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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (13/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de noviembre de 2009 405989 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 313-2009-CE-PJ Lima, 28 de setiembre de 2009 VISTOS: El Ofi cio N° 1469-2009-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, y el Informe N° 144-2009-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Caserío Isla Iquitos, Distrito de Belén, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, a solicitud de las autoridades de la referida localidad; Segundo: La propuesta presentada se sustenta en tener población aproximada de 905 habitantes, conjuntamente con el Centro Poblado Progreso y los Caseríos Gabriela Núñez y San Juan de Padre Cocha; así como, en la necesidad de contar con una autoridad judicial que resuelva los confl ictos que se presentan de naturaleza civil, penal, de familia y laboral; Tercero: Los pobladores del referido caserío para acceder al Juzgado de Paz más cercano ubicado en Iquitos - Maynas, emplean en su desplazamiento una hora por vía fl uvial en lancha, el costo del transporte es de S/. 5.00 nuevos soles; Cuarto: Que, el Informe N° 144-2009-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibilidad de la creación del Juzgado de Paz en el Caserío Isla Iquitos, Distrito de Belén, Provincia de Maynas, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; Quinto: Que, por el número de habitantes del caserío a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz; teniendo en cuenta las difi cultades de acceso y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Hugo Salas Ortiz, por unanimidad: RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserío Isla Iquitos, Distrito de Belén, Provincia de Maynas, Departamento y Distrito Judicial de Loreto con competencia además en el Centro Poblado Progreso y los Caseríos Gabriela Núñez y San Juan de Padre Cocha. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 422186-3 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 314-2009-CE-PJ Lima, 28 de setiembre de 2009 VISTOS: El Ofi cio N° 1470-2009-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, y el Informe N° 146-2009-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Caserío Nina Rumi, Distrito de San Juan Bautista, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, a solicitud del Juez de Paz del Centro Poblado 13 de Febrero; Segundo: La propuesta presentada se sustenta en tener población aproximado de 636 habitantes; así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial que resuelva los confl ictos que se presentan de naturaleza civil, penal, de familia y laboral; Tercero: Los pobladores del referido caserío para acceder al Juzgado de Paz más cercano ubicado en la localidad de 13 de Febrero, emplean en su desplazamiento 2 horas con 30 minutos aproximadamente, por trocha carrozable y carretera afi rmada, siendo el costo del pasaje S/. 40.00 nuevos soles; y para acceder a los Juzgados de Paz Letrado con sede en Iquitos - Maynas, emplean 2 horas por carretera a un costo de S/. 30.00 nuevos soles; Cuarto: Que, el Informe N° 146-2009-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibilidad de la creación del Juzgado de Paz en el en el Caserío Nina Rumi, Distrito de San Juan Bautista, Provincia de Maynas, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; Quinto: Que, por el número de habitantes del caserío a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz; teniendo en cuenta las difi cultades de acceso y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Antonio Pajares Paredes, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserío Nina Rumi, Distrito de San Juan Bautista, Provincia de Maynas, Departamento y Distrito Judicial de Loreto. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 422186-4