Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2009 (05/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES
TITULO IV

390321

b) Promover la recuperacion de la franja riberena y de calidad del agua del rio chillon mediante el establecimiento de acciones de control y erradicacion de actividades contaminantes. c) Impulsar la proteccion, establecimiento y ampliacion de las areas: de recreacion publica y privada y asi como las areas verdes y agricolas distritales mediante el uso de tecnologias eficientes de riego y la ampliacion de la cobertura de servicios de agua y alcantarillado. d) Promover el respeto y la recuperacion del patrimonio arqueologico y cultural del distrito. e) Promover en equidad el acceso a servicios de calidad de abastecimiento de agua potable y alcantarillado en las zonas con deficit de cobertura. f) Promover acciones de control y mitigacion de la contaminacion del aire y suelo a traves de la implementacion de acciones articuladas con las autoridades competentes a nivel, local, regional y nacional. g) Brindar un servicio de recoleccion de residuos solidos eficiente y sostenible que incorpore la participacion ciudadana en la gestion integral del manejo de residuos solidos a nivel de distrito y de MORDAZA Norte. h) Reducir los riesgos ambientales de las zonas ambientalmente criticas a traves de la implementacion de instrumentos normativos, acciones de control y prevencion de peligro y reduccion de la vulnerabilidad con la participacion activa de la poblacion organizada. i) Desarrollar las capacidades institucionales para una gestion ambiental eficiente del territorio a traves de la actualizacion de instrumentos normativos y la capacitacion permanente de los funcionarios y servidores municipales en programas de capacitacion MORDAZA sobre MORDAZA normativo, instrumentos y mecanismos de gestion ambiental y de riesgo. j) Impulsar la construccion una conciencia y cultura ambiental de la poblacion distrital mediante el desarrollo de eventos de sensibilizacion, capacitacion, acceso a la informacion ambiental, en coordinacion con las autoridades sectoriales locales y poblacion civil organizada. k) Impulsar el desarrollo turistico recreativo en la zonal 14 tal que integre la oferta de servicios gastronomicos y la actividad productiva agricola. l) Promover la organizacion, formalizacion, y articulacion al MORDAZA de las actividades de segregacion y reciclaje informal. m) Coordinar con los diferentes Ministerios e instituciones el control y monitoreo de los MORDAZA productivos de las industrias establecidas en la zonal 14 monitoreo, asi como incentivar en forma conjunta la utilizacion de tecnologias limpias. . Articulo 19º.- De los objetivos priorizados. La Comision Ambiental Municipal del distrito prioriza los objetivos de la gestion ambiental local, en funcion de los danos o riesgos ambientales que se estan generando o puedan generarse en la localidad. La municipalidad Distrital de Comas promueve y apoya el cumplimiento de dichos objetivos priorizados y los declara mediante ordenanza municipal, en la cual podran definir las estrategias, acciones e instrumentos para alcanzar su cumplimiento. Las acciones que se realicen para alcanzar los objetivos priorizados no menoscaban la responsabilidad de las autoridades, instituciones, entidades y residentes del distrito de Comas, respecto del mantenimiento y mejoramiento general de la calidad ambiental del distrito. Articulo 20º.- De las Normas Municipales. La Municipalidad Distrital de Comas aprobara las normas que resulten necesarias a fin de alcanzar progresivamente, el cumplimiento del Plan MORDAZA de Gestion Ambiental de Comas, los objetivos especificos de la gestion ambiental del distrito y, en particular, los objetivos priorizados de conformidad con lo senalado en el articulo anterior. Asimismo, aprobara en la medida que sea necesario, los dispositivos legales pertinentes para adecuar las normas ambientales de los organos de gobierno nacional, regional provincial, a las necesidades y particularidades del distrito de Comas

DE LAS OBLIGACIONES AMBIENTALES Articulo 21º.- De la conservacion de los Recursos del distrito. Es obligacion de toda persona natural y juridica, residente y visitante (turistas o transeunte), en el distrito de Comas, la conservacion de los recursos naturales, Socioeconomicos y culturales asi como el respeto de los simbolos que representan y el cumplimiento de normas nacionales, regionales y locales de gestion Ambiental, bajo responsabilidad legal. Esta prohibida la realizacion de todo acto o accion que afecte: a. La limpieza publica de las calles del distrito y, en particular de los MORDAZA y quebradas. b. Los recursos naturales y ecosistemas del distrito. c. El ornato publico. d. La tranquilidad publica e. Las areas verdes del distrito. f. La atmosfera por la emision de gases, particulas, olores potenciales y ruidos. g. La limpieza y estructuras de quebradas secas y cauce del rio. h. La prevencion y conservacion del suelo MORDAZA Articulo 22º.- Declaracion de Interes Publico. Se declara de interes Publico local la promocion del turismo responsable y sostenible en el distrito de Comas, asi como la conservacion, mantenimiento y recuperacion del rio Chillon t las zonas naturales de lomas. La proteccion o afeccion de estos bienes publicos y local puede justificar el otorgamiento de incentivos municipales o la imposicion de sanciones agravadas respectivamente. Articulo 23º.- De las actividades Ambientales Sensible. Son actividades ambientales sensibles aquellas que afectan significativamente el patrimonio natural, socioeconomico y cultural de Comas, por lo que al declararlas como tales mediante ordenanza, la municipalidad se obliga priorizar las acciones normativas y de gestion que MORDAZA necesarias para prevenir y controlar los riesgos ambientales y recuperar los recursos naturales socioeconomicos y culturales afectados ambientalmente. TITULO V DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL Articulo 24º.- De los planes municipales En el diseno y revision de los planes municipales de desarrollo y el ordenamiento de las actividades que se realizan en su jurisdiccion, la municipalidad Distrital de Comas, considerara los lineamientos de politica objetivos, metas estrategias y mandatos establecidos en la presente ordenanza, en el plan MORDAZA de Gestion Ambiental de Comas y todo instrumento ambiental vigente, aplicable a la localidad. Articulo 25º.- Del Plan MORDAZA de Gestion Ambiental de Comas. El Plan MORDAZA de Gestion Ambiental del distrito Comas es el instrumento obligatorio que orienta las acciones municipales de gestion ambiental y que sirve como MORDAZA para la aprobacion de planes especificos o tematicos. El plan MORDAZA de Gestion Ambiental de Comas, teniendo en cuenta lo establecido en la Agenda Ambiental y el Plan de Accion Ambiental de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Metropolitana Articulo 26º.- De la Participacion Ciudadana La Gestion Ambiental local de Comas es participativa y concertada. La poblacion tiene derecho a participar en el MORDAZA de toma de decisiones y la gestion ambiental a traves de: · La participacion en forma individual o colectiva en la CAM y los espacios de concertacion ambiental que esta comision crea conveniente crear.

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