Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2009 (29/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de enero de 2009

Ley Nº 27753, vulnerando presuntamente la garantia del debido proceso; C) Por no haber ejercido, en su calidad de Juez y director del MORDAZA, control permanente sobre su personal en la tramitacion de los siguientes procesos judiciales: - Expediente Nº 4481-2004, por no haber emitido la resolucion que dispone dejar los autos para sentenciar conforme a su estado. - No haber elevado oportunamente el Expediente Nº 2894-2004, a la Sala Penal, luego de emitido el informe final. - La falta de rubrica del representante del Ministerio Publico en la resolucion de avocamiento y en el Acta de continuacion de instructiva del procesado MORDAZA MORDAZA Arbaiza MORDAZA, expediente Nº 1800-2005, infringiendose de esta manera lo dispuesto en el articulo 14 de la Ley Organica del Ministerio Publico y el articulo 209 del Codigo de Procedimientos Penales. - No haber realizado luego de la expedicion de la resolucion de fecha 25 de MORDAZA de 2005, ningun acto procesal en el expediente Nº 175-2005, dejandose vencer el plazo de la instruccion. - Retardo en emitir el informe final en el expediente Nº 3690-2004. - No haber elevado oportunamente los expedientes numeros 763-2005 y 2298-2004, a la Sala Penal. Tercero.- Que, el 06 de noviembre de 2007 el doctor MORDAZA MORDAZA formulo su descargo, refiriendo que los cargos que se le atribuyen en el presente MORDAZA disciplinario son los mismos que se le imputaron en el MORDAZA disciplinario Nº 005-2007-CNM, en el cual se le destituyo, y afirma que se ha dado la triple identidad de hechos, sujeto y cargos, por lo cual invoca la aplicacion del MORDAZA ne bis in idem y solicita el archivamiento del presente MORDAZA disciplinario, ofreciendo como prueba de su alegato de defensa el merito del MORDAZA disciplinario Nº 005-2007-CNM, el cual solicita se tenga a la vista al resolver este extremo; Cuarto.- Que, el magistrado procesado sostiene que el cargo de haber variado mandatos de detencion por comparecencia sin que hubieran nuevos actos de investigacion es similar al que obra en el MORDAZA disciplinario Nº 005-2007-CNM; Quinto.- Que, el doctor MORDAZA MORDAZA indica que respecto a la imputacion MORDAZA referida ha invocado sentencias del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia de la Republica que respaldan sus fallos, segun las cuales procede variar la detencion sin que existan nuevos elementos de prueba, cuando por ejemplo, se ha modificado el peligro procesal; asimismo, senala que su actuacion se dio dentro del MORDAZA de independencia judicial y que no hay sancion por criterio jurisdiccional; ademas, expresa que se remite a su argumento de defensa MORDAZA indicado en cuanto a dicho cargo; Sexto.- Que, en el extremo referido a no haber ejercido control permanente sobre su personal en la tramitacion de expedientes, sostiene que durante su desempeno como magistrado pudo verificar el esfuerzo de los trabajadores a su cargo, quienes a pesar de las limitaciones de personal y logisticas se sacrificaban por dar un buen servicio, lo que no era materialmente posible; agrega que este cargo implica la omision de sancion al personal por deficiencias en su labor, no obstante que no era posible cumplir con los plazos y formalidades por las restricciones MORDAZA referidas; finalmente, indica que esta imputacion no es proporcional con la sancion de destitucion; Setimo.- Que, respecto a la supuesta vulneracion del MORDAZA ne bis in idem, es del caso precisar que en el MORDAZA disciplinario Nº 005-2007-CNM seguido al doctor MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Juez Suplente encargado por vacaciones del Octavo Juzgado Penal del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA, hoy MORDAZA Norte, y como Juez Suplente del Decimo MORDAZA Juzgado Penal del citado Distrito Judicial, los cargos que se le imputaron fueron los siguientes: a) Haber actuado de manera irregular en el tramite del MORDAZA Judicial N° 2052-2004, seguido contra MORDAZA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros por delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas (Macro comercializacion de clorhidrato de cocaina en forma de organizacion internacional) en agravio del Estado, en el que durante el mes de marzo en su condicion de Juez Suplente por vacaciones del Juez del Octavo Juzgado Penal del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA, hoy MORDAZA Norte, otorgo en forma irregular diversas libertades variando mandatos de detencion por comparecencia, hecho que ocurrio en el caso de los siguientes procesados: MORDAZA Yanez MORDAZA, en el que sin tener en cuenta que su competencia se encontraba suspendida al haber interpuesto el citado procesado apelacion contra una improcedencia de un pedido de variacion de detencion, y ante una nueva solicitud de variacion de detencion, procedio a conceder la misma, mediante resolucion de 1° de MORDAZA del 2005, sin contar con nuevos elementos probatorios, asumiendo competencias propias del superior en grado; Asimismo, haber revocado el mandato de detencion de los procesados Wei MORDAZA Yang MORDAZA, Wu Daiwen y Feng Yong Chao, mediante resoluciones de fechas 18 de marzo del 2005 y 1° de MORDAZA del 2005, en las que, en el caso de Yang MORDAZA, ante una nueva solicitud de variacion de la medida de detencion, y en el caso de Wu Daiwen y Feng Yong Chao, ante sus pedidos de variacion del mandato de detencion, accedio a dichos pedidos decretando comparecencia, sin tener en cuenta que no se habian recopilado nuevos elementos probatorios que pongan en cuestion la suficiencia de las pruebas que dieron lugar a las primigenias medidas de detencion, conforme lo exige el articulo 135 del Codigo Procesal Penal; b) Haber incumplido lo prescrito en el inciso 12 del articulo 184 de la Ley Organica del Poder Judicial que obliga al magistrado a evitar la lentitud procesal, al haber omitido oficiar a las autoridades pertinentes para disponer el impedimento de salida del MORDAZA del procesado Wei MORDAZA Yang MORDAZA a pesar de haberlo dispuesto asi en la resolucion de fecha 18 de marzo del 2005, que varia el mandato de detencion por el de comparecencia y ordena su excarcelacion, poniendo en grave riesgo la actividad probatoria por el peligro de fuga inminente por parte del encausado; c) Haber incumplido con su deber previsto en el numeral 3 del articulo 50 del Codigo Procesal Civil, ya que las resoluciones de fechas 1° de MORDAZA del 2005, que varian el mandato de detencion de los procesados MORDAZA Yanez MORDAZA, Wu Daiwen y Feng Yong Chao no habrian sido expedidas en la fecha consignada, sino cuando el magistrado ya no estaba en el ejercicio del cargo; d) En su calidad de Juez Suplente del Decimo MORDAZA Juzgado Penal del MORDAZA Norte de MORDAZA, se le imputa haber emitido resoluciones irregularmente en los siguientes expedientes: 1.- Nº 2004-2269 seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otro, en el cual declaro procedente la MORDAZA provisional peticionada; 2.- Nº 2004-00356 seguido contra Fredy MORDAZA Malvaceda y 3.- Expediente NC 2004-3976 seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los cuales vario el mandato de detencion por el de comparecencia sin haber actuado nuevas pruebas que justifiquen legalmente dicha variacion; Octavo.- Que, de una simple lectura de los cargos imputados al doctor MORDAZA MORDAZA en el MORDAZA disciplinario Nº 005-2007-CNM y los que se le imputan en el presente MORDAZA disciplinario se advierte que estos son distintos y difieren entre si; en consecuencia, no se ha producido ninguna afectacion al MORDAZA del ne bis in idem, por lo que el pedido de archivo del presente MORDAZA deviene en infundado; Noveno.- Que, del estudio del expediente se aprecia, respecto al cargo atribuido al magistrado procesado en el literal A), que en el MORDAZA Nº 1116-2004, en los seguidos contra Genes MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros por delito contra el patrimonio ­ robo agravado y otros, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, el doctor MORDAZA MORDAZA emitio dos resoluciones el 12 de MORDAZA de 2005, cuyas copias obran de fojas 365 a 369 y 370 a 374, mediante las cuales declaro procedentes las revocatorias del mandato de detencion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arosamena y MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

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