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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (19/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de febrero de 2009 391174 c) Firmar las disposiciones de la presidencia y del comité electoral. d) Realizar las tareas específi cas que le encomiende el comité electoral. e) Otras que le encargue el Comité Electoral. 8.5.- Son funciones del Vocal del Comité Electoral las siguientes: a) Reemplazar al presidente ante impedimento temporal de éste. b) Cumplir las demás funciones que le asigne el Comité Electoral. IX.- DEL CRONOGRAMA El cronograma de la elección, tiene los siguientes plazos: a) Instalación del Comité Electoral: a las 12.00 horas del 19 de febrero de 2009 b) Presentación de Fichas de Inscripción: Hasta las10.00 horas del lunes 23 febrero de 2009. c) Subsanación: Hasta las10.00 horas del lunes 23 febrero de 2009. d) Publicación de representantes de gremios que participarán en el proceso de elecciones: a las 13.00 horas del lunes 23 de febrero de 2009, en la página web del Ministerio de la Producción. e) Jornada electoral: El proceso electoral se realizará el día lunes 23 de febrero del 2009, en los siguientes horarios: Núcleo Ejecutor de calzado : de 14.00 a 16.00 horas Núcleo Ejecutor de uniformes : de 16.00 a 18.00 horas Núcleo Ejecutor de buzos : de 16.00 a 18.00 horas Núcleo Ejecutor de chompas : de 16.00 a 18.00 horas X.- DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA En caso no se pudiera elegir a los representantes de los Gremios de las MYPE, el Ministerio de la Producción procederá a designar por invitación a dichos representantes. Para el caso del Núcleo Ejecutor de Carpetas, el cronograma para el proceso electoral será publicado por el Ministerio de la Producción a más tardar el día 25 de febrero de 2009 y se desarrollará a través del procedimiento establecido en el presente documento. XI.- FICHA DE INSCRIPCIÓN Según Anexo I ANEXO I FICHA DE INSCRIPCIÓN ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS GREMIOS MYPE ANTE LOS NÚCLEOS EJECUTORES DE “COMPRAS MYPERÚ”. I.- DATOS GENERALES: Nombre del Gremio: -------------------------------------------- Partida Registral N°: -------------------RUC: --------------- Nombre del Presidente: --------------------------------------- DNI N°: --------------------- Dirección: ------------------------ Teléfono (fi jo y celular: ----------------------------------------- Correo electrónico: --------------------------------------------- II.- ACTIVIDADES ECONÓMICAS: Confección de Uniformes :------------ N° de Socios: ---------- Confección de Buzos : --------------- N° de Socios: ---------- Confección de Chompas :------------ N° de Socios: ---------- Confección de Calzado : ------------- N° de Socios: ---------- III.- DATOS DE LA PERSONA DESIGNADA COMO DELEGADO QUE PARTICIPARÁ EN LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE (en caso sea diferente al Presidente): Nombre: ----------------------------------------------------------- DNI N°: -------------------- RUC Nº: -------------------------- Dirección: --------------------------------------------------------- Teléfono fi jo y celular: ------------------------------------------ Correo electrónico: --------------------------------------------- _______________________ Firma y Sello del Presidente 314752-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL