Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2009 (10/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

398863

Que, mediante el Informe Nº 121-2008/COE-TC del 07 de noviembre de 2008, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente al pedido de extradicion activa de la referida encausada; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 articulo 515º del Codigo Procesal Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolucion consultiva favorable, el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Denegar el pedido de extradicion activa de la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE VALDEIGLESIAS, formulado por el Decimo Primer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 370663-13 RESOLUCION SUPREMA Nº 180-2009-JUS MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2009 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 119-2008/ COE-TC del 07 de noviembre de 2008, sobre la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA COSTA MORDAZA, formulada por el Decimo Primer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 17 de MORDAZA de 2008, la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA COSTA MORDAZA por la presunta comision del Delito contra el Patrimonio ­ Estafa en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Exp. N° 18-2008); Que, mediante el Informe Nº 119-2008/COE-TC del 07 de noviembre de 2008, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente al pedido de extradicion activa del referido encausado; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 articulo 515º del Codigo Procesal Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolucion consultiva favorable, el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Denegar el pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA COSTA MORDAZA, formulado por el Primer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 370663-14 RESOLUCION SUPREMA Nº 181-2009-JUS MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2009 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 109-2008/ COE-TC del 3 de octubre de 2008, sobre la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 19 de septiembre de 2008, la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que sea procesado por la presunta comision del Delito contra la Fe Publica ­ Falsificacion de Documentos en agravio del Estado (Exp. Nº 78-2008); Que, mediante el Informe Nº 109-2008/COE-TC del 3 de octubre de 2008, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion activa del referido procesado; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del articulo 515° del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolucion consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Que, debe tenerse en consideracion que la decision que MORDAZA el Gobierno tendra implicancias de contenido presupuestal que conforme al criterio de eficiencia que deben regir a la programacion y ejecucion del presupuesto publico, consagrado en el MORDAZA parrafo del articulo 77º de la Constitucion Politica del Peru, hacen necesario que en el presente caso, se estime conveniente denegar el pedido de extradicion efectuado; Estando a lo dispuesto por el articulo 77º de la Constitucion Politica del Peru, el inciso 1) del articulo 514º y el inciso 4) del articulo 526° del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Denegar el pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Tumbes;

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