TEXTO PAGINA: 34
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de julio de 2009 398864 Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 370663-15 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 182-2009-JUS Lima, 9 de julio de 2009 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 099- 2008/COE-TC del 25 de septiembre de 2008, sobre la solicitud de extradición activa del procesado JAIME JOEL CARMONA MORENA formulada por el Décimo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 17 de septiembre de 2008, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado JAIME JOEL CARMONA MORENA, por la presunta comisión del Delito contra la Fe Pública – Falsifi cación de Documentos en agravio del Estado (Exp. N° 90-2008); Que, mediante el Informe Nº 099-2008/COE-TC del 25 de septiembre de 2008, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente al pedido de extradición activa del referido encausado; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 artículo 515º del Código Procesal Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolución consultiva favorable, el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Denegar el pedido de extradición activa del procesado JAIME JOEL CARMONA MORENA, formulado por el Décimo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 370663-16 Revocan la R.S. Nº 049-2007-JUS, mediante la cual se accedió a pedido de extradición activa de procesada RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 183-2009-JUS Lima, 9 de julio de 2009 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 067-2009/ COE-TC del 25 de junio de 2009, sobre la revocatoria de la Resolución Suprema Nº 049-2007-JUS, mediante la cual se accede a la solicitud de extradición activa al Gobierno de la República de Italia de ESTHER ANGÉLICA CARRIÓN TINTAYA; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 049-2007-JUS, se accedió al pedido de extradición activa de ESTHER ANGÉLICA CARRIÓN TINTAYA, por la presunta comisión del Delito contra la Fe Pública-Falsifi cación de Documentos, en agravio del Estado; Resolución que fuera publicada el día 01 de marzo de 2007 en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, por Resolución del 09 de diciembre de 2008, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, dejó sin efecto la Resolución Consultiva de fecha 12 de febrero de 2007 de la misma Sala; ello a mérito de la Resolución Judicial de fecha 24 de octubre de 2008, por la cual se dispuso dejar sin efecto la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ESTHER ANGÉLICA CARRIÓN TINTAYA, debido a que la citada encausada se presentó al juzgado y rindió su declaración instructiva, dejándose sin efecto las órdenes de ubicación y captura impartidas en su contra; Que, por estas consideraciones la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados mediante Informe Nº 67-2009/COE-TC del 25 de junio de 2009, opino a favor de la revocatoria de la Resolución Suprema Nº 049-2007-JUS; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y lo dispuesto en el literal “e” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Revocar la Resolución Suprema Nº 049- 2007-JUS, publicada el día 01 de marzo de 2007 en el Diario Ofi cial El Peruano, mediante la cual se accedió al pedido de extradición activa de ESTHER ANGÉLICA CARRIÓN TINTAYA. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 370663-17