3.1 de la Resolucion Ministerial Nº 353-2000-EM/VMM, que Aprueban la escala de multas y penalidades a aplicarse por incumplimiento de disposiciones del TUO de la Ley General de Mineria y sus normas reglamentarias. Que, en consecuencia, resulta necesario modificar la Resolucion de Consejo Directivo Nº 185-2008-OS/CD, e incorporar el Rubro 13, sobre incumplimiento de las recomendaciones efectuadas en ejercicio de la funcion supervisora de OSINERGMIN. Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y la Oficina de Estudios Economicos. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion de Consejo Directivo Nº 185-2008-OS/CD, que aprueba la Tipificacion de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN aplicable para la supervision y

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican la Res. Nº 185-2008-OS/ CD que aprobo la Tipificacion de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 257-2009-OS/CD MORDAZA, 14 de diciembre de 2009

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