Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2009 (07/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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y Representantes de Organismos Electorales", el cual se llevara a cabo en la MORDAZA de Caracas, Venezuela, los dias 11 y 12 de junio de 2009; asimismo, se senala que los gastos de boleto, hospedaje, alimentacion y traslado interno seran cubiertos por el mencionado Consejo Nacional Electoral; Que, la participacion de un representante del MORDAZA Nacional de Elecciones, en el evento referido en el considerando anterior, resulta de interes institucional especifico, pues el intercambio de experiencias y conocimientos en foros internacionales donde participan expertos y representantes de otros organismos electorales de nuestro continente, ademas de estrechar los lazos de cooperacion interinstitucional, converge con los esfuerzos que viene realizando nuestra Entidad para el mejoramiento de las funciones encomendadas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, ademas de contribuir a la promocion de nuestro sistema electoral, base de la estabilidad democratica y de la gobernabilidad de nuestro MORDAZA, lo que constituye una accion de promocion de importancia para el Peru; por lo que resulta conveniente comisionar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urdanivia, Miembro Titular del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, para que participe en el evento MORDAZA senalado, autorizando su viaje a la MORDAZA de Caracas, Venezuela; Que, con la Certificacion Nº 0649-2009-DGRS/JNE, de fecha 01 de junio de 2009, la Direccion General de Recursos y Servicios, informa la existencia de credito presupuestario del pliego 031 MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2009, con cargo al calendario de compromisos del mes de junio de 2009, para sufragar los gastos de la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto, ascendente a S/. 235.11; que no son cubiertos por los organizadores del evento MORDAZA senalado; Que, de conformidad con el articulo 1º de la Ley Nº 27619, los viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, deben ser autorizados por la mas alta autoridad de la respectiva institucion; y , en el caso del MORDAZA Nacional de Elecciones, conforme al articulo 22º de su Ley Organica, Ley Nº 26486 y los articulos 13º, 14º y 16º, de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Resolucion Nº 130-2008-JNE, el Presidente es su representante, MORDAZA autoridad administrativa y Titular del Pliego; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, asi como la Ley Nº 29289; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urdanivia, Miembro Titular del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, a la MORDAZA de Caracas, Venezuela, del 10 al 13 de junio de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El MORDAZA Nacional de Elecciones cubrira, con recursos ordinarios, el siguiente gasto de viaje del funcionario referido en el articulo anterior: Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA): S/. TOTAL: S/. 235.11 235.11

Declaran vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 309-2009-JNE EXPEDIENTE Nº J-2008-935 MORDAZA, cuatro de MORDAZA de dos mil nueve VISTO, en audiencia publica de fecha 13 de febrero de 2009, el recurso de apelacion interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Kenty MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 090-2008/MPC de fecha 4 de diciembre de 2008, que declaro infundada la solicitud de vacancia del cargo de Regidor del Concejo Provincial de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal de nepotismo prevista en el numeral 8) del articulo 22° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. I. ANTECEDENTES: Hechos Generales Con fecha 24 de octubre de 2008, el Concejo Provincial de MORDAZA recibio el traslado hecho por el MORDAZA Nacional de Elecciones, de la solicitud presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Kenty MORDAZA, pidiendo la vacancia del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, argumentando que este ejercio injerencia en la contratacion de su MORDAZA hermano, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tamayo, como Director General de la Oficina de Asesoria Juridica de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, designado por la Resolucion de Alcaldia N° 248-2007-MPC de fecha 13 de junio de 2007, y posteriormente como Procurador Publico de la Municipalidad. El Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su descargo de fojas 35 a 41, argumenta lo siguiente: i) Que acepta el parentesco aludido pero niega la existencia de injerencia; ii) Que el cargo de Regidor no es uno de funcionario de direccion y/o ejecutivo ni mucho menos de confianza, ya que los Regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, siendo la Gerencia Municipal el organo de direccion dentro de la Municipalidad; iii) Que los Regidores no ejercen facultad ni tienen atribucion para resolver o tomar una decision sobre nombramiento o contratacion de personal; iv) La designacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tamayo en el cargo de Director General de Asesoria Juridica y despues como Procurador Publico Municipal (e) la efectuo directamente la entonces Alcaldesa MORDAZA MORDAZA, con conocimiento y consentimiento del Gerente Municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Directora General de Administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ante quienes el propio designado MORDAZA Tamayo expuso sobre su parentesco con el Regidor MORDAZA Ortiz; v) Que una vez que tuvo conocimiento de la contratacion de su MORDAZA, deslindo cualquier responsabilidad en sesion de concejo municipal, sin que se MORDAZA tomado ninguna medida correctiva; vi) Que presento un oficio ante la entonces Alcaldesa, deslindando responsabilidades sobre ese tema; documento que fue derivado a la Gerencia de Administracion con Memorandum N° 352-2007-SG/ MPC, documento que pese a no haber sido presentado, existe y se encontraria en las oficinas de la Gerencia de Administracion, segun la Hoja Informativa N° 0172008-OCI/MPC del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Cusco. En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 4 de diciembre de 2008, con la votacion de seis votos en contra de la vacancia, un MORDAZA a favor y cinco abstenciones, el Concejo Provincial de MORDAZA emitio el Acuerdo de Concejo Municipal N° 090-2008/MPC que declara infundada la solicitud de vacancia presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Kenty Blanco. Consideraciones del apelante El recurso de apelacion planteado por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Kenty MORDAZA, se sustenta en lo siguiente:

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendicion de cuentas correspondiente. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 357229-1

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