Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2009 (05/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2009

aguas, por lo que los representantes de los Gobiernos Regionales de MORDAZA de MORDAZA y Ucayali senalaron la no existencia de controversias, suscribiendo el Acta de Acuerdo de Limites entre ambos departamentos. Con fecha 4 de MORDAZA del 2008, debido a razones de error tipografico u omision involuntaria en el Titulo III del Acta de Acuerdo de Limites suscrita el 05 de octubre del 2007 por los representantes de los Gobiernos Regionales de MORDAZA de MORDAZA y Ucayali, se consignaron datos los cuales en coordinacion y aceptacion de MORDAZA partes, los funcionarios acreditados de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de los Gobiernos Regionales de MORDAZA de MORDAZA y Ucayali, suscriben un FE DE ERRATAS. Con fecha 5 de octubre del 2008, los representantes acreditados de los Gobiernos Regionales de Cuzco, MORDAZA de MORDAZA y Ucayali, establecieron como punto tripartito de limites entre los departamentos de Cuzco, MORDAZA de MORDAZA y Ucayali la Cota 615 de coordenada UTM 800,953.34 m E y 8 742,308.30 m N, suscribiendo un Acta de Definicion de Punto Tripartito de Limites entre los departamentos de Cuzco, MORDAZA de MORDAZA y Ucayali. Con fecha 4 de MORDAZA del 2008, debido a razones de error tipografico u omision involuntaria en la elaboracion del Acta de fecha 5 de octubre del 2007 en el Punto 1 - Acuerdos, se consignaron datos los cuales con la coordinacion y aceptacion de las partes, se establecio como punto tripartito el Punto de Coordenada UTM 802,000 m E y 8 744,800 m N, por lo que los funcionarios acreditados de las Gerencias Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de los gobiernos regionales de Cuzco, MORDAZA de MORDAZA y Ucayali suscriben un FE DE ERRATAS. Que, siendo necesario legitimar la validez de los Acuerdos de Limites saneados por el Consejo Regional, para posibilitar la firma definitiva a nivel de los presidentes regionales de Cuzco, MORDAZA de MORDAZA y Ucayali. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, El Consejo Regional de Ucayali en Sesion Ordinaria de fecha 17 de diciembre del 2008, aprobo lo siguiente: ORDENA: Articulo 1º.- RATIFICAR las Actas de Acuerdos de Limites Territoriales entre los departamentos de Cuzco, MORDAZA de MORDAZA y Ucayali, suscritas en el MORDAZA del MORDAZA de Demarcacion y Organizacion Territorial declarado de preferente interes nacional segun la Ley Nº 27795, el mismo que permitira el saneamiento de limites de las jurisdicciones politicas administrativas correspondiente, para lo cual se anexa las Actas de Acuerdo en un numero de veinte (20) folios, con su respectiva representacion cartografica en un numero de tres (03) mapas, los mismos que son parte de la presente ordenanza. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, publicar la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y en la pagina web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Pucallpa, a los diecisiete dias del mes de diciembre del dos mil ocho. WILDER MORDAZA ALGUAYO ARGANDONA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los veintidos dias del mes diciembre del dos mil ocho. LUTGARDO MORDAZA MORDAZA Presidente Regional (e) 308903-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Crean el Sistema de Gestion Ambiental Local
ORDENANZA Nº 277-2008-C/MC Comas, 18 de noviembre de 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Consejo, de fecha 18 de noviembre de 2008, el Dictamen de la Comision de Desarrollo Ambiental, que aprueba el Proyecto de Ordenanza de creacion del sistema de gestion ambiental local, como instrumento que permite adecuar la Gestion Municipal, de acuerdo a lo prescrito en la Ley Organica de Municipalidades y la Ley General del Ambiente, a fin, de mejorar la Gestion Ambiental a Nivel Local; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; toda vez que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el sistema de planificacion local tiene como principios la participacion ciudadana, a traves de sus vecinos y organizaciones vecinales, la transparencia la gestion moderna y rendicion de cuentas, la inclusion eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia con las politicas nacionales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion, tal como lo indica el Articulo IX: Planificacion Local, de la Ley Organica de Municipalidades; Que, las competencias y funciones especificas Municipales se cumplen en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, tal como lo senala el Articulo VIII: Aplicacion de leyes generales y politicas y planes nacionales, de la Ley Organica de Municipalidades; Que, es necesario crear un sistema de Gestion Ambiental Local que permita la implementacion y ejecucion de las politicas ambientales, que promueva los mecanismos de participacion de la sociedad civil en la gestion ambiental, entre otros; Que, el Articulo 25º de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental-Ley Nº 28245, establece que las Comisiones Ambientales Municipales MORDAZA las instancias de Gestion Ambiental, encargadas de coordinar y concertar la Politica Ambiental Municipal. Promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado. Articulan sus politicas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el MINAM; Que, en virtud al MORDAZA seguido, promovido por el MINAM, a traves de su Secretaria Ejecutiva Regional y la Municipalidad distrital de Comas, en coordinacion con diversas organizaciones publicas y privadas y mixtas de la localidad, asi como con la participacion de los actores locales vinculados gestion ambiental, acordaron por consenso de conformacion de la Comision Ambiental Municipal para fortalecer su gestion y lograr la articulacion con los procesos de gestion ambiental Local Regional y Nacional, de conformidad con los Articulos 2º y 3º de la Ley Nº 28245 - Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005 - PCM; Que, con la constitucion de la Comision Ambiental Municipal, conformada por representantes de las organizaciones e instituciones mas representativas del distrito, se inicio un MORDAZA de concertacion para la gestion ambiental compartida, lo que ha permitido un

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