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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de febrero de 2009 390319 espacio de discusión de la problemática del distrito y particularmente de la situación ambiental; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º inciso 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD el siguiente: ORDENANZA: CREACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL LOCAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objetivo. La presente ordenanza tiene por objetivo establecer las bases de una Gestión ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las organizaciones locales urbanas y rurales, públicas y privadas, mediante disposiciones y acciones de garantía de protección ambiental para mejorar la calidad de vida de los pobladores del distrito de Comas. Artículo 2º.- Ámbito. La presente ordenanza establece disposiciones de obligatorio cumplimiento para toda persona natural y jurídica, de derecho público y privado, residente, visitante o en tránsito por el distrito de Comas, o que desarrolle cualquier actividad, proyectos, obras, actividades o acciones públicas y privadas, que se desarrollan dentro del ámbito del distrito que puede afectar las actividades socioeconómicas, recreativas, domésticas, así como el ecosistema, la identidad cultural, los recursos naturales y la calidad de vida en el distrito. Artículo 3º.- Del Desarrollo Sostenible El desarrollo sostenible del distrito de Comas se sustenta en la utilización responsable de sus recursos naturales, humanos y culturales que lo doten de un potencial turístico particular, así como en el crecimiento y competitividad de las actividades socioeconómicas realizadas en armonía con la protección y mejoramiento de la calidad ambiental de la ciudad y de los ecosistemas particulares a ella vinculados, teniendo en cuenta su futura utilización por parte de las futuras generaciones. Artículo 4º.- Principios de la Política Ambiental Municipal La Gestión Ambiental del distrito de Comas se rige por los siguientes principios, de obligatoria observancia en la adopción de decisiones generales. a) Sostenibilidad: La articulación necesaria de los objetivos de crecimientos económico, el bienestar social y la protección ambiental para mejorar la calidad de vida de la población del distrito de Comas y de las personas visitantes o en tránsito por el distrito. b) Integración: La adopción de decisiones que sean aplicables a toda actividad, acción o proyecto determinado con posibles impactos positivos y negativos sobre los recursos y elementos naturales, socioeconómicos y culturales que integran el distrito. c) Transectorialidad: El enfoque de gestión ambiental debe estar presente en todas las propuestas y acciones de desarrollo de los diversos sectores que se den en la provincia. d) Prevención en la gestión ambiental: por el cual se priorizan las acciones que tienda a prevenir, mitigar y eliminar posibles riesgos o daños potenciales que puedan repercutir en el desarrollo sostenible del distrito de Comas. e) Participación Ciudadana: Las autoridades locales promueven la participación ciudadana e incorporaran mecanismos expresos e idóneos para viabilizar la participación ciudadana, en forma colectiva o individual, en la formulación de propuestas, planes en la toma de decisiones y en la ejecución y evaluación de las acciones de la Gestión Ambiental Local. f) Información: Se debe garantizar la información permanente a los diversos sectores y a la sociedad civil sobre el estado. Las propuestas, acciones y posibles riesgos sobre los recursos que integran al patrimonio natural, socioeconómico y cultural del distrito de Comas para lo cual se debe generar permanente información, la cual debe ser consistente y especializada. g) Responsabilidad compartida: Todas las personas naturales y jurídicas del sector público privado y sociedad civil son co-responsables de la consolidación de una gestión ambiental efi caz y efi ciente para alcanzar el desarrollo sostenible del distrito, por lo tanto todos deben defender el ejercicio de sus derechos y deben cumplir con los mandatos legales que les son exigibles. h) Concertación interinstitucional: Se priorizan mecanismos de coordinación de la Gestión Municipal y Política Ambiental Local con entidades representativas de la localidad, en particular con las de otros órganos de gobierno local, regional y nacional. i) Seguridad jurídica: para consolidar una Gestión Ambiental transparente y estable que fortalezca las capacidades locales TÍTULO II MARCO INSTITUCIONAL Artículo 5º.- De las instituciones de la Gestión Ambiental Local El marco institucional de la política ambiental comprende. a) La comisión de Regidores de Desarrollo Ambiental b) Comisión Ambiental Municipal (CAM) Artículo 6º.- Del Sistema Local de Gestión Ambiental El SLGA constituye un conjunto de elementos administrativos y normativos que dentro de la estructura orgánica del gobierno local, llevan a cabo la formulación de la planeación y la instrumentación, control, evaluación y seguimiento de las acciones de protección y conservación del ambiente y de manejo adecuado de los recursos naturales, en coordinación con las instancias nacionales y regionales y con la sociedad civil local organizada. El sistema local de gestión ambiental del distrito de Comas tiene la siguiente estructura institucional: a) Nivel de aprobación local: Nivel donde se defi ne los principios y objetivos de la gestión ambiental local y se aprueba las políticas ambientales locales en armonía con la política ambiental regional y nacional, y con las agendas ambientales regionales y nacionales. Debe promover la participación activa de los actores locales en el sistema y la aplicación de los acuerdos que se dividen de este. Se encuentran dentro de este nivel el Concejo Municipal, el Alcalde y la Comisión de Regidores de Desarrollo Ambiental. b) Nivel de Coordinación Local: en este nivel se propone, coordina, dirige y supervisa la política ambiental local y los diferentes instrumentos de gestión ambiental en el ámbito local y los diferentes instrumentos de gestión ambiental en el ámbito local, aquí se conduce el proceso de coordinación y concertación interinstitucional en armonía con las políticas regionales y nacionales y con los Planes de acción y agendas regionales y la agenda Ambiental nacional. Se encuentran en este nivel la Comisión Ambiental Municipal y la Gerencia de Desarrollo Ambiental del distrito de Comas. c) Nivel de proposición Local: en este nivel se promueven los Grupos Técnicos Locales para la discusión, análisis y búsqueda de los acuerdos técnicos y mecanismos para hacer operativos los instrumentos de gestión ambiental en el ámbito local, enfrentar las oportunidades, problemas y confl ictos ambientales, así como para diseñar, ejecutar y evaluar políticas ambientales locales. Estos estarán integrados por representantes de instituciones de los sectores público y privado (colegios profesionales) y por personas naturales designadas por sus cualidades personales y profesionales, las mismas que participen a título personal. Los grupos Técnicos Locales serán creados por el gobierno local. Asimismo, el gobierno local podrá proponer al Ministerio del Ambiente, a través de la Comisión Ambiental Regional, la aprobación de los grupos técnicos Locales que consideren. d) Nivel de ejecución Local. En este nivel se ejecuta operativamente y se controlan los instrumentos, políticas