Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2009 (07/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de febrero de 2009

Articulo Segundo.- Declarar improcedente la solicitud presentada mediante expediente Nº 2007-038500, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 310190-1

Designan Director Ejecutivo de la Oficina General de Asesoria Juridica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 102-2009-MTC/01 MORDAZA, 5 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario designar a su titular; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27594, 27791, 29158, y en el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA La MORDAZA, en el cargo de confianza de Director Ejecutivo de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 310864-1

Aprueban la "Norma que establece medidas destinadas a salvaguardar el derecho a la inviolabilidad y el secreto de las telecomunicaciones y la proteccion de datos personales, y regula las acciones de supervision y control a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 111-2009-MTC/03 MORDAZA, 6 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que toda persona tiene derecho a la inviolabilidad y al secreto de las telecomunicaciones, encargando al Ministerio de Transportes y Comunicaciones su proteccion; Que, el articulo 13º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que, se atenta contra la inviolabilidad y el secreto de las telecomunicaciones, cuando deliberadamente una persona que no es quien origina ni es el destinatario de la comunicacion, sustrae, intercepta, interfiere, cambia o altera su texto, desvia su curso, publica, divulga, utiliza, trata de conocer o facilitar que el mismo u otra persona, conozca la existencia o el contenido de cualquier comunicacion;

Que, a su vez, el citado articulo 13º, establece que los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones estan obligados a salvaguardar el secreto de las telecomunicaciones y la proteccion de datos personales, adoptar las medidas y procedimientos razonables para garantizar la inviolabilidad y el secreto de las comunicaciones cursadas a traves de tales servicios, asi como mantener la confidencialidad de la informacion personal relativa a sus usuarios que se obtenga en el curso de sus negocios, salvo consentimiento previo, expreso y por escrito de sus usuarios y demas partes involucradas o por mandato judicial. Asimismo, el acotado articulo dispone que el Ministerio podra emitir las disposiciones que MORDAZA necesarias para precisar sus alcances; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 622-96MTC/15.17, se aprobo la Directiva Nº 002-96-MTC/15.17 sobre procedimientos de inspeccion y requerimientos de informacion relativa al secreto de las telecomunicaciones y la proteccion de datos; Que, dado el desarrollo tecnologico y el tiempo transcurrido desde la aprobacion de la referida Resolucion, resultaba necesario adoptar un MORDAZA MORDAZA legal que cautele el derecho al secreto de las telecomunicaciones y la proteccion de datos personales y fortalezca las facultades de control y supervision a cargo del Ministerio; Que, en ese orden de ideas, por Resolucion Ministerial Nº 043-2009-MTC/03, de fecha 21 de enero de 2009, se dispuso la prepublicacion, en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Proyecto de Resolucion Ministerial que aprobaria la "Norma que establece medidas destinadas a salvaguardar la inviolabilidad y el secreto de las telecomunicaciones y la proteccion de datos personales, y regula las acciones de supervision y control a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", habiendose recibido y evaluado los comentarios de los interesados; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 0202007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese la "Norma que establece medidas destinadas a salvaguardar el derecho a la inviolabilidad y el secreto de las telecomunicaciones y la proteccion de datos personales, y regula las acciones de supervision y control a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", que en anexo, forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Facultese a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones a aprobar por Resolucion Directoral, las normas complementarias que resulten necesarias, para la mejor aplicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La Resolucion Ministerial Nº 622-96MTC/15.17 que aprobo la Directiva Nº 002-96-MTC/15.17 sobre procedimientos de inspeccion y requerimientos de informacion relativa al secreto de las telecomunicaciones y la proteccion de datos, quedara derogada en la fecha de entrada en vigencia de la MORDAZA que se aprueba en virtud del articulo primero. Articulo 4º.- La MORDAZA que se aprueba mediante la presente resolucion, entrara en vigencia el 16 de febrero de 2009. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los plazos para la implementacion de las obligaciones previstas en los numerales 10.5.3, 10.6.1 y 10.7.1 de la MORDAZA que se aprueba en virtud del articulo 1º, estaran sujetos al numero de personal propio y de terceros de cada operador de servicios publicos de telecomunicaciones, segun el siguiente detalle:

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