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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (13/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de noviembre de 2009 405990 Declaran fundada solicitud de permuta y disponen el traslado de jueces superiores de los Distritos Judiciales de Tacna y Arequipa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 350-2009-CE-PJ Lima, 14 de octubre de 2009 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud presentada por los señores Johnny Manuel Cáceres Valencia, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Tacna, y Mario Gordillo Cossio, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sobre permuta de cargos, por unidad familiar, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la presente petición se sustenta en que el señor Johnny Manuel Cáceres Valencia, fue nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Tacna el 16 de febrero de 2005 mediante Resolución Administrativa N° 433-2005-CNM, no obstante lo cual señala que su familia conformada por su esposa y dos hijos menores de edad, tiene residencia habitual en la ciudad de Arequipa debido a que sus hijos cursan estudios en instituciones educativas de la referida localidad, conforme lo acredita con las constancias de fojas 12 y 13; así como con los recibos por concepto de servicios públicos que abona mensualmente, obrantes a fojas 14 y 15; Segundo: Que, asimismo, la petición del señor Mario Gordillo Cossio se sustenta en que fue nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Arequipa el 11 de abril de 2003 mediante Resolución Administrativa N° 140- 2003-CNM, desempeñando funciones en la Sala Mixta de Camaná; no obstante lo cual, su familia constituida por su cónyuge y su hija se encuentra arraigada en la ciudad de Tacna, donde la primera trabaja como docente en una institución escolar y la segunda cursa estudios de medicina, conforme es de verse de fojas 20 a 21; Tercero: Que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 81° del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, la permuta consiste en el desplazamiento simultáneo entre dos servidores, por acuerdo mutuo, pertenecientes a un mismo grupo ocupacional y nivel de carrera y provenientes de entidades distintas. Los servidores deberán contar con la misma especialidad o realizar funciones en cargos compatibles o similares en sus respectivas entidades; Cuarto: Que, en el presente caso se trata de Jueces Superiores titulares que manifi estan su voluntad de prestar servicios en sedes distintas a las que fueron nombrados por motivos de unidad familiar; Quinto: Que, el artículo 9° del Reglamento de Traslados de Magistrados establece que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial podrá apreciar peticiones fundadas en situaciones extraordinarias no previstas en el referido Reglamento, como acontece en estos actuados; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de fojas 25 a 26, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud de permuta presentada por los magistrados recurrentes, disponiéndose en consecuencia el traslado del señor Johnny Manuel Cáceres Valencia, Juez Superior titular del Distrito Judicial de Tacna, a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Arequipa, y del señor Mario Gordillo Cossio, Juez Superior titular del Distrito Judicial de Arequipa, a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Tacna. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y de Tacna, Gerencia General del Poder Judicial y a los interesados, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 422186-5 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen conformación de la Quinta Sala Contencioso Administrativo de Lima y designan Juez Supernumerario del Tercer Juzgado Civil de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 779-2009-P-CSJLI/PJ Lima, 12 de noviembre del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 77561-09, el doctor Gustavo Guillermo Ruiz Torres, Presidente de la Quinta Sala Contencioso Administrativo de Lima, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de capacitación del 13 al 22 de noviembre del presente año, para participar en el seminario “Economía y Justicia”, que se realizará en la ciudad de Madrid - España. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a la designación del Magistrado que complete el Colegiado de la Quinta Sala Contencioso Administrativo de Lima, mientras dure el periodo de licencia del doctor Ruiz Torres. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo