Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2009 (25/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

408783

Disponen la publicacion de concesiones mineras de alcance regional cuyos titulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2009
RESOLUCION GERENCIAL Nº 144-2009-GR-GRSEMH-LL MORDAZA, 4 de noviembre del 2009 VISTOS, la relacion de Titulos Mineros otorgados por la Gerencia Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos de La MORDAZA en el mes de octubre del ano 2009, conforme a lo informado por el Area Legal y Tecnica; CONSIDERANDO Que, mediante Resolucion Ministerial N° 179-2006MEM/DM publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16 de MORDAZA de 2006, se declaro entre otros que el Gobierno Regional de La MORDAZA concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de energia y minas, siendo a partir de esa fecha competente para ejercer entre otras, la funcion de "otorgar concesiones mineras para pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional". Que, el Gobierno Regional de La MORDAZA a traves de la Gerencia de Energia, Minas e Hidrocarburos ha iniciado el otorgamiento de Titulos de Concesion minera para pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en el parrafo anterior. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM ­ TUO de la Ley General de Mineria, se debe cumplir con publicar en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubiesen sido aprobados el mes anterior, considerando lo establecido en el articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM ­ Reglamento de Procedimientos Mineros; SE RESUELVE Articulo Unico.- PUBLIQUESE en el Diario Oficial El Peruano la concesion minera de alcance regional cuyos titulos fueron aprobados en el mes de octubre del ano 2009, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA MARTELL MORDAZA Gerente Gerencia Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos 438867-1

sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demas normas complementarias, en Sesion Extraordinaria de fecha 01 de diciembre del 2009, continuada el dia 02 de diciembre del presente ano; y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, conforme se establece en el articulo 2° y 5º de la Ley N° 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, en concordancia con las normas aplicables de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; y en el articulo 8° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, los articulos 47º, 48º, 49º y 58º de la Ley Nº 27867Ley Organica de Gobiernos Regionales, establecen que es competencia de los Gobiernos Regionales: Formular, Aprobar y Evaluar las Politicas, Programas, Proyectos y Planes Regionales en materia de Educacion, Salud, Trabajo, Vivienda y Saneamiento en concordancia con las Politicas Nacionales y Planes Sectoriales y los Planes de Desarrollo de los Gobiernos Locales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0295-2009-ED de fecha 14 de octubre de 2009, el Ministerio de Educacion convoca a Concurso Publico para nombramiento de Profesores en el area de Gestion Pedagogica bajo el regimen de la Ley Nº 29062, en el Primer Nivel Magisterial. Asimismo, resuelve aprobar los lineamientos y procedimientos del Concurso Publico para nombramiento de profesores 2009; Que, el articulo 40º de la precitada Resolucion Ministerial, en la parte pertinente, senala que, el postulante debe presentarse a una Institucion Educativa en la que existan plazas vacantes que deban coincidir con el nivel y la especialidad de acuerdo a su Titulo Pedagogico (...). Asimismo, conforme lo establecido en el articulo 49º de la glosada, los postulantes clasificados en la prueba nacional clasificatoria que no logren ser nombrados por haber sido superados en el puntaje final por otro postulante, no podran solicitar ser adjudicados en otras plazas vacantes; Que, la citada disposicion limita que las plazas vacantes MORDAZA cubiertas en mayor porcentaje por docentes de la Region Ucayali, sumado a ello el comunicado publicado por el Ministerio de Educacion que senala, que podran concursar en esta etapa postulantes de otras regiones del pais; situacion que mermaria la posibilidad de nombramiento de los docentes ucayalinos, toda vez, que provienen de realidades distintas donde las oportunidades de capacitacion son mejores al de nuestra region, desconociendo la Directiva que fija los lineamientos para la postulacion de los participantes aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 0295-2009-ED, que senala expresamente que el docente debera consignar a que Region postula, conforme se advierte en la MORDAZA de inscripcion de los participantes; Que, se aprecia de la citada MORDAZA, que son competentes para realizar la etapa institucional los Comites de Evaluacion instalados en las Instituciones Educativas, las Unidades de Gestion Educativa Local y la Direccion Regional de Educacion, siendo que la primera debera alcanzar la nomina de los integrantes que lo conformarian, acompanando las actas de eleccion de los profesores y padres de familia, tal como lo senala el Inc. a) del articulo 4º de la precitada resolucion, debidamente concordada con la Ley Nº 27444, Ley General del Procedimiento Administrativo; Que, las Instituciones Educativas que no hayan cumplido con remitir las nominas de los integrantes que conformarian el Comite de Evaluacion, acompanando las actas de eleccion de los profesores y padres de familia no podran conducir la evaluacion del Concurso para Nombramiento de Profesores al Nivel de la MORDAZA Publica Magisterial 2009, recayendo esta a las Unidades de Gestion Educativa Locales de la Region; Que, ademas, debera considerarse que nuestra region posee una Pluriculturalidad, que hace necesaria que los docentes que formen a nuestros estudiantes respondan a la realidad sociocultural de la region, tal como ha sido establecida en la Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRU-CR; Que, la Ley Nº 27783, establece que el MORDAZA de Descentralizacion es integral, inclusiva, participativa en concordancia con la Ley Nº 27867, la misma que en su articulo 10º numeral 2 establece que el Gobierno Regional,

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Aprueban disposiciones referentes al MORDAZA para la adjudiciacion de plazas del Concurso de Nombramiento de Profesores 2009
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2009-GRU/CR EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV

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