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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de febrero de 2009 391171 Viceministro de MYPE e Industria y el Informe Nº 017 - 2009-PRODUCE/OGAJ/jmzs de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, en el marco de las acciones comprendidas en el Plan del Estímulo Económico para aminorar los efectos de la crisis externa en nuestro país, el gobierno ha establecido medidas tendientes a impulsar la actividad económica, la infraestructura, entre otros; Que, para lograr los objetivos del Plan de Estímulo Económico, mediante Resolución Suprema Nº 342-2008- PCM se conformó la Comisión Multisectorial encargada de monitorear el impacto de la crisis económica fi nanciera internacional y el seguimiento de las medidas aprobadas por el Poder Ejecutivo para el sostenimiento y el empleo y para la protección a los grupos más vulnerables; Que, el artículo 5° de la Resolución Suprema N° 342- 2008-PCM encarga la coordinación de la implementación de compras directas a las MYPES al Ministerio de la Producción, en coordinación con el Ministerio de Educación y de la Mujer y Desarrollo Social; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 015-2009 de fecha 01 de febrero de 2009, se autoriza al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social-FONCODES del pliego del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, a gestionar a través de la modalidad de Núcleo Ejecutor, las adquisiciones a la Micro y Pequeña Empresa – MYPE de carpetas, uniformes, calzado, chompas y buzos, para la población escolar y los centros educativos ubicados preferentemente en las zonas de pobreza a nivel nacional; Que, a través del Decreto Supremo Nº 001-2009- MIMDES de fecha 15 de febrero de 2009, se dictan las disposiciones de “Compras a MYPErú” para la adquisición de bienes elaborados por las MYPE a favor de la población escolar preferentemente ubicadas en zonas de pobreza a nivel nacional, estableciéndose en el artículo 3° de la citada norma, que para la adquisición de cada bien se formará un Núcleo Ejecutor, el cual estará integrado por un (01) representante del Ministerio de la Producción quien lo presidirá, por un (01) representante del Ministerio de Educación, un (01) representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, un (01) representante de la Sociedad Nacional de Industria y un (01) representante de los gremios de las Micro y Pequeña Empresa vinculados con el bien a adquirir; Que, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 001-2009- MIMDES, las instituciones públicas deberán acreditar a sus representantes a través de Resoluciones Ministeriales en el plazo de cinco (05) días calendarios, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo, y respecto de la designación de los representantes de los gremios deberá ser formalizada por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción en el plazo antes señalado; Que, a fi n de lograr los objetivos que persigue la adquisición de uniformes y mobiliario escolar, denominado “Compras a MYPErú”, resulta necesario establecer el procedimiento para la elección de los representantes de la MYPE ante los Núcleos Ejecutores; Que, con la Ley Nº 29271 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 22 de octubre de 2008, se estableció que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, por lo que se le transfi rieron las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2008- PRODUCE publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de diciembre del 2008, se dispuso la adecuación de la denominación del Despacho Viceministerial de Industria y Comercio Interno como el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, siendo el órgano competente para formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política general de desarrollo y promoción de la Micro y Pequeña Empresa, la Industria y el Comercio Interno, así como para fomentar y promocionar a las cooperativas como empresas que promuevan el desarrollo económico y social; Que, la Ley Nº 29051 establece que el sector competente en materia de promoción de la micro y pequeña empresa, es el encargado de realizar la convocatoria, organización, dirección, acreditación y regulación del proceso de elección de los representantes de los gremios de las MYPE, con la asistencia técnica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, en la medida que la referida norma busca que los representantes de los gremios sean elegidos de manera transparente y que resulta urgente poner en marcha las “Compras a MYPErú”, es indispensable defi nir un procedimiento para la elección y posterior formalización de la designación de los representantes de los gremios de la MYPE ante los Núcleos Ejecutores; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, la Ley N° 29051, La Ley N° 29271, el Decreto Supremo Nº 022-2008-PRODUCE, el Decreto de Urgencia N° 015- 2009, el Decreto Supremo Nº 001-2009-MINDES y la Resolución Suprema Nº 342-2008-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el procedimiento para la elección de los representantes de los gremios de las MYPE ante los cinco (05) Núcleos Ejecutores de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Supremo Nº 001- 2009-MIMDES, para la adquisición de bienes elaborados por las MYPE a favor de la población escolar - “Compras a MYPErú”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial. Artículo 2º.- A efectos de elegir a los representantes a que se refi ere el artículo anterior, se conforma un Comité Electoral, el cual estará integrado por las siguientes personas: Titulares: Ingeniero Héctor Simeón Riega Dongo - Presidente Abogado María Ysabel Valle Martínez - Secretaria Economista Ferdinan R. Prada Vega - Vocal Suplentes: Señor Félix Jaime Aguilar Rojas Abogada Adira Morayma Cueva Solórzano Economista Cinthya Katherine Tello Zúñiga Las funciones y atribuciones del Comité Electoral se defi nen en el Anexo de la presente Resolución Viceministerial. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina de Comunicación e Imagen Institucional del Ministerio de la Producción adopte las medidas de difusión correspondientes de la presente Resolución Viceministerial, a fi n de permitir la mayor participación de los gremios MYPE. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR AUBERTO QUISPE REMÓN Viceministro de MYPE e Industria ANEXO PROCEDIMIENTO PARA LA CONVOCATORIA Y ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS GREMIOS EMPRESARIALES DE LAS MYPE ANTE LOS NÚCLEOS EJECUTORES DE “COMPRAS A MYPERÚ” I.- OBJETIVO Establecer el procedimiento de convocatoria pública y elección de los representantes de los Gremios de las MYPE ante los Núcleos Ejecutores creados mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-MIMDES, para la adquisición de bienes elaborados por las MYPE a favor de la población escolar -“Compras a MYPErú.