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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de junio de 2009 397438 correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección y referidas en el Informe Nº 350- 2009-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes de los señoras Mercedes Delpino Aspiazu y Patricia Victoria Mc Callun Luján, Inspectoras de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán desde el 12 al 17 de junio de 2009, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 236-2009-MTC/12.04 y Nº 350-2009-MTC/12. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, las Inspectoras mencionadas en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 12 AL 17 DE JUNIO DE 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 236-2009-MTC/12.04 Y Nº 350-2009-MTC/12 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs 1221-2009-MTC/12.04 12-Jun 13-Jun US$ 400.00 US$ 31.00 Lan Perú S.A. Delpino Aspiazu, Mercedes Buenos Aires Argentina Chequeo técnico en ruta Lima - Buenos Aires - Lima, en el equipo Boeing 767 a Tripulantes de Cabina. 9540-9541-9543 1222-2009-MTC/12.04 12-Jun 13-Jun US$ 400.00 US$ 31.00 Lan Perú S.A. Mc Callun Luján, Patricia Victoria Buenos Aires Argentina Chequeo técnico en ruta Lima - Buenos Aires - Lima, en el equipo Boeing 767 a Tripulantes de Cabina. 9540-9541-9543 1223-2009-MTC/12.04 16-Jun 17-Jun US$ 400.00 US$ 31.00 Lan Perú S.A. Delpino Aspiazu, Mercedes Buenos Aires Argentina Chequeo técnico en ruta Lima - Buenos Aires - Lima, en el equipo Boeing 767 a Tripulantes de Cabina. 9541-9542-9609-9615 1224-2009-MTC/12.04 16-Jun 17-Jun US$ 400.00 US$ 31.00 Lan Perú S.A. Mc Callun Luján, Patricia Victoria Buenos Aires Argentina Chequeo técnico en ruta Lima - Buenos Aires - Lima, en el equipo Boeing 767 a Tripulantes de Cabina. 9541-9542-9609-9615 359488-1 VIVIENDA Adscriben el Anexo Comunal Las Minas de Pedregal de Jicamarca al ámbito de responsabilidad de SEDAPAL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2009/VIVIENDA Lima, 10 de junio de 2009 Visto, el Memorándum Nº 275-2009/VIVIENDA- VMCS, del Viceministerio de Construcción y Saneamiento referido al Anexo Comunal Las Minas de Pedregal de Jicamarca, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobada por Ley Nº 26338, dichos servicios son considerados de necesidad y utilidad pública y de preferente interés nacional, cuya fi nalidad es proteger la salud de la población; Que, mediante la Ley Nº 28696 se modifi có la Quinta Disposición, Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 26338 - Ley General de Servicios de Saneamiento, estableciéndose que el ámbito de responsabilidad de SEDAPAL comprende la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao y aquellas otras provincias, distritos o zonas del departamento de Lima que se adscriban mediante resolución ministerial del Sector Vivienda, cuando haya continuidad territorial y la cobertura del servicio pueda ser efectuada en forma directa por dicha empresa; Que, SEDAPAL con Carta Nº 432-2009-GG y Carta Nº 673-2009-GG, emite opinión sobre la procedencia de la adscripción del Anexo Comunal Las Minas de Pedregal de Jicamarca, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí departamento de Lima, al haberse acreditado la continuidad territorial de la zona con el actual ámbito de responsabilidad de dicha entidad y estar incluida dentro de los planes de expansión del servicio de la empresa, de acuerdo a los informes Nº 002-2009-EINPF-IRC y 110- 2008-EAL, del Equipo de Investigación, Normalización y