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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (19/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de febrero de 2009 391182 Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car - en el extremo pertinente - el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 130-2008- MTC/12 del 30 de julio del 2008, precisada por Resolución Directoral Nº 147-2008-MTC/12 del 20 de Agosto del 2008, que otorgó a AEROVÍAS DEL CONTINENTE AMERICANO S.A. (AVIANCA) la Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, bajo las siguientes características: MATERIAL AERONÁUTICO: - DC9 (MD-83). - BOEING B-757. - BOEING B-767. - AIRBUS A-320. - AIRBUS A-319. - AIRBUS A-330. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 130-2008-MTC/12 del 30 de julio del 2008, precisada por Resolución Directoral Nº 147-2008-MTC/12 del 20 de agosto del 2008, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO LÓPEZ MAREOVICH Director General de Aeronáutica Civil 311357-1 VIVIENDA Aprueban transferencias financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Pimpingos y Mochumí para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 073-2009-VIVIENDA Lima, 18 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 919-2008- VIVIENDA de fecha 13 de diciembre de 2008, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2009 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 15 de julio de 2008 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Municipalidad Distrital de Pimpingos, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca (en adelante el Convenio Específi co), con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 73053, denominado “Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Pimpingos, Distrito de Pimpingos, Provincia de Cutervo - Cajamarca”, en adelante el Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 73053; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 504-2008- VIVIENDA, de fecha 29 de agosto de 2008, se aprobó la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Pimpingos, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca hasta por la suma de S/. 887 078,00 (Ochocientos Ochenta y Siete Mil Setenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 73053; asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial estableció que la transferencia fi nanciera se realizaría con cargo al presupuesto del Ejercicio Fiscal 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua para Todos; Que, mediante el Informe Técnico Nº 017-2009- VIVIENDA/ VMCS/PAPT-DE, de fecha 04 de febrero de 2009, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Pimpingos, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca, hasta por la suma de S/. 855 246,05 (Ochocientos Cincuenta y Cinco Mil Doscientos Cuarenta y Seis y 05/100 Nuevos Soles) para fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 73053; asimismo propone que se deje sin efecto la Resolución Ministerial Nº 504-2008-VIVIENDA, de fecha 29 de agosto de 2008, mencionada en el considerando anterior; Que, en consecuencia es necesario aprobar una transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Pimpingos, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca, hasta por la suma de S/. 855 246,05 (Ochocientos Cincuenta y Cinco Mil Doscientos Cuarenta y Seis y 05/100 Nuevos Soles), con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2009; así como dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 504-2008- VIVIENDA, de fecha 29 de agosto de 2008; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de Pimpingos, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca, hasta por la suma de S/. 855 246,05 (Ochocientos Cincuenta y Cinco Mil Doscientos Cuarenta y Seis y 05/100 Nuevos