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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de febrero de 2009 391418 Artículo 3º.- La empresa DR GAS S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 18 de setiembre del 2009 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 18 de setiembre del 2010 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 18 de setiembre del 2011 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 18 de setiembre del 2012 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 18 de setiembre del 2013 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Articulo 4°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y cúmplase. JULIO CÉSAR CHÁVEZ BARDALES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 315224-1 VIVIENDA Aprueban donación de vehículo a favor de la Municipalidad Distrital de Paras, provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2009-VIVIENDA Lima, 18 de febrero de 2009 Vistos; El Informe Técnico Legal Nº 004-2009/ VIVIENDA-OGA-UA y el Ofi cio Nº 446-2007-MDP/A emitido por la Municipalidad Distrital de Paras, Provincia de Cangallo del Departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 009-2002/SBN “Procedimiento Para la Donación de Bienes Muebles Dados de Baja por las Entidades Públicas y para la Aceptación de la Donación de Bienes Muebles a favor del Estado”, aprobada mediante Resolución Nº 031-2002-SBN, establece en su numeral 1.4.1 que “La potestad decisoria de impulsar el trámite de donación queda reservada, según sea el caso, a la entidad propietaria y a la SBN, respecto de los bienes muebles dados de baja que se encuentren en el ámbito de su administración. Este mismo criterio será de aplicación al trámite de aceptación de donación, en lo que sea pertinente”; Que, asimismo, el numeral 2.1.1 de la citada Directiva prevé que la donación de bienes muebles dados de baja de una entidad pública a favor de otra entidad pública, debe aprobarse mediante Resolución del Titular de la entidad pública donante, y el numeral 2.2.1 de dicho cuerpo normativo establece el procedimiento y requisitos que deberá cumplir la solicitud respectiva; Que, mediante el ofi cio del visto, la Municipalidad Distrital de Paras, Provincia de Cangallo del Departamento de Ayacucho solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la transferencia en la modalidad de donación de un (01) Vehículo, sustentando que dicho bien es necesario para el transporte del personal que atiende en los Programas Sociales con alta tasa de analfabetismo y desnutrición crónica que tiene a su cargo el Gobierno Local; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 080- 2008-VIVIENDA-OGA de fecha 14 de agosto de 2008, la Ofi cina General de Administración confi rma a la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, como la Unidad Orgánica Responsable del Control Patrimonial de la Unidad Ejecutora 001 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargada de emitir los Informes Técnico-Legales que correspondan; Que, mediante Resolución Directoral Nº 008-2009/ VIVIENDA-OGA de fecha 26 de enero de 2009, se aprobó la Baja del vehículo por la causal de “estado de excedencia” del vehículo con placa Nº PGP-158, el que se detalla en el Anexo de la presente Resolución; Que, con el Informe Técnico Legal Nº 004-2009/ VIVIENDA-OGA-UA de fecha 27 de enero de 2009, la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración indica que la solicitud de donación presentada por la Municipalidad Distrital de Paras, Provincia de Cangallo del Departamento de Ayacucho cumple con los requisitos establecidos en el numeral 2.2.1 de la Directiva Nº 009-2002/ SBN y opina por la procedencia de la transferencia, en la modalidad de donación del vehículo marca TOYOTA, modelo HI LUX, año de fabricación 1996, color gris metálico, placa Nº PGP-158, motor Nº 22R4156487 y serie RN1050007735; que fuera dado de Baja mediante la Resolución Directoral Nº 008-20097/VIVIENDA-OGA; Asimismo, el citado Informe precisa que el vehículo objeto de la donación se encontró libre de afectaciones al momento de su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.4.5 de la Directiva Nº 009-2002/SB; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta procedente aprobar la Transferencia en la modalidad de Donación del vehículo de Placa Nº PGP-158 que se detalla en el Anexo adjunto, por un Valor Neto ascendente a la suma de S/. 1,00 (Uno y 00/100 Nuevos Soles) a favor de la Municipalidad Distrital de Paras, Provincia de Cangallo del Departamento de Ayacucho de acuerdo a lo solicitado; Que, conforme con lo previsto en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, es de aplicación al procedimiento que nos ocupa el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, sus modifi catorias y complementarias, toda vez que el procedimiento se inició durante la vigencia de la citada norma, esto es el día 28 de noviembre de 2007, con la presentación de la solicitud de la Municipalidad Distrital de Paras, Provincia de Cangallo y Departamento de Ayacucho al Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045- 2006-VIVIENDA, el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Transferencia de Propiedad en la modalidad de Donación del vehículo de placa PGP- 158 descrito en el Anexo de la presente Resolución, por un Valor Neto ascendente a la suma de S/. 1,00 (Uno y 00/100 Nuevos Soles) a favor de la Municipalidad Distrital de Paras, Provincia de Cangallo del Departamento de Ayacucho. Artículo 2º.- La presente Resolución otorga mérito sufi ciente para que la entidad donataria, de conformidad con las normas vigentes, efectúe la inscripción de la Transferencia de Propiedad del vehículo en el Registro correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Artículo 3º.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a la Contraloría General de la República, y a la Municipalidad Distrital de Paras, Provincia de Cangallo del Departamento de Ayacucho dentro de los términos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento