Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2009 (10/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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personales y el nombramiento, en el supuesto de la reincorporacion o reubicacion laboral que se encuentra regulado por las Leyes Nºs. 27803 y 29059, asi como por sus normas reglamentarias, complementarias y modificatorias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 370550-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 168-2009-TR MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2009 VISTOS: El Oficio Nº 1743-2009-MTPE/3/11.2 de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional; CONSIDERANDO: Que la Ley 27803 establecio el Programa Extraordinario de Acceso a Beneficios para los ex trabajadores del Estado cesados irregularmente u obligados a renunciar compulsivamente, encargandosele administrar el acceso a los mismos, entre los que se encuentra la reincorporacion o reubicacion laboral en entidades y empresas publicas, en plazas vacantes, presupuestadas, permanentes e informadas; Que el Decreto Supremo Nº 005-2008-TR reglamento la implementacion del beneficio de reubicacion laboral, en cuya ejecucion se dictaron las Resoluciones Ministeriales Nº 398-2008-TR, Nº 0562009-TR y Nº 057-2009-TR; Que el ex trabajador MORDAZA MORDAZA Atto MORDAZA pide reconsiderar las Resoluciones Ministeriales Nº 3982008-TR y Nº 057-2009-TR, sosteniendo que el 11 de junio de 2008, mediante Oficio Circular Nº 012-MTPE/2, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo solicito su reubicacion a la empresa Petroleos del Peru ­ PETROPERU en la plaza de Operador Movimiento de Productos, lo cual no fue cumplido por dicha empresa, por lo que postulo al MORDAZA regulado por el Decreto Supremo Nº 005-2008-TR, y que no habiendo sido reubicado en dicha plaza, adecuo su solicitud a la plaza de Chofer III, Ministerio de Vivienda y Construccion, MORDAZA, tampoco siendo comprendido en la Resolucion Ministerial Nº 057-2009-TR, sin perjuicio de lo cual se debe tener en cuenta que la plaza se encuentra vacante y que cumple con el perfil exigido, pudiendo reubicarsele; Con las visaciones del Director Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional, del Coordinador de Ceses Colectivos y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º del Decreto de Urgencia Nº 025-2008; el articulo 4º de la Ley Nº 28299; el numeral 8 del articulo 25º de la Ley Nº 29158; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reubicacion de ex trabajador Reubiquese al ex trabajador MORDAZA MORDAZA ATTO MORDAZA en la plaza vacante de Chofer III, Ministerio de Vivienda y Construccion, MORDAZA, la misma que se encuentra vacante y para la cual cumple con el perfil exigido. Articulo 2º.- Entrada en vigencia. Los efectos de la presente resolucion quedan suspendidos hasta la entrada en vigencia de las normas presupuestarias que permitan el ingreso de personal a la Administracion Publica por servicios personales y el nombramiento, en el supuesto de la reincorporacion o reubicacion laboral que se encuentra regulado por

las Leyes Nº 27803 y 29059, asi como por sus normas reglamentarias, complementarias y modificatorias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 370550-5

Dejan sin efecto determinadas reubicaciones laborales de ex trabajadores aprobadas mediante la R.M. Nº 398-2008-TR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 169-2009-TR MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2009 VISTOS: Los Oficios Nºs. 1394 y 1743-2009-MTPE /3/11.2 de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional; CONSIDERANDO: Que, la Ley 27803 establecio el Programa Extraordinario de Acceso a Beneficios para los ex trabajadores del Estado cesados irregularmente u obligados a renunciar compulsivamente, encargandosele administrar el acceso a los mismos, entre los que se encuentra la reincorporacion o reubicacion en entidades y empresas publicas, en plazas vacantes, presupuestadas, permanentes e informadas, para lo cual se establecio el procedimiento normado por el Decreto Supremo Nº 005-2008-TR, en cuya ejecucion se dicto la Resolucion Ministerial Nº 398-2008-TR, habiendose presentado pedidos de reconsideracion a esta que se deben resolver; Que, el ex trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA pide reconsiderar su reubicacion en la plaza de Inspector de Migraciones I, Ministerio del Interior, MORDAZA, y otorgarsele la de Tecnico en Biblioteca en Gobierno Regional de MORDAZA, negandose a asumir la plaza en tanto su reconsideracion no se resuelva por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; no obstante, dicha plaza de Tecnico en Biblioteca no fue informada como vacante por el Gobierno Regional de MORDAZA, por lo que su solicitud fue observada en un primer momento y resulta imposible concederla en reubicacion, por lo que debe dejarse sin efecto la parte pertinente de la Resolucion Ministerial Nº 398-2008-TR; Que, el ex trabajador MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA, reubicado por la Resolucion Ministerial Nº 398-2008TR como Tecnico Administrativo III en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en MORDAZA, pide modificar su beneficio al de compensacion economica debido a las dificultades para asumir la plaza ya que reside en Tarapoto, por lo que es pertinente dejar sin efecto la reubicacion aprobada; Que, el ex trabajador MORDAZA Guere MORDAZA, reubicado por la Resolucion Ministerial Nº 398-2008-TR como Auxiliar Administrativo III del Poder Judicial, impugna la decision y pide ser reubicado como Promotor de Servicios en Banco de la Nacion, MORDAZA, plaza cuyo perfil no cumple, por lo que es pertinente dejar sin efecto la parte pertinente de la Resolucion Ministerial Nº 398-2008-TR; Que, la ex trabajadora Tula MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita que se acepte su renuncia a la reubicacion como Bachiller Profesional en ESSALUD, a fin de proseguir el reclamo de su derecho en el MORDAZA judicial contra ELECTRO PERU S.A. en que demanda su reincorporacion, por lo que es pertinente dejar sin efecto la reubicacion que le asignara la Resolucion Ministerial Nº 398-2008-TR; Con las visaciones del Director Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional, del Coordinador de Ceses Colectivos y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º del Decreto de Urgencia Nº 025-2008; el articulo 4º de la Ley Nº 28299; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo

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