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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (13/11/2009)

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TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de noviembre de 2009 405999 GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DIRECTIVA N° 010-2009/MSI 23/10/2009 DISPOSICIONES PARA EL SORTEO VPSI - 2009 ÍNDICE 1. FINALIDAD 2. OBJETIVOS 3. ALCANCE 4. VIGENCIA 5. RESPONSABILIDAD 6. BASE LEGAL 7. DISPOSICIONES GENERALES 7.1. Participantes del sorteo 7.2. Padrón de contribuyentes 7.3. Opciones del sorteo 7.4. Comisión del sorteo 7.5. Periodicidad del sorteo 7.6. Premio a otorgarse 7.7. Custodia de los premios 8. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 8.1. Organización del sorteo 8.2. Sorteo 8.3 Difusión del resultado del sorteo 8.4 Entrega del premio y difusión ANEXOS Anexo 1 Acta del sorteo VPSI. Anexo 2 Acta de transferencia de propiedad del premio “Sorteo VPSI”. Anexo 3 Acta de entrega del premio “Sorteo VPSI”. DIRECTIVA Nº 010-2009/MSI DISPOSICIONES PARA EL SORTEO VPSI - 2009 1. FINALIDAD Promover entre los vecinos contribuyentes, el valor del deber para que cumplan puntualmente con el pago de sus obligaciones tributarias en el ejercicio 2009. 2. OBJETIVOS Establecer las disposiciones que regulen el sorteo de premios entre los contribuyentes que cumplan puntualmente con pagar el Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana. 3. ALCANCE La presente directiva alcanza internamente, a las Gerencias de Administración Tributaria, Administración y Finanzas, Tecnologías de Información y Comunicaciones, Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, Subgerencia de Comunicaciones e Imagen; y a la Comisión Organizadora. Y externamente, a los contribuyentes que cumplan con pagar puntualmente el Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana. 4. VIGENCIA La presente Directiva rige a partir de la fecha de su publicación. 5. RESPONSABILIDAD Son responsables del cumplimiento de la presente directiva, la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Logística y Servicios Generales, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación y Subgerencia de Comunicaciones e Imagen. 6. BASE LEGAL a. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, publicada el 27.5.2003. b. Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Isidro, vigente. c. Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal. d. Ordenanza Nº 264-MSI, Programa de Incentivos “Vecino Puntual Sanisidrino VPSI”, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 13.5.2009. 7. DISPOSICIONES GENERALES 7.1. Participantes del sorteo Tienen derecho a participar en el sorteo, los contribuyentes personas naturales propietarias de predios, destinados a casa habitación, que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales al último vencimiento del período 2009 y que adicionalmente: - No registren deuda por obligaciones tributarias pendientes de pago; - No registren Convenios de Fraccionamientos por deudas tributarias; y, - No registren recursos impugnatorios respecto de obligaciones tributarias, debiendo en su caso desistirse de los mismos. Los contribuyentes que cumplan los requisitos precedentes integrarán el “Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo”. No podrán participar en el Sorteo el Alcalde, los miembros del Concejo, los funcionarios, los trabajadores y el personal contratado que presten servicios en la Municipalidad bajo cualquier modalidad. 7.2. Padrón de contribuyentes El “Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo” será emitido por la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación y aprobado por la Subgerencia de Control y Recaudación. La información contenida en el Padrón estará ordenada alfabéticamente y contendrá lo siguiente: - Nombres y apellidos de la totalidad de contribuyentes – personas naturales propietarias de predios destinados a uso casa-habitación que cumplan las condiciones establecidas en el numeral 7.1 de la presente Directiva. - Código de Contribuyente. - Cantidad y número correlativo de opciones que corresponde a cada contribuyente hábil para el sorteo. - Cada opción será representada por un número y se asignará a cada contribuyente hábil en forma progresiva hasta completar la cantidad de opciones que le correspondan. El universo de opciones del padrón de contribuyentes hábiles comenzará con la numeración 000001. - El listado del padrón deberá indicar el Nº menor y el Nº mayor de las opciones, para el procedimiento del sorteo. La Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación será responsable de asegurar la asignación de opciones conforme a lo establecido en el numeral 7.3 de la presente Directiva. Debiendo remitir el Padrón a la Subgerencia de Control y Recaudación dentro de la primera semana del mes de diciembre de 2009, la que lo revisará, aprobará y enviará oportunamente a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen para su difusión en la página Web Institucional, que se efectuará desde la segunda quincena del mes de diciembre de 2009 hasta la realización del sorteo. 7.3. Opciones del sorteo Los contribuyentes que integren el “Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo”, tendrán opciones, según la fecha de pago de sus obligaciones tributarias y dependiendo de la cantidad de predios destinados a Casa- Habitación que posean en el distrito. Cada contribuyente que efectúe el pago de sus obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, hasta la fecha de vencimiento para el pago de Tributos, tendrá derecho a: a. Del Impuesto Predial 01 opción por el pago de la cuota en la fecha de vencimiento. 01 opción adicional por cada cuota que se pague antes de la fecha de vencimiento.