Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2009 (25/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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establecieron los procedimientos para el saneamiento de la titulacion y de unidades inmobiliarias en las que coexisten bienes de propiedad exclusiva y de propiedad comun, tales como departamentos en edificios, quintas, MORDAZA en copropiedad, centros y galerias comerciales o MORDAZA feriales, otras unidades inmobiliarias con bienes comunes y construcciones de inmuebles de propiedad exclusiva, asi como el procedimiento para la tramitacion de la declaratoria de fabrica y el regimen legal de las unidades inmobiliarias que comprenden bienes de propiedad exclusiva y de propiedad comun; Que, el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Regularizacion de Edificaciones, del procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun, aprobado por D.S Nº 035-2006-VIVIENDA establece que el INDECI es una de las entidades rectoras que puede acreditar Verificadores Ad Hoc - VAH, para cautelar la seguridad de las edificaciones de mas de cinco pisos, los centros y galerias comerciales, los MORDAZA feriales, los establecimientos de hospedaje, los edificios de concentracion masiva de publico, asi como designar Delegados Ad Hoc - DAH para la calificacion de proyectos en los que, por mandato de la Ley o caracteristicas especiales del proyecto, se requiera la opinion de entidades rectoras; Que, la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, cuyo Reglamento ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008VIVIENDA, ha derogado el Titulo II de la Ley Nº 27157, regulando en dicha Ley las modalidades de aprobacion para la obtencion de la Licencia de Edificacion, habiendo incorporado el procedimiento de aprobacion de la Licencia para Habilitaciones Urbanas, entre otros aspectos, manteniendo la intervencion de los Delegados Ad Hoc con las modificaciones correspondientes; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 12.3 del articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 29090, Ley de regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, el INDECI debe elaborar la relacion de profesionales que actuaran como Delegados Ad Hoc, respecto de lo cual se considera necesario en el MORDAZA de la Ley de Acceso y Transparencia a la Informacion Publica, que la poblacion en general cuente con la informacion tanto de los Delegados, como de los Verificadores Ad Hoc del INDECI, correspondiendo por dicho motivo crear un Padron Virtual, al que se pueda acceder mediante la pagina web del INDECI; Que, a la fecha no existen normas en el INDECI que regulen el procedimiento de seleccion, registro y acreditacion de sus Verificadores y Delegados Ad Hoc asi como las obligaciones de estos frente a la institucion; Con las visaciones de la Sub Jefatura, Oficina de Asesoria Juridica y Direccion Nacional de Prevencion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, Decreto Ley N° 19338 y sus normas modificatorias y ampliatorias; en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 0132009-INDECI "Directiva de Seleccion, Acreditacion, Inscripcion, Designacion y Obligaciones de los Delegados y Verificadores Ad Hoc del INDECI" y sus 19 (diecinueve) anexos, los que estaran a disposicion de los administrados en la Pagina Web del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI (www.indeci.gob.pe), y que son los siguientes: 1. Formato de solicitud de aspirantes al MORDAZA de seleccion de DAH y/o VAH. 2. Cuadro de postulantes al MORDAZA de seleccion de DAH y/o VAH o DAH para el caso de Habilitaciones Urbanas. 3. Cuadro de meritos de los postulantes a las vacantes para DAH y VAH o DAH para el caso de Habilitaciones Urbanas. 4. Condiciones para la prestacion del servicio del DAH. 5. Condiciones para la prestacion del servicio del VAH.

6. Oficio modelo para la comunicacion de la designacion DAH. 7. Contenido del expediente para la revision del DAH 8. Cuadro resumen de DAH. 9. Cuadro Delegaturas realizadas. 10. Requerimiento de pago de los DAH y VAH. 11. Acta de conformidad de pago. 12. Solicitud de informe tecnico de VAH. 13. Requisitos para la Verificacion ad hoc. 14. Cuadro avance VAH. 15. Acta de entrega del expediente de VAH. 16. Acta de diligencia de VAH. 17. Cuadro desempeno del DAH. 18. Cuadro desempeno del VAH. Articulo Segundo.- DISPONER la apertura del "Padron Virtual de Delegados y Verificadores Ad Hoc del INDECI", cuya administracion se encontrara a cargo de la Unidad de Inspecciones Tecnicas de Seguridad de la Direccion Nacional de Prevencion, para cuyo efecto debera efectuar y mantener coordinacion con la Oficina de Estadistica y Telematica. Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria General e Imagen Institucional en coordinacion con la Oficina de Estadistica y Telematica, publique la presente Resolucion Jefatural en la Pagina Web del INDECI (www.indeci. gob.pe), asi como la Directiva y Anexos aprobados en el articulo primero. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la difusion de la presente Resolucion, para conocimiento y cumplimiento de los organos componentes de Sistema Nacional de Defensa Civil, asi como las coordinaciones necesarias para su publicacion en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) en cumplimiento de la Ley Nº 29091 y su Reglamento. Articulo Quinto.- DISPONER que la Secretaria General e Imagen Institucional ingrese la presente Resolucion en el Archivo General Institucional y remita MORDAZA autenticada a la Direccion Nacional de Prevencion y Oficina de Asesoria Juridica, asi como via electronica a todas las Direcciones Regionales del INDECI, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 438915-1

ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aclaran que en aquellas Actas Registrales de Nacimiento, Matrimonio o Defuncion que registren "Ihuayllo", este debe ser entendido como referido al distrito de Huayllo, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 858-2009/JNAC/RENIEC MORDAZA, 21 de diciembre de 2009 VISTOS: El Oficio Nº 002172-2009/GRC/ RENIEC (29OCT2009) de la Gerencia de Registros Civiles, el Informe N°000100-2009/GRC/RENIEC (29OCT2009), de la Gerencia de Registros Civiles, el Oficio N°001668-2009/GI/RENIEC (19OCT2009) de la Gerencia de Informatica y, el Informe N°00014452009/GAJ/RENIEC (19NOV2009) de la Gerencia de Asesoria Juridica; y,

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