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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (19/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de diciembre de 2009 408251 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Convenio de Financiación entre la Comunidad Europea y la República del Perú - Modernización del Estado y buena gobernanza: MEF (AAP 2007) Mejora de los Instrumentos de Planificación, Programación, Seguimiento y Control de la calidad del gasto y la Inversión Pública DECRETO SUPREMO Nº 104-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Convenio de Financiación entre la Comunidad Europea y la República del Perú - Modernización del Estado y buena gobernanza: MEF (AAP 2007) Mejora de los Instrumentos de Planifi cación, Programación, Seguimiento y Control de la calidad del gasto y la Inversión Pública, fue suscrito el 26 de noviembre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Financiación entre la Comunidad Europea y la República del Perú - Modernización del Estado y buena gobernanza: MEF (AAP 2007) Mejora de los Instrumentos de Planifi cación, Programación, Seguimiento y Control de la calidad del gasto y la Inversión Pública, suscrito el 26 de noviembre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 437705-4 Ratifican el Addendum Nº 2 al Convenio de Financiación Específico entre la Comunidad Europea y la República del Perú “Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú - JUSPER” DECRETO SUPREMO Nº 105-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, Addendum Nº 2 al Convenio de Financiación Específi co entre la Comunidad Europea y la República del Perú “Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú - JUSPER”, fue suscrito el 19 de diciembre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Addendum Nº 2 al Convenio de Financiación Específi co entre la Comunidad Europea y la República del Perú “Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú - JUSPER”, suscrito el 19 de diciembre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 437705-5 Ratifican la Enmienda Once al “Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Gestión Fortalecida del Medio Ambiente para atender Problemas Prioritarios” DECRETO SUPREMO Nº 106-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda Once al “Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Gestión Fortalecida del Medio Ambiente para atender Problemas Prioritarios”, USAID Nº 527-0407, fue suscrita el 26 de septiembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Enmienda Once al “Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Gestión Fortalecida del Medio Ambiente para atender Problemas Prioritarios”, USAID Nº 527- 0407, suscrita el 26 de septiembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República.