Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2009 (25/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de diciembre de 2009

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Conceden plazo a propietarios de predios ubicados en el Centro Poblado MORDAZA MORDAZA de Huachipa para presentar Declaracion Jurada masiva a fin de ser comprendidos en la emision del ejercicio 2010
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2009/MDLCH EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA VISTO: Lo resuelto por El Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 11231-7-2009, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de noviembre de 2009, respecto a la competencia de las Municipalidades Distritales en el cobro del impuesto predial sobre los predios que se encuentran dentro de los Centros Poblados, y lo dispuesto en el Acuerdo de Concejo Nº 050-2009/MDLCH de fecha 25 de Noviembre de 2009. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica de 1993 las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local y acreedoras de los tributos creados por Ley como el Impuesto Predial y el Impuesto de Alcabala, conforme esta previsto en la Ley de Tributacion Municipal aprobada por D.S Nº 156-2004-EF y en concordancia con los articulos 52 y 54 del T.U.O del Codigo Tributario aprobado por D.S Nº 135-99-EF, correspondiendo a los Gobiernos Locales la administracion de estos impuestos. Que, el Impuesto Predial es un tributo creado y regulado por el Gobierno Central en favor a los gobiernos locales, siendo que la calidad de acreedor tributario y administrador del mismo corresponde a la Municipalidad Distrital en cuya jurisdiccion se encuentre ubicado el predio. Que, el Tribunal Fiscal en MORDAZA con la Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 20 de febrero de 2006 recaida en el Exp. Nº 0003-2005-PC/TC en la que preciso que las Municipalidades de Centros Poblados no poseen las atribuciones o competencias que tienen las Municipalidades Provinciales y Distritales a las que se reconoce expresamente como organos de gobierno local; asi como de conformidad con el Acuerdo de Sala Plena Nº 2009-20 del 27 de octubre del 2009 del mismo Tribunal Fiscal en el que se ratifica que las Municipalidades de Centros Poblados no tienen competencia para administrar el Impuesto Predial que corresponde a los predios que se encuentren ubicados dentro de su ambito territorial, ha dictado la Resolucion Nº 11231-7-2009 publicada en el Diario Oficial El Peruano del 06 de noviembre del 2009, senalando que el Impuesto Predial es un tributo cuyo acreedor y administrador es la Municipalidad Distrital. Que, los predios ubicados en la Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA MORDAZA de Huachipa se encuentran para los efectos del Impuesto Predial en la jurisdiccion de La Municipalidad Distrital de Lurigancho ­ Chosica ante quien deben declararse. Que, la Municipalidad Distrital de Lurigancho ­ Chosica en cumplimiento de la Constitucion, la Ley y las Resoluciones dictadas tanto por el Tribunal Constitucional, como por el Tribunal Fiscal que son de obligatorio cumplimiento, establece mediante el presente Decreto el procedimiento para que los contribuyentes y propietarios que tengan predios en la Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA MORDAZA de Huachipa, formalicen sus declaraciones Juradas de Autovaluo en el plazo que se establece. Estando a lo expuesto y en MORDAZA con los Articulos 20º Inc., 6) y 42º de la Ley Organica de Municipalidades

27972 y el Acuerdo de Concejo Nº 050-09-CDLCH de fecha 25 de noviembre del presente ano; DECRETA: Primero.- Conceder un plazo de 30 dias habiles desde el dia siguiente de la publicacion del presente Decreto, para que los propietarios cuyos predios esten ubicados en la jurisdiccion de la Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA MORDAZA de Huachipa, presenten Declaracion Jurada masiva en la Municipalidad Distrital de Lurigancho ­ Chosica, a efectos de ser comprendidos en la emision del ejercicio 2010. Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Expedido a los catorce dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 438880-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican el MORDAZA parrafo del articulo 21º del D.A. Nº 018-2007-ALC/ MSI, asi como el Anexo Nº 2 sobre Indice de Estacionamientos para Actividades Comerciales, Administrativas y de Servicios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016 San MORDAZA, 23 de diciembre de 2009 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto el Memorandum Nº 431-2009-12.0.0.-GACU/ MSI e Informe Nº 136-2009-12.0.0.-GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA de fecha 14 de agosto y 17 de diciembre de 2009, respectivamente y el Informe Nº 092-2009-13.0.0-GDU/MSI de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de fecha 04 de setiembre de 2009, los cuales proponen modificar el factor del calculo de requerimiento de estacionamientos para las actividades comerciales, administrativas y de servicios; CONSIDERANDO: Que, segun lo senalado por el articulo 194° de la Constitucion Politica, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en aplicacion del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las municipalidades son competentes en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, comprendiendo, entre otras, la facultad de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, realizar la fiscalizacion de habilitaciones urbanas, construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica, asi como apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales, de acuerdo con la zonificacion; Que, el Decreto de Alcaldia Nº 018-2007-ALC/MSI del 30 de setiembre de 2007, modificado por el Decreto de Alcaldia Nº 017-2008-ALC/MSI de fecha 10 de MORDAZA de 2008 y Decreto de Alcaldia Nº 02-2009-ALC/MSI de fecha 14 de febrero de 2009, aprobo los Parametros Urbanisticos y Edificatorios para la aplicacion de la Ordenanza Nº 950-MML y sus modificatorias en el distrito de San MORDAZA, estableciendose en el MORDAZA parrafo del articulo 21º sobre Disposiciones Generales,

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