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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de mayo de 2009 396499 Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Teniendo en cuenta el Memorándum (PRO) Nº PRO0353/2009, de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 14 de mayo de 2009; De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; el artículo 64º inciso a); y la Primera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana, señor Rafael Rey Rey, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de San Marino, con sede en la ciudad de Roma, República Italiana. Artículo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 353031-16 Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Japón, como Representante Permanente del Perú ante la Organización Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 175-2009-RE Lima, 26 de mayo de 2009 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 305-2008-RE, que nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Japón, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Capuñay Chávez; y, La Resolución Ministerial Nº 1444-2008-RE, que fi ja el 1 de enero de 2009, como la fecha en que el citado funcionario diplomático, deberá asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Japón; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091; Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Japón, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Capuñay Chávez, como Representante Permanente del Perú ante la Organización Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT) con residencia en Tokio, Japón. Artículo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 353031-17 Autorizan a los Ministerios de la Producción y de Relaciones Exteriores a efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 176-2009-RE Lima, 26 de mayo de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 941-2009-PRODUCE/SG, de fecha 11 de mayo del 2009, del Ministerio de la Producción por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas del año 2007 y 2008 a la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de la Producción a efectuar el pago de cuotas, al siguiente organismo internacional: ORGANISMO EUROS Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) 161,158.00 Cuotas 2007 y 2008 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 353031-18 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 177-2009-RE Lima, 26 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2009; y, Estando a lo acordado;