TEXTO PAGINA: 33
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de febrero de 2009 391175 RELACIONES EXTERIORES Crean Comisión Multisectorial para analizar y evaluar la situación de los pasos de frontera terrestre y fluvial del Perú, formular el Plan Estratégico de Desarrollo y Modernización de los Pasos de Frontera y proponer normas de implementación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 079-2009-RE Lima, 18 de febrero de 2009 VISTO: El OF. RE (DDF-DIF) Nº 1-0-A/69 del 24 de abril de 2008 del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, el transporte de carga y el tránsito de personas y de vehículos por vía terrestre y fl uvial entre el Perú y el ámbito sudamericano viene cobrando mayor importancia para el comercio y el turismo internacionales como resultado de acuerdos comerciales, de transporte y de facilitación del tránsito turístico, así como del despliegue de la Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional Suramericana - IIRSA, por lo que la modernización de los principales pasos de frontera del Perú constituye un particular reto de cara a la competitividad; Que, asimismo, en el marco de la fl uida relación fronteriza del Perú con los países vecinos, de la intensifi cación de los intereses y acuerdos bilaterales y multilaterales de transporte, comercio y turismo, así como de la dinámica política y socioeconómica que ha desplegado el proceso de descentralización, emergen en diversos lugares de nuestro perímetro fronterizo, solicitudes y demandas para la apertura y habilitación de pasos de frontera de interés regional y local; Que, debido a la extensión y características geográfi cas de nuestras fronteras, existen numerosos pasos de frontera, cuyo tratamiento requiere de una adecuada jerarquización y priorización de puestos y centros de control fronterizo, en el marco de una política y de una estrategia de desarrollo y modernización de dichos puestos y centros; Que, para mejorar las condiciones de infraestructura, equipamiento y logística de los puestos y centros de control fronterizo del país, se requiere contar con recursos de diversa índole, sobretodo si se ha empezado a implementar sistemas de control integrado en los principales pasos de frontera, que suponen crecientes demandas de recursos humanos y de inversión; Que, asimismo, debido al intenso comercio, transporte y fl uidez de personas que se realiza por los Pasos de Frontera, se hace necesario contar con la participación de los organismos del Estado, que de acuerdo a sus funciones, garanticen una atención adecuada a los intereses del país; Que, en el ámbito de la Comunidad Andina, la Decisión 502 establece la implementación de Centro Binacionales de Atención en Frontera (CEBAF) en los principales pasos de frontera de los países miembros; Que, asimismo, resulta imperativo actualizar la dispersa normativa nacional; Que, en este contexto, es pertinente crear una Comisión Multisectorial que se encargue de analizar y evaluar la situación de los pasos de frontera terrestre y fl uvial del Perú con los países vecinos, de formular el Plan Estratégico de Desarrollo y Modernización de los Pasos de Frontera y de proponer las normas para su implementación; Que, el numeral 2 del artículo 36º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal son creadas formalmente por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los titulares de los Sectores involucrados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el inciso l) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Creación de la Comisión Multisectorial Crear la Comisión Multisectorial que se encargará de analizar y evaluar la situación de los pasos de frontera terrestre y fl uvial del Perú con los países vecinos, de formular el Plan Estratégico de Desarrollo y Modernización de los Pasos de Frontera y de proponer las normas para su implementación. La Comisión Multisectorial dependerá del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien le prestará el apoyo técnico, administrativo y legal que pueda requerir y los recursos para su funcionamiento. Artículo 2º.- Conformación de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial que se constituye mediante el artículo precedente estará integrado por: a) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien lo presidirá; b) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; c) Un representante del Ministerio de Defensa; d) Un representante del Ministerio del Interior; e) Un representante del Ministerio de Agricultura; f) Un representante del Ministerio del Ambiente; g) Dos representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; h) Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; i) Un representante del Ministerio de Salud; j) Un representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria; k) Un representante de la Dirección General de Migraciones y Naturalización; l) Un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; m) Un representante de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud; n) Un representante de la Dirección de Defensa Nacional y Control de Fronteras - PNP; o) Un representante del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú; y, p) Un representante del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Los miembros de la Comisión Multisectorial elegirán, el día de su instalación, al miembro del colegiado que actuará como Secretario Técnico. Artículo 3º.- Designación de representantes ante la Comisión Multisectorial Cada entidad designará mediante Resolución de su Titular, a sus respectivos representantes, titular y alterno, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicación de la presente Resolución. El ejercicio de la función será ad honórem. Artículo 4º.- Instalación de la Comisión Multisectorial e inicio de actividades La Comisión Multisectorial deberá instalarse en un plazo que no excederá de los siete (7) días hábiles posteriores al plazo indicado en el artículo 3º de la presente resolución. Artículo 5º.- Funciones de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial que se constituye por la presente Resolución tiene las siguientes funciones: 5.1. Analizar y evaluar la situación de los pasos de frontera terrestre y fl uvial del Perú con los países vecinos, consignando sus conclusiones y recomendaciones en el Informe Técnico Final. 5.2. Analizar y evaluar el establecimiento de una Autoridad Nacional de Control de Fronteras que, de manera gradual y en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, ponga en marcha esquemas operativos