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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de enero de 2009 389451 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscripción de acciones representativas del capital social de Inversiones y Servicios Financieros S.A. en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 165-2008-EF/94.06.3 Lima, 24 de diciembre de 2008 VISTOS: El expediente N° 2008029851, así como el Informe Interno N° 938-2008-EF/94.06.3 del 24 de diciembre de 2008 de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que, la Junta General de Accionistas de Inversiones y Servicios Financieros S.A. celebrada el 15 de agosto de 2008, acordó entre otros, la inscripción de las acciones representativas del capital social en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima y en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV; Que, Inversiones y Servicios Financieros S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el listado de sus acciones representativas del capital social en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV; Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de admitir la solicitud de listado de las acciones representativas del capital social emitidas por Inversiones y Servicios Financieros S.A., y de elevar el expediente a esta institución para los fi nes correspondientes; Que, la documentación presentada por la Bolsa de Valores de Lima S.A., así como aquella posteriormente remitida a CONASEV por Inversiones y Servicios Financieros S.A., se encuentra acorde con lo dispuesto por el artículo 5 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima y el artículo 8 del Reglamento del Sistema Mvnet; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta pública en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores y el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y disponer los registros que correspondan; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones representativas del capital social de Inversiones y Servicios Financieros S.A. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Mercado de Valores, los valores señalados en el artículo anterior. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Inversiones y Servicios Financieros S.A., a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SALAZAR MARÍN Director de Emisores (e) 295806-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban el “Establecimiento de Metas de Resolución de Expedientes Principales en Trámite y Ejecución - 2009” RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 025-2009-CE-PJ Lima, 28 de enero de 2009 VISTO: El Ofi cio N° 065-2009-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero:Que, es política del actual Órgano de Gobierno del Poder Judicial que el servicio de Administración de Justicia se imparta con celeridad, transparencia, equidad y efi ciencia, a fi n de lograr la confi anza de la ciudadanía en general y de los litigantes en particular; Segundo: Que, una de las acciones orientadas a la implementación de dicha política, radica en la fi jación de metas concretas de resolución de expedientes principales en trámite y en ejecución, por cada órgano jurisdiccional como una forma de gestión administrativa para monitorear y evaluar de manera periódica y permanente el desempeño institucional; Tercero: Que, de otro lado, la aplicación del Plan Nacional de Descarga Procesal requiere de un parámetro que permita evaluar sus resultados, constituyendo las metas de resolución de expedientes judiciales un referente importante para tal propósito; Cuarto: Que, es necesario otorgar carácter ofi cial a lo antes expuesto, asignando responsabilidades y defi niendo los procedimientos correspondientes; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°, inciso 20, del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Establecimiento de Metas de Resolución de Expedientes Principales en Trámite y Ejecución - 2009”, que deben realizar los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios de las Cortes Superiores de Justicia del país. Para tal efecto, utilizarán el formulario que forma parte de la presente resolución y que la Gerencia General publicará en la página WEB del Poder Judicial.