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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (13/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de noviembre de 2009 405992 Designan Juez Supernumerario del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 781-2009-P-CSJLI/PJ Lima, 12 de noviembre del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 753- 2009-P-CSJLI/PJ, de fecha tres de noviembre del presente año, se designa a la doctora Yudy Zoraida Coronado Vargas, como Juez Supernumeraria del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Lima, a partir del 04 de noviembre del presente año. Que, mediante el ingreso 83045-09, la doctora Yudy Zoraida Coronado Vargas, Juez Supernumeraria del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Lima, solicita declinar al cargo conferido, por motivos estrictamente personales. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la fi nalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: ACEPTAR la DECLINACIÓN formulada por la doctora YUDY ZORAIDA CORONADO VARGAS al cargo de Juez Supernumeraria del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Lima. Artículo Segundo: DESIGNAR al doctor EDGARD FRANK LOPEZ ALVARADO, como Juez Supernumerario del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Lima, a partir del 13 de noviembre del presente año. Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 422021-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionaria para participar en evento se llevará a cabo en los EE.UU. RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 059-2009-BCRP Lima, 3 de noviembre 2009 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido invitación del Bank for International Settlements (BIS) para participar en el Portfolio and Risk Management for Central Banks & Sovereign Wealth Funds, que se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 16 y 17 de noviembre; Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene la fi nalidad de preservar la estabilidad monetaria y entre sus funciones está la de administrar las reservas internacionales; Que, para el cumplimiento de la referida función, la Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus objetivos propender a la óptima administración de las reservas internacionales del país, velar por la oportuna y correcta ejecución de las inversiones en el contexto del mercado internacional y fortalecer los vínculos con organismos e instituciones del exterior; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002 PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 22 de octubre de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de la señora Zarella López Suárez, Jefe del Departamento de Gestión de Portafolios de Inversión de la Gerencia de Operaciones Internacionales, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 15 al 17 de noviembre y al pago de los gastos, a fi n de que participe en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes y Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 837,17 Viáticos: US$ 660,00 --------------------- TOTAL US$ 1497,17 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 419586-1